Real Decreto 1502/1979, de 25 de mayo, por el que se acuerda la enajenación de un solar, sito en la calle de Juan Montilla, número 21, de Jaén.

MarginalBOE-A-1979-14755
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
14112
23junio
1979 B.
O.
(Iel·
E.-Núm.1S0
14755
14754
14756
Centro
de
Formación
Profesional
Agraria
de
primer
grado.
El
inmueble
de
referencia
revertirá
al
Estado
51
en
el
plazo.
de
cinco aftos
no
se
cumpliera
esta
finalidad.
Articulo
tercere.-Por
el
Ministerio de Hacienda, através
de
la
Dlrecclón
General
del
Patrimonio
del
,Estado, se llevarAn
a'
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
et'eotividad
de
cuanto
se
dispone
en
el presen
te
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
aveinticinco de
mayo
de
mil novecientos
setenta
'Y
nueve.
JUAN
CARLOS
El
-
Ministro
de
Hacienda.
JAIME
CAReIA
MilOVEROS
REAL
DECRETO
1501/1979,
de
25
de
mayo,
'poreJ
que
se
adscribe al .Organismo autónomo Instituto
Nacional
de
Denominaciones
de
Origen
una
estación
de
VittcultunJ
y
Enologta,
en
el
término
municipal
de
VUafranca
del
PenedéB (BarceZona).
Por
el
Ministerio
de'
Agrtcultura
"5& sol1cit6
la
adscripción'
al
Organismo
autónomo
Instituto
Nacional
de
DenominaCiones
de
Origen,
de
una
Estación
de
Viticultura
yEnologfa,
en
el
tér-
mino
municipal
de
Vilafranca'
del
Penedés
(Barcelona).
.
Habida
cuenta
de
que
los
artículos
diez
de
la
Ley
de
Entida-
des
Estatales
Autónomas
.,
ochenta
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
disponen
qUe
este
último
puede
adscribir
bienes
a
los
Organismos
autónomos
para
el
cumplimiento
de
sus
fines
. a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
ypreVia
deliberaetón
dei
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
veinticinco
de
mayo
de
mil
nOvecientos
setenta
y
nueve,
.
DISPONGO,
Artículo
primero.-Se
adscribe
al
Organismo
autónomo
Ina.
tltuto
Nacional
de
DenoV1inactones
de
Origen,
el
Inmueble-
que
a
continuación
se
describe:
.Estación
de
Viticultura
y
Enología
ubicada
en
la
calle
Ama-
Ha,
número
veintiuno,
del
término
municipal
de
Vilafranca
del
Penedés
(Barcelona)~
oon_salida a
la
calle
Duque
de
la
Victoria.
Edificio
que
consta
de
dos
planta.s:una
bodega,
sótano.,
patios
y
un
pequeño
desván
en
el
piso
segnndo
.•
Artioulo
segundo.-El
referido
inmueble
conservará
su
con-
dición
jurídica
original
y
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
ochenta
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado,
el
Orga-
nismo
autónomo,
Instituto
Nacional
de
Denominaciones
de
Ori-
gen
no
adquiere
la
propiedad
de
aquél
que
habrá
de
utilizarse
necesariamente
pa.ra
Estación
de
Viticultura_ y
Enología.
Articulo
teroero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda., a
través
de
la
DireCCión
General
del
-PatrimonIo
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
necesarios
para
la
efectividad
de
cuánto
se
dispone
en
el·presente
Real
Decreto. .
Dado
en
Madrid
a
veinticinco
de
mayo
~
de
mil
novecientos
setenta.
y_
nueve.
JUAN
CARLOS
El
Ministro
de
Hacienda.
JAIME
GARCIA Ar'lOVEROS
REA!- DECR.ETO
150211979.
de
25
de
mayo,
por
el
que
S9
acuerda
la
9najeñ"ación de
un
solar,
sito
en
la
calle
de
Jua,n
Montilla,
número
21,
de
Jaén.
Por
Orden
del-Ministerio
de
Hacienda
.de diez
de
abril
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve,
ha
sido
declarada
la
alienabilidad
de
un
solar,
propiedad.
del
Estado,
sito
en
la
calle
de
Juan
M?ntilla,
núm~~o
veintiuno,
de
Jaén,
con
una
superficie
de
mil
seIscientos
trelD!&. y
siete
coma
veintinueve
metros
cuadrados.
Dicho
solar
ha
sido
valorado
en
la
cantidad
de
nueve
millones
doscientas
noventa
mil
'Pesetas,
por
lo
que
su
enajenación
debe
acordarse
por
el
Gobierno,
en
virtud
de
lo
dispuesto
en
el
ar-
tículo
sesenta
y
dos
de
la
Ley
del
Patrimonio
del Estado.
~or
lo·
que,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda,
y.
previa
dehberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
Ntunión
del
día
veinticinco
de
mayo
de
mil
novecle~tos
setenta
y
nueve,
DISPONGO,
Artículo
único.-Se
acuerda
la
enajenación
de
un
solar
sito
en
la
calle
d~
Juan
M?nttlla,
número-
veintiuno.
de
Jaén,
con
una
superficie
de
mil
seiscientos
treinta
y
siete
coma
veintinueve
metros
cuadrados,
cuya
tasación
alce.Bza
la
cifra
de
nueve
millo.
nes
dosclen~
noventa
mil
pe¡etas,
y
que
se
describe,
como
sigue:
Solar
sIto
en
la
calle
de
Juan
Montilla,
número
veintiuno,
de
Jaén,
con
una
superficie
de
mil
seiscientos
treinta
y
siete
coma
veintinueve
metros
cuadrados,
cuyos
linderos
SO~
Dere-
cha,
doña
Man.s
Esteban
y
otros;
lzquierda,
calle
Recogidas, ,
Fondo,
casa.
numero
dot
de
la
calle
Reoogidae.
Inscrito
en
el
Registro
dO
la
PropIedad
de
Jaén;
al
tomo
cuatrocientos
treinta y
tres,
libro
doscientos
treinta,
folio
dos·
cientos
veinticuatro,
finca
número
dos_o
mil
novecientos
veinti·
ocho,
inscripción
treinta
ydos. .
Dado
en
Madrid
a
veinticinco
de
mayo
de
mil
novecientos
set!nta
y
nueve.
JUAN
CARLOS
El
M1n-istro
de
Haciénda,'
JAIME
CAReIA
Ar'lOYEROS
REAL, DECRETO
150311979,
de-25
ele
mayo,
por
el
que
S8
acuerda
la
enajenación
de
un
inmueble
sito
en.
Vandellós
lTarragonaJ,
con
una
superficie
de
20.880
metros
cuadrados, y
S6
auton.za
al_Ministerio
de
Hacienda
para
su
venta
directa
a
la
S.
A
.•
His-
pano
Francesa
!i-e
Energfa
Nuclear
lHIFRENSAJ..
Por
Orden
ministerial,
de
fecha
veinticuatro
de
noviembre
do
mil
novecientos
setenta
yocho,
ha
sido
declarada
1&
alienabili-
dad
de
un
inmueble,
propiedad
del
Estado,
sito
en
Col1
de
Bala·
guer,
del
término
munidpal
de
Vandellós
ITarragonaJ.
Dicho
inmueble
ha
sido
tasado
por
los
Servicios Técnicos
del
Minis·
terio
de
Hacienda,
en
la
cantidad
de
seis
millones
de
pesetas,
por
lo
que
su
enajenación
debe
ser
acordada
por
el
GobIerno,
.
de
conformidad
con
lo qUe determinp. el
articulo
sesenta
ydos
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
..
La
SOCiedad
Anónima
.Hispano
Francesa
de
Energía
Nuclear
(HIFRENSA).
ha
solicitado
que
le
sea
enajenado
dIrectamente
dicho
inmueble,
fundamentando
'su
petición
en
que
le
es
nece·
saria
su
adquisición,
para
asegurar
el
cumplimiento
de
188
consignas
del
Plan
de
Emergencia
de
la
Central
Nuclear
da
Vandellós,
habiendo
informado
el
Ministerio
de
Industria
y
Ener-
gía
que
no
existe
inconveniente
en
que
se
proceda
a
la
enajena-
ción
a
la
Entidad
interesada,
la
cual
ha
prestado
su
conformidad
a
la
tasación
practicada.
'
Las
circunstancias
expuestas
justifican
hacer
uso
de
la
auto-
rización
concedida
por
el
artículo
s~sen
ta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
y
razones
de
economia
procesal
aconsejan
adoptar
slmulttmeamente
los
dos
Acuerdos.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
H~cienda,
y
prEt.via
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reuniÓn .del
dia
veinticinCo
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve,
DISPONGO,
Articulo
primero.-Oe
confQrmidad
G.on
lo
dispuesto
.en
108
articulas
sesenta
ydos y
sesenta.
y
tres
de
la
Ley
del
Patri·
monio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
enajenación
del
inmueble,
propiedad
del
Estado,
que
a
'continuación,
se
describe, y
se
autoriza
al
.
Ministerio
de
Hacienda
para
su
venta.
directa
a
la
Sociedad
Anónima
..
Hispano
Francesa
de
Energía
Nuclear
(HIFRENSA).
.Fin9&:
sita
en
CoU
de
Balaguer.
término
mUnicipal
de
Van";
dellós
(Tarragona),
t'an
una
superficie
de
veinte
mU
ochocientos
ochenta
metros
cuadrados,
siendo
sus
linderos: Norte,
Sur,
Este
yOeste, con
la
Central
Nuclear
de
Vandellós,
propiedad
de
Hifrensa.
Dicho inmu-eble
se
halla
inscrito
en
el
Registro
de
la
Pro-
piedad.
de
Falset·Vandellós.
bajo
dos
inscripciones,
que
corres-
ponden
a
las
fincas
de
quinientos~cinco
y
veinte
mil
trescientos
setenta. ycinco
metros
cuadrados,
respectivamente,
que
conjun·
tamen.te
forman
el
inmueble
antes
descrito:
1.-
Inscrita
al
tomo
trescientos
cuarenta,
libro- veintiséis,
folio
cuatro,
finca
número
dos
mil
setecientos
cuarenta
y
cuatro,
inscrIpción
primera
y
1li.
2.- inscrita.
al
tomo
cuatrocientos
doce,
libro
cuarenta
ysiete, folio
ciento
sesenta,
finca
número
cuatro
mi~
cuatrocientos
ochenta
yseis,
inscripción
primera
.•
Artículo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
ea
el
de
seis
millones
de
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
ingresadas'
en
el Tesoro
por
'la
Entidad
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días,
a
partir
de
la
notificación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Tarragona,
siendo
también
de
cuenta
de
la
parte
interesada
todos los
gastos
originados
en
la
tramitaCión
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Artículo
tercero.~por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Direccí6n
General
del
Patrimonio
del Estado, se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dispone
en
el
presente
Real Decreto.
Dado
en
Madrid
a
veinticinco
de
mayo
de
mil
novecientos
setenta
y
nueve.
JUAN
CARLOS
El Mlnlstrq de Hacienda.
JAIME
GARCIA AI'iOVEROS

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR