Real Decreto 1389/1983. de 16 de marzo, por el que se declara monumento histórico-artístico, de carácter nacional, el palacio sito en calle San Ildefonso, 1, en Carmona (Sevilla).

MarginalBOE-A-1983-15232
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyReal Decreto
2;j
mayo
1983
14850
15231
previa. deUbe-
del
día.
16
de
BOE.-Núm.
128
DISPONGO,
de
1936,
a
propuesta
del
Ministro
de
Cultur~
y
ración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reUnIón
marzo
de
1983,
El
Mlnlstro
de
Cultura,
JAVIER
SOLANA MADARIAGA
15233
Articula
1."
Se
declara
monumento
histórico-artístico.
de
ca-
rtcter
nacional,
el
paiacio
sito
en
calle
San
Ildefonso,
1;
en
Carmona
.(Sevilla,). .
'
Art. 2."
La
tutela
de
este
monumento,
que
queda
bajo
la
prOtección
del
Estado,
sera.
ejercida,
a
través
de
la
I?irecetón
General
de
Bellas
Artes
yArchivos,
por
el
MinisterÍo
de
Cul-
tura,
el
cual
queda
facultado
para
dictar
cuantas
dü:po::;icÍones
sean
necesarias
para
el
mejor
desarrollo
del
presente
Real
Decreta.
Dado
en
Madrid
a
18
de
marzo
de 1983.
JUAN
CARLOS R
15232
REAL
DECRETO
1389/1983,
de
18
de
marzo.
por
el
que
se
declara
monumento
histórico
artístico.
de
carácter
nacionaL,
palacio
sito
en.
calle
San
Il·
defonso,
1,
en
Carmona
(Sevilla).
La Dirección
General
de
Bellas
Artes,
Archivos
yBibliotecas,
en
20
de
abril
de
1982,
incoó
expeQ-iente a
favor
del
palacio
áito
eA
calle
San
Ildefonso, 1,
en
Carmona. (Sevilla), para.
su
declaración
como
monumento
histórico-artístico.
La
Real
Academia
de
Bellas
Artes
de
San
Fernando,
en
el
infonne
emitida,
can
arreglo
a
las
disposiciones
vigentes,
sobre
el
mencionada
expediente
ha
señalado
Que el
citado
palado
reúne
los
méritos
suficientes
para
merecer
dicha
declaración.
En
virtud
de
lo
expuesto
y
de
acuerdo
can
·10
establecido
en
losarllculos
3.°, 14 Y15
de
la
Ley de
13
de
mayo
de
1933. Y.17,
16 Y19
del
Reglamento
para
su
aplicación
de
16
de
abril
de
1936,
a.
propuesta
del
Ministro
de
Cultura
y
previa
deliberación
del
.Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
18 de
marzo
de
1983,
DISPONGO,
<
REAL
DECRETO
1390/1983.
de 18
de
marzo,
por
el
que
S6
declara
monumento
histórico
artístico.
de
carácter
nacional.
la
ir;lesia
del
Corpus'
Christi,
en
Luchente
(Valencia).
La
Direccíón
General
de
Bellas Artes.
Archivos
yBibllot!3co.s.
en
27
de
mayo
de
1981, incoó
expediente
a
favor
de
la.
iglesia
del
Corpus
Christi,
en
Luchente
para.
su
declaración
como
monumento
hi'stórico-artistico.
La
Real
Academia
de
Bellas
Artes
de
San
Fernando,
en
el
informe
emitido,
con
arreglo
a.
las
disposiciones
vigentes,
sobre
el
mencionado
expediente
ha
señalado
que
la
citada
iglesia
reúne
los
méritos
suficientes
para.
merecer
dicha
declaración.
En
virtud
de
lo
expuesto
y
de
acuerdo
con
lo
estableqdo
en
los
articulas
3.°, 14 Y
15
de
la.
Ley
de
13
de
mayo
de
1933,
y17,
18
Y
19
del
Reglamento
para
su
aplicación
de
18
de
abril
de
1936, a
propuesta
del
Ministro
de
Cultura
y
previa
dellbe-
ración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
16
de
marzo
de
1983, '
DISPONGO,
Articulo
1.°
Se
declara
monumento
hist6rico-artfstlco,
el.
carácter
nacional,
el
palacio
de
Don
Miguel
de
Maliara,
en
Sevilla.
.
Art.
2.0
La
tutela
de
este
monumento,
que
queda
bajo
la
protección
del··
Estado,
será
ejercida
a
través
de
la
Dirección
General
de
BeHas
Artes
y
Archivas,
par
el
Ministerio
de
Cul-
tura,
el
cual
queda
facultado
para
dictar
cuantas
dispos1clones
sean
necesarias
para
el
mejor
desarrolla
del
presente
Real
De~
creto.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de 1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Cultura,
JAVIER
SOLANA MADARIAGA
El
Ministro
de
Cultura,
JAVIER
SOLANA
MADARIAGA
Articulo
l."
Se
declara
r.Jonumento
histórico-artístico,
de
ca-
rácter
nacional,
la
iglesia,
del
Corpus·
Christi,
en
Luchente
(Valencia) .
Art.
2.°-
La
tutela
de
este
monumento,
que
queda
baJo
la
protección
del
Esta.do,
será
ejercida,
a
través
de
la.
Dirección
General
de
Bellas
Artes
'J
Archivos.
por
el
Ministerio
de
Cul-
tura,
el
cual
queda
facultado
para
dictar
cuantas
disposlciones
sean
necesarias
para
el
mejor
desarrollo
del
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
15229
REAL
DECRETO 1386/1983,
da
lB de mar%o,
por
el
que.
SIf
declara
monumento
~istórico.artts.tjco,
d4
cardeter
nacional.
La
ex
colegUJta de
Sant~ago
••
n
Castellar
(Jaén).
La
Dírección
General
de
Bellas
Artes,
Archivos
yBibliotecas.
en
22
de
octubre
de
Ular,
incoó
expediente
a
favor
de
la
ex
co-
legiata.
de
Sa.ntiago.
en
Castellar
(Jaén).
par&.
su
declaración
como "monumento histórico-artístico.
La.
Real
Academia
di'
Bellas
Artes
de
San
Fernando
en
el
informe
emitido
con
arreglo
alas- dispos.iciones
vigentes,
sobre
el
mencionado
expediente,
ha
sedalado
que
el
citado
editicio~
reúne
los
méritos
suficientes
para
merecer
dicha
declaración.
En
virtud
de
lo
expuesto
y
de
acuerdo
con
lo
establecido
en
los
artícula's
3.°, 14 Y15
de
la
Ley
d~
13
de
mayo
de
1933,
y17 18 Y
19
del
Reglamento
para
su
aplIcación
de
16
de
abrU
d'e
i936,
a.
propuesta
del
Ministro
d3,
Cultur~
y
previa
delib&-
ración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reumón
del
día
16
de
marzo
de
'1983,
15230 -
REAL
DECRETO
1387/1983,
de
18
de
marzo.
por
el
que
S6
declara
monumento
históríco-arttsttco,
cW
ca.rdcter
nacional,
el
ediftcio
de
laa.nttQua
Tabacc¡,..
lera
(ex
convento
de
la
Merced),
en
Logroño
(La
Rio/a),
La
Dirección.
General
de
Bellas
Artes,
Archlvoa
yBibllotecaa,
en
29
de
enero,
de
1982,
incoó
expediente
a
favor
del
edificio
de
la
antigua
Tabacal,era
(ex
convento
de
la
Merced),
en
Logrado,
para
su
deciaración
como
monumento
histórtco-artfstico.
La
Real
Academia
de
Bellas
Artes
de
San
Fernando
en
el
infonne
emitido
con
arreglo
alas
disposiciones
~igentes,
sobre
el
mencionado
expediente,
ha
señalado
que
el
citado
edificio
reúne
los
méritos
suficientes
para
merecer
dicha
declaración.
En
virtud
de
lo
expuesto
y
de
&Cuerdo
con
10
establecido
en
los
articulos
3.°, 14
y'
15
de
la
Ley
de
13
de
mayo
de
1933,
y17,
1.8
Y19
del
Reglamento
para.
su
aplicación
de
16
de
abril
de
1936, a
propuesta
del
Ministro
de
Cultura
y
.previa
delibe-
ración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
d1a 16
de
marzo
de
1983,
REAL
DECRETO
1388/1983,
de
18
de
marzo.
par
el
que
S8
declara
monumento
hist6rico~arttstico,
de
carncter
nacional,
el
palacto
de
Don
Miguel
de
Mañara,
en
Sevilla..
~
La
Dirección
General
de
Bellas
Artes,
Archivos
'J
Bibliotecas.
en
20
de
abril
de
1982,
incoó
expediente
a
favor
del
palacio
de
Don
Miguel
de
Mañara,
en
Sevilla,
para.
su
declaración
como
monumento
histórico-art.1stico.
La
Real
Academia
de
BeUas.
Artes
de
San
Fernando
en
el
informe
emitido
con
arreglo
a
las
disposiciones
vigentes.
sobre
el
mencionada
expediente,
ha
se.ñalado
que
el
citado
palacio
re1Í1le los
méritos
suficientes
para
merecer
dicha
declaración.
En
virtud
de
lo
expuesto
y
de
acuerdo
con
lo
establecido
en
los
artículos
3.°,
14
Y
15
de
la
Ley
de
13
de
mayo
de
1933,
y17,
18
Y19
del
Replamento
para
su
aplicac~n
de
16
de
abril
DISPONGO,
DISPONGO,
Artículo
1.-
Se
declara
monumento
histórico-artístico,
de
carácter
nacional,
la
e
colegiata
de
Santiago,
en
Castellar
(Jaén).
Art.
2.
0La tutela.
de
este
monumento,
que
queda.
bajo
la
protección
del
-Estado,
seré.
ejercida
a
través
de
la
DireccIón
General
de
Bellas
Artes
y
Archivos,
por
el
Ministerio
de
Cul-
tura;
el
cual
queda
facultado
para
dictar
cuantas
disposiciones
sean
necesarias'
para.
el
mejor.
·desarrollo
del
presente
Real
De-
creto.
Dado
en
Madrid
a16
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS R.
El
Ministro
de
CuItUl"&.
JAVIER
SOLANA
MADARIAGA
Artículo
1.0
Se
declara
monumento
histórico-artístico,
de
carácter
nacional,
el
ad1!lcio
de
la
anUgua
Tabacalera
(ex
con-
vento
de
la
Merced),
en
Logroño
(La
Riofal.
Art.
2.
0
La
tutela
de
este
monumento,
que
queda
bajo
la
protección
del
Estado,
será.
el
ercida
a
través
de
la
Dirección
General
de
Bellas
Artes
y
Archivos,
por
el
Ministerio
de
Cul-
tura, el
cual
queda
facultado
para
dictar
cuantas
disposiciones
sean
necesarias
para
el
m¡}for
desarrollo
del
presente
Real
De-
creto.
.
Dado
en
M~drid
a16
de
marzo
de
1983.
El
Ministro'
de
Cultul"&,
JAVIER SOLANA MADARIAGA

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