Orden HAP/799/2013, de 30 de abril, por la que, en ejecución de sentencia, se adjudica puesto de trabajo de libre designación, convocado por Orden HAP/256/2012, de 14 de febrero.

MarginalBOE-A-2013-4964
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Hacienda y Administraciones Públicas
Rango de LeyOrden

Estimado parcialmente el recurso contencioso administrativo por Sentencia 205/2012 del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo n.º 2, interpuesto contra la Orden HAP/867/2012, de 17 de abril, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden HAP/256/2012, de 14 de febrero, en el particular referido a la adjudicación por el sistema de libre designación de la plaza señalada con el n.º 1, Jefe/Jefa de área Técnica y de Coordinación de la Subdirección General de Procedimientos y Atención al Ciudadano de la Dirección General del Catastro, Secretaría de Estado de Hacienda, Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, que en su fallo dispone: «… anular la resolución recurrida, retrotrayendo las actuaciones al momento previo a la emisión del informe previo, que, en los nombramientos de libre designación, ha de ser emitido por el titular del Organismos al que figure adscrito el puesto convocado, todo ello, para que tras el nuevo informe, se dicte una nueva resolución de nombramiento que incluya una motivación que cumpla todo lo razonado en la sentencia de 30 de septiembre de 2009».

Visto el informe emitido por la Directora General del Catastro, titular del centro directivo al que figura adscrito el puesto, de acuerdo con lo previsto en el artículo 54 del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, emitido en ejecución de la señalada sentencia.

Considerando que los criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento son los requisitos del puesto que figura en la Relación de Puestos de Trabajo y, por tanto, en la convocatoria, de conformidad con lo que indica el informe señalado, que las cualidades o condiciones personales y profesionales que han sido consideradas en el funcionario que va a ser nombrado para apreciar que aquellos criterios que concurren en él en mayor medida que en el resto de solicitantes son las que derivan del informe, antes citado, y acreditada la observancia del procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria.

De conformidad con los artículos 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas...

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