Real Decreto 2593/1981, de 2 de octubre, por el que se acuerda la enajenación directa de una finca sita en el término municipal de Herrera (Sevilla), calle Iglesia, número 4, en favor de su ocupante.

MarginalBOE-A-1981-25611
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyReal Decreto
Z575~
3
noviemlire
1981
B.
O. iJel
E.-Núm.
263
25610
25611
Cuesta
número
noventa
y
cinco
(Sevilla),
propiedad
del
E&tado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tase.da
en
la
cantidad
de
aLento
cuarenta
y
dos
mil
dos-
cientas
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Ha-
cienda.
.
La circunstan-c.ia expu'esta
justltioa
hacer
uso
de
la
autoriza-
ción
concedida
por
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Pa-
tr~monio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
se~
senta
y
cuatro.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
dos
de
octubre
de
mil
novecientos
oohenta
y
uno.
DISPONGO,
Airticulo
pnmero.-De
conformidad
,000.10
dispues~
en
el
ar-
tioulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley._del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acu~r
da
la
enajenación
.directa·
a
favor
de
don
Antonio
López. RUlZ,
con
domicilio
en
término
municipal
de
,Estepa,
calle
Cuesta,
nú-
mero
noventa
yQinco
(Sevilla).
de
la
finca
propiedad.
del
Es~
tado
que
a
continuación
se
describe:
.
Finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Estepa
(Se-
villa),
calle
Cuesta,
número
noventa
y
cinco,
con
una
super·
ficie
de
ciento
treinta
metros
cuadrados
ylos
linderos
siguien·
tes: Coetecha,
númeTo
noventa
y
siete
de
la
miBma
calle;
izquier-
da.
n.úmero
noventa
y
tres
de
la
citada
calle,
y
fondo,
vereda.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Estepa
al
libro
doscientos
cuarenta
v
cuatro;
folio
ciento
treinta
y
uno,
finca
número
diez
mil
ciento
&BiB,
inscripción
primera.
Artículo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es el
de
ciento
cuarenta
y
dos
mil
doscientas
pesetas,
las
cuales
deberán
ser
-
integradas
en
el
Te-soro
p"Or
el
adquirente-en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudica-
ción
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
Sevilla,
siendo
también
de
cuenta
del
interesado
todos
los
gastos
originados
en
la.
trami-
tación
del
expediente
y
los
que
se
causen
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
_
Artículo
tercere.-Por
el
MiniSterio
de
Hacienda,
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trAmites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
disponé
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
dos
de
octubre·
de
mil
nov.ecienroe.
pohenta
y
uno.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Hacienda,
JAIME
GARCIA
AÑOVEROS
REAL
DECRETO
2592/1981,
de
:!
de
octubre,
por
el
que
se
acuerda
la
ena;enación
directa
de
una
finca
urbana,-sita
en
el
término
municipal
de
Melilla,
en
favor
de
su
ocupante.
Doña
Adela
Martínez
Arrabal
ha
interesado
la
adquisición
di-
recta.
de
un
solar
sito
en
el
término
municipal
de
Melilla,
calle
Sargento
Arbucias,
número
dieciocho,
propiedad
del
Estado,
y
sobre
el
que
la
solicitante
ha
constrnido
de
buena
fe
unedi-
f'¡cio.
Dicho
solar
ha
sido
tasado
en
la
cantidad
de
doce
mil
ciento
veinte
pesetas
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio-
de
Hacienda.
Las
circunstancias
expuestas
justifica.n,
de
conformidad
con
Jo
dispuesto
en
el
artículo
trescientos
sesenta
y·uno
del
Código
Civil,
hacer
uso
de
la
autorización
concedida
pdr
el
articulo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abril
de
mil
novecientos
sesen,ta
ycuatiro.
En
su
virtud,
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
pre-
via
deliberación
d&l
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
dos
de
octubre
de
mil
noveQlentos
ochenta
y
uno,
DISPONGO,
A,rtfculo
prt.mero.-De
conformidad
oon
10
dispuesto
en
el
ar-
tículo
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Patrimonio
del
Estado
de
quince
de
abrtl
de
mil
novec'l.entos
sesenta
y
cuatro,
se
acuer·
da
la
enajene.ción
directa
a
favor
de
doña
Adela
Martfnez
Arra·
bal,
con
domicilio
en
Melilla,
de
la
finca
propiedad
del
Estado
qUe
a
contiiluaclón
se
describe:
Urbana
&ita
en
el
término
municIpa.l
de
MeliUa,
calle
Sar-
gento
Arbucias,
número
dieciocho,
oonuna
extensión
superfi-
cial
de
sesenta
metr06
cuadrados
1
106
linderos
siguientes:
De-
recha,·
casa
número
dieclMls
de
la
calle
sargento
Arbuci88;
iz-
quierda,
casa
número
veinte
,de
la
misma
calle,
y
fondo,
casa
número
siete
de
la
calle
Mira
al
Puerto.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Melilla
al
tomo
~ento
cuarenta
y
dos,
folio
dento
ochenta
y
uno.
fina
número
CInco
mn
ochoCientos
cinco,
lnBcripci6n
primera.
Articulo
segundo.-El
precio
total
de
dicha
enajenación
es
el
de
d~ce
mil
ciento
veinte
pesetas,
las
cuales
deberlm
ser
ingre·
sadas
en
el
Tesoro
por
la
adquirente
en
el
plazo
de
quince
días
a
partir
de
la
notificación
de
la
adf
udicación
pOr
la
Delegación
de
Hacienda
de
MeUlla,
siendo
también
de
cuenta
de
la
Inte-
resada
todos
los
gastos
originados
en
la.
tramita'Ción
del
expe-
diente
y
los
que
se
causeri
en
cumplimiento
del
presente
Real
Decreto.
Articulo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda,
a
través
de
la.
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado,
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
a
la
efectividad
de
cuanto
se
dis-
pone
en
el
pre&ente
Real
DecretQ.
:Cado
en
Madrid
a
dos
de
octubre
de
mil
novecientos
ochenta
,'uno.
JVAN
CARLOS
R.
El
MInistro
de
HacIenda,
JAIME
GARCIA
Al'¡OVEROS
REAL
DECRETO
2593/1981~
de
2
de
octubre,·
por
él
que
se
acuerda
la
ena;enación
directa
de
una
finco
sito
en
el
término
municipal
de
Herrera
(Sevilla),
calle
Iglesia,
número
4,
en
favor
de
su
ocupante.
Doña
Dolores
RoldAn
Rodríguez
ha
interesado
la
adquisición
de
una
finca
urbana
sita
en
el
término
municipal
de
Herrera,
calle
Iglesia,'
número
cuatro
(Sevilla).
propiedad
del
Estado,
de
la
que
el
solicitante
es
ocupante.
de
buena
fe.
Dicha
fin·caha
sido
tasada
en
la
cantIdad
de
ci-ento
veinti-
nueve
mil
dosoientas
pesetas,
por
los
Servicios
Técnicos
del
MI-
nisterio
de
Hacienda.
La
circunstancia
expu-esta
justifica
hacer
USO
de
la
autori~
o!.ón
concedida
por
el
artículo
sesenta,
y
tres
de
la
Ley;
del
Pa.-
trimonio
del
Estado
de
quince
_
de
abril
de
mil
novecientos
se-
&enta. y
cuatro.
En
su
virtud.
a
propuesta
del
Ministro
de
Hacienda
y
previa
deliberación
del
Consejo,de
Ministros,
eJi
sU
reunión
del
día
dos
de
octubre
de
mil nov-9Cientos
ochenta
y
uno,
DISPONGO,
Artículo
primero.-De
ocnformidad
con lo d.ispuet>to
en
el
ar-
tfculp
sesenta. y
tres
de
la
Ley
de
Patrimonio
del
Estado
de
quin·
ce
de
abril
de
mil
novecientos
sesenta
y
cuatro,
se
acuerda
la
enajenación
directa
a
favor
de
doña
Dolores
RoldAn
Rodrfguez,
con
domicilio
en
Herréra,
calle
Iglesia,.
número
cuatro
(Sevi~
lla),
de
la
finca
propiedad.
del
Estado,
que
a
continue.ción
Ose
describe:
Finca
urbana
Slita
en
el
ténnino
municipal·
de
Herrera
(Se·
villa>
calle
Iglesia
número
cuatro,
con
una
superfIcie
del
sajar
de
noventa
y
seis
metros
cuadrados
y
linderos
siguientes:
De·
techa,
calle
Iglesia,
número
2,
José
Joaquín
Moreno
Muñoz;
calle
Ruiz
de
Alda,
número
1,
Abnso
González
García;
calle
Ruiz
de
Alda,
númerb
tres,
Manuel
Rodríguez
Jiménez
y
calle
Ruiz
de
Alda,
número
5,
Manuel
Rodríguez
Jiménez;
izquierda,
ca·
lle
Iglesia.
número
seis,
Manuel
López
Vege.. y
fondo,
Rudz
de
Alda,
número
7,
Antonio
Granado
Cejudo.
Inscrita
en
el
Registro
de
la
Propiedad
de
Estepa-Herrera,
al
tomo
ciento
setenta
ynueve,'fo11o'
cuarenta
y
tres,
finca
nú-
mero
nueVe
mil
set~entos
ocho.
inscnpción
plrimera.
Artíoulc
segundo.-El
precio
total
de
dIcha
enajenación
es
el
qe
ciento
veintinueve·
mil
doscientas
pesetAs
C129.2oo
pesetas),
las
cuales
deberán
ser
ingresad>J.s
en
el
Tesoro
pOr
el
adquiren-
te
en
el
plazo
de
quince
dtas
a
partir
de
la
notificación
de
la
adjudicación
por
la
Delegación
de
Hacienda
de
seviUa,
siendo,
te.mbién,
de
cuenta
del
interesado
todos
los.
gastos
originados
en
la
tramitación
del
expediente
ylos qUe
se
causen
en
cumpli-
miento
del
presente
Real
Decreto.
Artículo
tercero.-Por
el
Ministerio
de
Hacienda.
a
través
de
la
Dirección
General
del
Patrimonio
del
Estado
se
llevarán
a
cabo
los
trámites
conducentes
~,la
efe'ctividad
de
cuapto
6e
dispone
en
el
presente
Real
Decreto.
Dado
en
Madrid
a
dos
de
octubre
de
mil
novecientos
ochenta
y'
uno.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Hacienda,
JAIME
GARCIA
M:¡OVEROS
25612
REAL
DECRETO
2594/1981,
de
2
de
octubre,
por
el
que
se
acuerdG
la
enajenación
directa
de
una
finca
sita
en
el
te'rmino
municipal
de
Melilla,
·calle
Ca-
dete
Pérez
Pérez,
número
14,
en
favor
de
s~
ocu·
pante.
Dofta
Salud
Delkado
MartíDez
11&
interesado
la
adquisición
de
una
tinca
urba.nA;
sita
en
el
término
municipa.l
de
MeUlla,
barrio
Calvo·
Sote10,
calle
Cadete
Pérez
Pérez,
número
catorce,
propiedad
del
Estado, de
la
que
el
solicitante
es
ocupante
de
buena
fe.
Dicha
finca
ha
sido
tasada
en
la
cantidad
de
siete
mil
cien
pesetas,
por
los
Servicios
Técnicos
del
Ministerio
de
Ha.-
cienda.
La
clrounst&ncia
expuesta
justitica.
hacer
uso
de
la
autoriza-
ción
concedida
por
el
añioulo.
sesenta
y
tres
de
la
Ley
del
Pa-
trimon:io
del
EstadQ
de
Q:uince
de
abl1J.
de
:m41
npvecientos
se-
senta y
ouattro~
J

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