Orden JUS/3611/2008, de 4 de diciembre, por la que se modifican las Órdenes JUS/2331/2008, de 31 de julio y JUS/2929/2008, de 30 de septiembre, en relación con la fecha de inicio de actividad de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y la de entrada en funcionamiento de las cuatro unidades judiciales, correspondientes a la programación del año 2008, creadas en el partido judicial de Santa Cruz de Tenerife.

MarginalBOE-A-2008-20138
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyOrden

La configuración de la planta judicial que establece la Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de demarcación y de planta judicial, prevé una serie de mecanismos para facilitar su constante adaptación con la finalidad de mejorar el funcionamiento de la administración de justicia y acercar la justicia al ciudadano.

Dentro de la programación correspondiente al año 2008 se han creado un total de 5 nuevas unidades judiciales para el partido judicial de Santa Cruz de Tenerife mediante Real Decreto 953/2008, de 6 de junio, por el que se dispone la creación de 126 juzgados y 20 plazas de magistrado en órganos colegiados tanto en Tribunales Superiores de Justicia como en Audiencias Provinciales correspondientes a la programación del año 2008.

El apartado 3 del artículo 7 del citado real decreto dispone que la fecha de efectividad de las plazas de magistrado, el inicio de actividad de las nuevas secciones en Audiencias Provinciales, así como la entrada en funcionamiento de los juzgados previstos en el artículo 6 del mismo, a excepción de lo establecido en los apartados 1 y 2 anteriormente mencionados serán fijadas por el Ministro de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial.

Mediante las Órdenes JUS/2331/2008, de 31 de julio, y JUS/2929/2008, de 30 de septiembre, se dispuso la fecha de inicio de actividad de la sección sexta de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife y la de entrada en funcionamiento de los juzgados de primera instancia n.º 10, de lo contencioso-administrativo n.º 4, de lo social n.º 7 y de menores n.º 2, todos ellos de Santa Cruz de Tenerife para el día 30 de diciembre de 2008.

En la tramitación de las citadas Órdenes se contaba con los informes favorables emitidos por la Comunidad Autónoma de Canarias, sin embargo ante la imposibilidad de ubicar 4 de las 5 unidades judiciales, correspondientes a la programación del año 2008, creadas en el partido judicial de Santa Cruz de Tenerife, por falta de espacio, a petición de la Comunidad Autónoma de Canarias, se solicita al Gobierno la modificación de la fecha anteriormente citada y su aplazamiento para el día 15 de mayo de 2009. Justificada dicha solicitud en el sentido de disponer de locales más idóneos para su adecuada ubicación y así garantizar la centralidad de la Justicia en dicho...

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