ORDEN APA/2592/2002, de 27 de septiembre, por la que se convoca concurso general 2/02 para la provisión de puestos de trabajo para funcionarios de los grupos A, B, C y D.

MarginalBOE-A-2002-20420
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden
BOE núm. 253 Martes 22 octubre 2002 37051
Consejo, el Pleno designará al que resulte seleccionado para cubrir
el puesto convocado. Si el Pleno entendiera que los solicitantes
no reúnen las condiciones de idoneidad o aptitud precisas para
el cargo, podrá declarar la convocatoria desierta.
Sexta.—El concursante al que se adjudique el puesto convocado
quedará en situación de servicios especiales, prevista en los artí-
culos 146.3 y 352.b) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio,
prestará sus funciones durante el plazo de dos años, prorrogable
por períodos anuales, a que se refiere el artículo 146.1 de la
citada norma, y estará sometido al Reglamento de Organización
y Funcionamiento del Consejo.
Los concursantes no nombrados dispondrán de un plazo de
seis meses para retirar la documentación aportada, acreditativa
de los méritos alegados, procediéndose a su destrucción en caso
de no efectuarlo.
Madrid, 9 de octubre de 2002.—El Presidente del Consejo Gene-
ral del Poder Judicial,
HERNANDO SANTIAGO
ANEXO
Denominación del puesto: Jefe de Sección de Estudios e Infor-
mes. Localización: Madrid. Nivel de complemento de destino: 30.
Complemento específico: 35.327,40 euros anuales. Adscripción:
Jueces, Magistrados, Secretarios de la Administración de Justicia,
Abogados del Estado, miembros de la Carrera Fiscal y ffuncionarios
de las Administraciones públicas del grupo A. Requisitos del pues-
to: Amplios conocimientos de Derecho español y comparado, espe-
cialmente en Derecho constitucional, administrativo y procesal.
MINISTERIO DEL INTERIOR
20419 RESOLUCIÓN de 11 de octubre de 2002, de la Direc-
ción General de Instituciones Penitenciarias, por la
que se hace público el listado de aprobados definitivos
por orden de puntuación, en la fase de oposición del
Cuerpo Facultativo de Sanidad Penitenciaria corres-
pondiente a la oferta de empleo público del año 2002.
Por Orden de 17 de abril de 2002, del Ministerio del Interior,
se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Facul-
tativo de Sanidad Penitenciaria («Boletín Oficial del Estado»
de 3 de mayo).
Una vez finalizada la fase de oposición y entregada por el Pre-
sidente del Tribunal copia certificada de las listas de aprobados,
esta Dirección General, en virtud de lo previsto en el artículo 22
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso, y en la base 7.1 de la con-
vocatoria, resuelve:
Primero.—Hacer publica la relación de aprobados por orden
de puntuación en las pruebas selectivas para el ingreso en el Cuer-
po Facultativo de Sanidad Penitenciaria, en la fase de oposición,
que se encontrarán expuestas en los tablones de anuncios de los
centros penitenciarios y en la Dirección General de Instituciones
Penitenciarias.
Segundo.—En el plazo de veinte días naturales, a contar desde
el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado»,
los aspirantes aprobados deberán presentar en la Subdirección
General de Personal de Instituciones Penitenciarias los documen-
tos que se señalan en la base octava de la convocatoria (apartados
8.1 y 8.2).
Tercero.—Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuer-
za mayor no presentasen la documentación, o del examen de la
misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos seña-
lados en la base 2 de la convocatoria, no podrán ser nombrados
funcionarios y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio
de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en
la solicitud inicial (apartado tercero de la base octava de la con-
vocatoria).
Cuarto.—La presente Resolución, de conformidad con el artícu-
lo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurí-
dico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Admi-
nistrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero,
podrá ser recurrida potestativamete ante el mismo órgano que
lo ha dictado, mediante la interposición de recurso de reposición,
en el plazo de un mes, a partir del día siguiente a su publicación,
o ser impugnada directamente ante la Audiencia Nacional, pudien-
do interponerse, en este caso, recurso contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de
su publicación.
Madrid, 11 de octubre de 2002.—El Director general, Ángel
Yuste Castillejo.
MINISTERIO DE AGRICULTURA,
PESCA Y ALIMENTACIÓN
20420 ORDEN APA/2592/2002, de 27 de septiembre, por la
que se convoca concurso general 2/02 para la pro-
visión de puestos de trabajo para funcionarios de los
grupos A, B, C y D.
Vacantes puestos de trabajo en el Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación, dotados presupuestariamente, cuya pro-
visión corresponde llevar a efecto por el procedimiento de con-
curso, y cuya cobertura se estima conveniente en atención a las
necesidades del servicio,
Este Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuer-
do con lo dispuesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de
2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública,
en su redacción dada por las Leyes 23/1988, de 28 de julio,
y 13/1996, de 30 de diciembre, previa autorización de las bases
de la presente convocatoria por la Secretaría de Estado para la
Administración Pública, y de conformidad con el artículo 40.1
del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba
el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la
Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de
Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de
la Administración General del Estado, ha dispuesto:
Convocar concurso dirigido a los funcionarios que se relacionan
en la base primera de los puestos vacantes que se relacionan
en el anexo I de esta Orden. El presente concurso, de acuerdo
con el artículo 14 de la Constitución Española y la Directiva Comu-
nitaria de 9 de febrero de 1976, tiene en cuenta el principio de
igualdad de trato entre hombres y mujeres en la provisión de los
puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios
y se desarrollará con arreglo a las siguientes bases:
Primera.—1. De acuerdo con lo dispuesto en el apartado c)
por la Ley 13/1996, de 30 de diciembre, y a tenor de los análisis
de la distribución de efectivos en la Administración General del
Estado, podrán participar en el presente concurso:
1.1 Los funcionarios de carrera en cualquier situación admi-
nistrativa, excepto los suspensos en firme mientras dure la sus-
pensión y los funcionarios que estén destinados o que se encuen-
tren en situaciones administrativas con derecho a reserva de puesto
de trabajo distintas de la de servicio activo en el Organismo Autó-
nomo Jefatura Central de Tráfico en Madrid.
1.2 Se exceptúan además los funcionarios que estén desti-
nados o que se encuentren en situaciones administrativas con dere-
cho a reserva de puesto de trabajo distintas de la de servicio activo
en cualquiera de las siguientes provincias: Alicante, Barcelona,
Cádiz, Girona, Illes Balears, Las Palmas, Málaga, Santa Cruz de
Tenerife, los servicios periféricos de Madrid, Tarragona y las ciu-
dades de Ceuta y Melilla.
37052 Martes 22 octubre 2002 BOE núm. 253
1.3 Al puesto de trabajo con número de orden 3, Ayudante
de Prevención B, no se le aplicarán las limitaciones a la movilidad
indicadas en el punto anterior por requerirse una formación técnica
específica.
2. Cumplidos los requisitos expuestos anteriormente podrán
tomar parte en el presente concurso los funcionarios de carrera
de la Administración General del Estado de los Cuerpos o Escalas
clasificados en los grupos A, B,CyD,comprendidos en el artícu-
lo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, que reúnan los requisitos
establecidos para cada puesto de trabajo en las correspondientes
relaciones de puestos de trabajo del Ministerio de Agricultura,
Pesca y Alimentación y sus Organismos Autónomos que figuran
en el anexo I de esta Orden.
3. De acuerdo con lo previsto en el artículo 103. Cuatro. 5
de la Ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales
del Estado para 1991, la movilidad de los funcionarios que desem-
peñen puestos de trabajo de la Agencia Estatal de la Adminis-
tración Tributaria y que pertenezcan a especialidades o escalas
adscritas a ella, para la cobertura de puestos de trabajo en otras
Administraciones Públicas, estará sometida a la condición de la
previa autorización de aquélla, que podrá denegarla en atención
a las necesidades del servicio.
Segunda.—1. De conformidad con lo establecido en el artícu-
lo 41.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, sólo podrán
participar en el presente concurso los funcionarios con dos años
de permanencia desde la toma de posesión de su último puesto
de trabajo con destino definitivo, salvo los supuestos siguientes:
1.1 Que participen para cubrir vacantes en el ámbito de pro-
pio Departamento ministerial donde estén destinados.
1.2 Que hayan sido removidos o cesados del puesto de trabajo
obtenido por el procedimiento de concurso o libre designación.
1.3 Que haya sido suprimido el puesto de trabajo que venían
desempeñando.
2. Los funcionarios con destino definitivo, en servicio activo,
en servicios especiales o en excedencia por cuidado de familiares,
sólo podrán tomar parte en esta convocatoria si, al término del
plazo de presentación de instancias han transcurrido dos años
desde la toma de posesión del último destino definitivo obtenido,
salvo en el ámbito de una Secretaría de Estado, de un Depar-
tamento ministerial en defecto de aquélla, o en los supuestos pre-
o por supresión del puesto de trabajo.
A los funcionarios que hayan accedido a otro Cuerpo o Escala
por promoción interna o por integración y permanezcan en el
puesto de trabajo que desempeñaban, se les computará el tiempo
de servicios prestados en dicho puesto en el Cuerpo o Escala
de procedencia, a efectos de lo dispuesto en el número anterior.
3. Los funcionarios en situación de excedencia voluntaria por
interés particular o agrupación familiar sólo podrán participar si
llevan más de dos años en dicha situación.
4. Los funcionarios en situación de servicio en Comunidades
Autónomas sólo podrán participar si han transcurrido más de dos
años desde su transferencia o traslado a las mismas y, en todo
caso, desde la toma de posesión del destino desde el que participen
si es de carácter definitivo.
5. Están obligados a participar en este concurso:
5.1 Los funcionarios que estén en situación de excedencia
forzosa a quienes se notifique el presente concurso.
5.2 Los funcionarios en servicio activo con destino provisional
en este Departamento, salvo los que se hallen en comisión de
servicios, solicitando todas las vacantes a las que puedan acceder
por reunir los requisitos establecidos en la convocatoria, excepto
los funcionarios que hayan reingresado al servicio activo mediante
adscripción provisional, que sólo tendrán obligación de participar
solicitando el puesto que ocupan provisionalmente.
Los funcionarios con destino provisional que no participen o
que, aún participando, no obtengan puesto, podrán ser adscritos
a las vacantes que resulten dentro de la localidad, después de
atender las solicitudes del resto de los concursantes.
5.3 Los funcionarios en situación de expectativa de destino
a quienes se notifique el presente concurso, solicitando los puestos
adecuados a su Cuerpo o Escala, situados en la provincia donde
estaban destinados.
6. Los funcionarios de los Cuerpos o Escalas que tengan reser-
vados puestos en exclusiva no podrán participar en el concurso
para cubrir otros puestos de trabajo adscritos con carácter indis-
tinto, salvo autorización del Ministerio de Administraciones Públi-
cas, de conformidad con el Departamento al que se hallen ads-
critos.
Cuando los puestos convocados dependan del propio Depar-
tamento al que estén adscritos los Cuerpos o Escalas con puestos
en exclusiva, corresponderá al mismo conceder la referida auto-
rización.
Tercera.—1. Las solicitudes para tomar parte en este concur-
so, ajustadas al modelo publicado como anexo II de esta Orden
y dirigidas a la Subdirección General de Recursos Humanos y
Gestión de Personal del Ministerio de Agricultura, Pesca y Ali-
mentación, se presentarán en el plazo de quince días hábiles en
el Registro General del Ministerio, paseo Infanta Isabel, 1, 28014
Madrid, o en las Oficinas a que se refiere el artículo 38 de la
Procedimiento Administrativo Común, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el
«Boletín Oficial del Estado».
2. La fecha de referencia para el cumplimiento de los requi-
sitos exigidos y para la posesión y valoración de los méritos que
se aleguen, será el día en que finalice el plazo de presentación
de instancias.
3. Cada uno de los funcionarios participantes podrá solicitar,
por orden de preferencia, los puestos vacantes que se incluyen
en el anexo I, siempre que reúnan los requisitos exigidos para
cada puesto de trabajo.
4. Cuando dos funcionarios estén interesados en obtener
puestos de trabajo en un mismo municipio, podrán condicionar
en la solicitud sus peticiones, por razones de convivencia familiar,
al hecho de que ambos lo obtengan, entendiéndose, en caso con-
trario, anulada la petición efectuada por cada uno de ellos. Debe-
rán acompañar a su solicitud fotocopia de la petición del otro
funcionario.
5. Los funcionarios participantes con alguna discapacidad,
debidamente acreditada, podrán instar en la solicitud de parti-
cipación la adaptación del puesto o puestos solicitados, siempre
que ello no suponga una modificación exorbitante en el contexto
de la organización.
La procedencia de la adaptación del puesto o puestos soli-
citados a la discapacidad del solicitante, así como, en su caso,
la compatibidad con el desempeño de las tareas y funciones del
puesto en concreto, serán apreciadas, previo informe del centro
directivo donde radica el puesto, por la Comisión de Valoración,
la cual podrá recabar del interesado, en entrevista personal, la
información que estime necesaria, así como el dictamen de los
órganos técnicos de la Administración laboral, sanitaria o de los
correspondientes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales o,
en su caso, los Órganos competentes de las Comunidades Autó-
nomas correspondientes.
6. Los funcionarios que pertenezcan a dos o más Cuerpos
o Escalas del mismo o distinto grupo sólo podrán participar en
el presente concurso desde uno de ellos.
7. Una vez transcurrido el plazo de presentación de instancias,
las solicitudes formuladas serán vinculantes para los peticionarios.
Cuarta.—La valoración de los méritos alegados en relación con
los distintos puestos de trabajo se efectuará con arreglo al siguiente
baremo:
1. Méritos específicos.—Se valorarán los méritos específicos
adecuados a las características de cada puesto que se determinan
en el anexo I de esta convocatoria hasta un máximo de 8 puntos.
La valoración de los méritos específicos se efectuará a la vista
de la documentación aportada por los concursantes.
La puntuación concedida a cada concursante se obtendrá cal-
culando la media aritmética de las otorgadas por cada uno de
los miembros de la Comisión de valoración.
Las puntuaciones otorgadas por la Comisión de valoración se
reflejarán en el acta que se levantará al efecto.
2. Grado personal consolidado.—Por la posesión de grado per-
sonal se adjudicarán hasta un máximo de 3 puntos distribuidos
de la siguiente manera:
Por tener grado personal superior al nivel del puesto solici-
tado, 3 puntos.

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