Decreto 3286/1962, de 29 de noviembre, sobre declaración de monumento histórico-artístico del conjunto arquitectónico, formado por el arco de los Blancos, la galería de arcos apuntados y la obra de ladrillo que tras ellos se encuentra contiguo al castillo de los Ponce, en Cádiz.

MarginalBOE-A-1962-25645
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion Nacional
Rango de LeyDecreto
11774
15diciembre 1962
B.
O.
de!
E.-Num.
300'
DISPONOO:
Art1culo
ıinico.-Se
d e e 1
a.
r a
al
Ayıınta.ınlento
de
IIilma
(cuenc&l
dlspen.w!o
de
la
aportaci6n
reglaınentaria
para la
constn!ec!ôn
por
p1
Esta.do
de
sus
edificlos
escolares
por
haber
probado
SULI
escasM
di.sponibilldades
eco:cômicas
y
e$tar
por
ello
comprendido
en
los
preceptos
del
arıiculo
cuarto
de·
la.
vigente
Ley
de
Construcclones
Escolares,
de
velntld6s
de
dlciembre
de
mil
novecientos
cincuenta
y
tres.
Asl
10
di.ı;pongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
velntlnueve
de
novlembre
de
mil
novecıentos
sesenta.
y
dos.
El
WnJstro
de
Educacı6n
Naclonaı.
lıtANt1EIı
LORA
'l'AMAYO
FRANCISCO
F'RANCO
DECBETO
3285/1962,
de·29
de
noviembre,
sobre
creaei6n
de
una
Escuela
Tecnica
de
Aparejad.ores
en
la ciudad
de
BILTgOS.
Las
actuales
Escuelas
Tecnica.~
de
Aparejadorcs
de
Madrid,
Ba.rcelona
y
Sevil1a
resultan
Insu!lcientes
para atender las
necesidades
del
pais,
por
10
que
se
eatima.
necesa.r1a.
la.
creaci6n
de
un
nuevo
Centro
de
esta
tecnica.
con
la.
situacl6n
mıi.s
ade-
cuada.
A
primera
vista,
y
por
i:ı.
localizaci6n
de
las
que
eıdsten
en
la
actual1dad,
resulta patente
que
la
nueva
E:icuela
debe
atender a
la.s
zona.s
Norte
y
Noroeste
de
.
Espaiia,
y
esto
se
ratlf1ca.
con
ma.yor
evidencia
por
el
hecho
de
que
proceden
de
aqutilla.s
el
velnticinco
por
ciento
de
105
alumnos
de
las
Eııeuelas
de
Madrid
y
Barcelona.
En
estıı.s
circunstancias,
el
lug:ı.r
mıi.s
indicado
para
esta-
blecerla
es,
sin
duda,
la
ciudad
de
Burgos,
centro
geogrıi.fico
aproıdmado
de
provinclas
tan importantes
como
Navarra,
Va-
lladolid,
Vlzcııya,
GUlpl1zcoa,
Alava,
Santander y
Legrono.
sil)
contar
con
que
gran
parte
de
estudiantes
de
las
demıi.s
provin-
cias
d~l
Norte
y
Noroeste
de
Espana
anuiria a
la
misma.
La
creaci6n
del
Centro
se
efectüa
con
las
garantias
precl-
iIIS
para.
a.segurar,
de~de
el
comienzo,
LD.
eficacia
de
sns
ense-
1ıanza.s,
a.
cuyo
!in
se
adoptaran,
can
la
antela.c16n
debida,
las
med1ciaıı
pertinentes
para
que
pueda
disponcr
del
Profesorado
y
medios
docentes
de
tod:ı.
1ndole
que
sean
necesarios.
Es
de
tener
en
cuenta.
aslmismo,
por
el
beneficlo
que
re·
pre.senta
para
el
Tcsoro,
la
Jmportante
colaboraciön
ofreclda
per
la
DıputaC16n
y
el
Ayuntamiento
mediante
la
aportaclön
conjunta
de!
solar
en
que
habria
de
elevarse
el
nuevo
edJftcl0,
a&
como
hasta
una
tercera parte
del
importe
de
su
construc·
d6n
por
cada
Corporaci6n,
can
10
que
el
Estado
5610
ha
de
abanar la tereera parte restante.
En
su
virtud,
de
aeuerdo
con
lo.s
dictiımenes
de
la Junta
de
EDse1ianza.
Tecnica
y
del
Consejo
Naeional
de
EducaC16n,
a prepuesta
del
Mln1stro
de
Educaci6n
Nacional
y previa
de-
llberacl6n
del
Consejo
de
Ministros
en su
reuni6n
del
dia
ve1nt1tres
de
novlembre
de
mil
noveeientos
sesenta
y
d05,
DISPONGO:
Articulo
prımero.~e
erea
en
la
eapltal
de
:Burgos
una
Es-
cuela
Tecnlca
de
Aparejadores,
en
la
que
se
establecer:ı.n
las
l!:speclalidades
que
se
consideren
m:i.s
adecuadas.
Artfeulo
segundo.-La
ımp!antaciön
de
la.s
enseİi.anzas
se
efectu:ı.riı.
de
modo
progrcsivo,
curso
por
curso,
a partir
de
las
de
lngreso.
Art1culo
tercero.-5c
adoptariın
anticipadamente
las
medi·
d:ı.s
nccesaria.s
pal'a
que,
al
comenzar
cada
cursa,
se
dlsponga
de!
Profesorado
y
medlos
preclsos
para garantizar
la
plena
eflca.cia
de
las
ensefuınza.s.
Artfculo
cuarto.-A
ta!es
efeetos
se
sometera.
a las
Cortes
un
Proyecto
de
Uy
que
amplie
la.s
dot:ı.cione.s
del
Profesorado
de
Escuelas
Tecnlcas
de
Orado
Medio
en
el
nı1mero
de
plazas
que
correspondan
a la
nueva.
la.s
cuales
podr:i.n
ser
util1zadas
progresivamente
de
acuerdo
con
10
que
se
establece
en
el
ar·
ticul0
.segunda
de
este
Decreto.
Artlculo
qulnto.
-
Se
autoriza
al
Ministerio
de
Educae16n
Nacionaı
para
CODcertar
con
las
Corporaclone.s
loca!e.:ı
105
acuer·
dos
de
ayud:ı.
econ6mica
ofreeidos
por
ella.s
para
eontribulr
al
estal:ılecım.ıento
de
la
E:ıcuela.
Art!cu10
sexto.-Por
el
Ministerio
de
Educacl6n
Nac10nal
Ee
adopt.aran.
las
medldas
que
scan
necesa.r1as
para
el
cumpll··
mienta
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Decreto.
As!
10
dispongo
per el presente
Decreto.
dado
en
Madrid·
a
ve1ntinueve
de
noviembre
de
mil
novecientos
sesenta
y
dos.
FRANCISCO
FRANCO
El
MJn1stro
de Educacl6n
NllClanııl.
MANUEL
LORA
'l'AM.\YO
DECRETO
3286/1962,
cl.e
29
cl.e
novıembTe,
SOÖ1'e
cl.eclarıı
ci6n
de
11IQnuınento
h./st6ıico-art!stko
ıleı
coniunto
cr·
quitect6nlco. formada
por
el
aTCO
de
los
Slcnco:,
la
yalma.
de
CTCOS
cpunta.cıos
y le obrc de
ledriZlo
que
tras
eUos
M encuentra
eontiguo
ca.stlUo
de
los
Ponce,
en
Cddtz.
Como
ll.nico
testimonio
de!
importante
aspecto
urbane
del
V
lej
0
Ca.d1z,
que
ha:ita
hoy
5610
.se
conoc!a.
por
a.lgunas
repre·
sentaciones
grıi.ficas,
ha
apa.reeldo,
con
mot1vo
de
unas
obras
realizadas
por
el
Ayuntamiento
de
dlcha
caplta1,
ana
ga.leria
de
arcos
apuntados
adosados
al
areo
de
105
Blancos,
entrada
Oriental
del
Recinto
murado
de
la
Antlgua
Villa,
que
junta-
mente
con
la.
obra
de
ladr1l1o
que
tras
ellos
se
encuentra.
con·
tlgua
al
Castil10
de
105
Ponce,
forman
un
Conjunto
Arquitec-
t6nico
de
muy
estlmable
valor
hJst6rlco
que
merece
ser
con-
servado,
ponJendole
al
amparo
de
las
disposlclones
v1gentes.
Por
10
expueso,
a propuesta
del
Mlnistro
de
Educaci6n
Na·
cional
y prevla
delibera.cl6n
del
Consejo
de
M1nistros
en
sll
reunl6n
del
dla
veintltres
de
noV1embre
de
mil
novecientos
se·
senta y
dos,
DISPONGO:
Articulo
pr1mero.-Se declara
Monumento
BistOrlcD-Artistico
el
Conjunto
Arqu1tect6nlco
formado
por
el
Arco
de
105
Bıa.n.
eos,
la.
galel'ia
de
105
Arcos
apuntadD8
y la
olıra
de
ladr!llo
que
tras
ellos
se
encuentra
contigua
al
Ca.stillo
de
108
Ponce,
en
Cacllz.
Articulo
.segundo.-La tutela
de
este
Monumento,
que
qu~
bajo
ıa
proteccl6n
del
Estado.
sera ejerclda por
el
M1n1sterlo
de
Educacl6n
Naclonal.
ASI
10
dlsponge
per
el
presente
Decreto,
dado
en
Ma.drid
a
veintinueve
de
novlembre
de
mil
novecientos
sesenta.
y
dos
FRANCISCO FR!\NCO
E1
Min1stro
de
Educacı6n
Nac:1onııl.
MANUEL
LORA
'l'AMAYO
DECIlETO
328711962,
cl.e
29
ae
noviemlıre,
por
eZ
C[IIe
se
aprueba
~l
-proyecto
de
obTa.s
de
construccl6n de ediji.
eio
para
Escuela
Superlor
cl.e
Bellas
Artes
de
San
Jorrıe,
de
Barcelona.
ED
virtud
de
txpedlente
en
el
que
se
han
obŞervado
los
triımlte.s
reglıımentarios,
de
acuerdo
con
10
1nformado
por
el
Consejo
de
Estııdo,
LI.
propuesta.
del
MUliStro
de
Educac!6n
Naclonal
y
prevla
.dellberaci6n
del
Consejo
de
Ministros
e:
su
reuni6n
de!
dia
veintitres
de
novlembre
de
mil
novec1entos
sesenta
y
dos_
DISPONOO:
Articulo
primero.-l3e
aprueba
el
proyeeto
de
obrııs
de
con.strucciön
de
edlflcio
para
Escuela
Superior
de
Bellas
Ar.
tes
de
San
Jorge,
de
:Barcelona.,
por
un
presupuesto
total
de
treinta y
sei.s
millones
novecientas
noveota y tres
mil
nove·
cienta.s
noventa y
clnCO
pe.seta.s
con
cuarenta y
sei.s
centimos,
con
la
siguiente
di.stribuci6n:
ejecuci6n
material, treinta
mll1c-
nes
dcsc1enta.s
setenta y
nueve
mil
quinientaı>
sesenta
y
~iete
pe.seta.s
con
dleclnueve
centimos:
quince
por
clento
de
bene-
ficl0
industrıaı,
culltro
ıni110nes
qUlnienta.:s
cuarenta y
un
mil
novec!entas
treinta y
cinco
pe$eta.s
con
ocho
centimos;
pluses,
un
mW6n
dosdentas treinta y tres
mil
seiscienta.s
ııetenta
y
cinco
pesetas
con
velntiıin
centimos;
honorarios
de
Arquitecto
per
formaclon
de
proyeeto,
trescientas
sesentə.
y
un
mil
oohen·
ta y tres
peesta.s
con
ochenta y
cuatro
centlmos;
honorarios
de
Al'Quitecto
por
dlrecc!6n
de
0
bra,
tresclentas sesenta y
un
mil
ochenta y tres pesetas
con
ochenta
y cuatro
cent1mos;
honorarios
de
Ap:ı.rejador,
doscieı:itıı.s
dlec1sels
mil
selscientas
c1ncueni:a
pe$etas
con
tre.tnta
centimos.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR