Sentencia de 23 de marzo de 2017, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima en parte el recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar aprobado por el Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, y anula su artículo 28.B),d).

MarginalBOE-A-2017-6858
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorTribunal Supremo
Rango de LeySentencia

En el recurso contencioso-administrativo 1/878/2014, interpuesto por los Ayuntamientos de Polinyá de Xuquer, Albalat de la Ribera, Benicull, Corbera, Cullera, Favara, Fortaleny, Riola y Sueca contra el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar aprobado por el Real Decreto 595/2014, de 11 de julio, la Sala Tercera (Sección Cuarta) del Tribunal Supremo ha dictado sentencia con fecha 23 de marzo de 2017 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

FALLO

Por todo lo expuesto, en nombre del Rey y por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:

Que estimamos en parte el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación procesal de los Ayuntamientos de Polinyá de Xúquer, de Albalat de la Ribera, de Benicull, de Corbera, de Cullera, de Favara, de Fortaleny, de Riola y de Sueca, contra el Plan Hidrológico de la...

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