Orden TIN/2125/2008, de 14 de julio, por la que se convocan pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2008-12346
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2008, y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,

Este Ministerio, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 13 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.

La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre (Boletín Oficial del Estado número 284, de 27 de noviembre de 2007).

Bases específicas

  1. Descripción de las plazas

    1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 70 plazas del Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social, Código A1502, por el sistema general de acceso libre, de las comprendidas en el anexo I del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero. De las cuales 40 corresponderán a la opción técnica y 30 a la opción jurídica.

    Los aspirantes solo podrán participar en una de las dos opciones previstas en esta base. Si en alguna de las dos opciones no se cubriera el número total de plazas convocadas, podrán acumularse en la otra.

    Del total de plazas, siguiendo lo dispuesto en el artículo 5 del Real Decreto 66/2008, de 25 de enero, se reservarán 3 para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad, con un grado de minusvalía igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley 23/1988, de 28 de julio, de modificación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el artículo 2 de Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, distribuyéndose de la siguiente forma 2 para las plazas correspondientes a la opción técnica y 1 para las plazas correspondientes a la opción jurídica.

    De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, en la que reflejarán sus necesidades específicas.

  2. Proceso selectivo

    Los aspirantes deberán elegir en la solicitud entre la opción jurídica o la opción técnica, siguiendo las instrucciones contenidas en el anexo IV.

    El proceso selectivo que constará de una fase de oposición y otra de curso selectivo, se desarrollará de acuerdo con los ejercicios y valoraciones que se especifican en el anexo I.

    Para la realización de la fase de curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.

  3. Programas

    Los programas que han de regir el proceso selectivo son los que figuran como anexo II a esta convocatoria.

  4. Titulación

    Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Doctor, Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Grado. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  5. Nacionalidad

    Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el anexo del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo.

  6. Solicitudes

    6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas, deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado gratuitamente en la página web www.060.es y en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mtin.es/itss

    6.2 La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General del Ministerio de Trabajo e Inmigración, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado duodécimo de la Orden APU/3416/2007, de 14 de noviembre.

    6.3 El plazo de presentación de la solicitud es de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo e Inmigración. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.

    6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.

  7. Tribunal

    7.1 El Tribunal calificador de estas pruebas es el que figura como anexo III a esta convocatoria.

    7.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.

    Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.

    7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en el Ministerio de Trabajo e Inmigración, Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, calle Agustín de Bethencourt, n.º 4, planta 2, Madrid 28003, teléfonos (91) 363.00.00, dirección de correo electrónico: inspectores3@mtin.es

  8. Desarrollo del proceso selectivo

    El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra X, según lo establecido en la Resolución de la Secretaria General para la Administración Pública de 21 de enero de 2008 (Boletín Oficial del Estado de 4 de febrero de 2008).

    El primer ejercicio de la fase de oposición tendrá lugar entre el 1 y el 15 de diciembre de 2008.

    Quienes hubiesen obtenido en la fase de oposición una calificación media igual o superior a 60 puntos y no hubiesen superado el curso selectivo, quedarán exentos de realizar la fase de oposición en la convocatoria siguiente, conservando las notas obtenidas, siempre que en la misma se contengan unos ejercicios de similares características.

  9. Norma final

    Al presente proceso selectivo le serán de aplicación la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.

    Contra la presente convocatoria, podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el Ministro de Trabajo e Inmigración en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano jurisdiccional competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

    Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

    Madrid, 14 de julio de 2008.-El Ministro de Trabajo e Inmigración, P.D. (Orden TIN/1540/2008, de 30 de mayo), el Subsecretario de Trabajo e Inmigración, Leandro González Gallardo.

ANEXO I

Descripción del proceso selectivo

Uno. El proceso selectivo para ingresar en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social constará de dos fases:

  1. Fase de oposición.

  2. Fase de curso selectivo.

  1. Fase de oposición.-La fase de oposición se realizará en Madrid y constará de los siguientes ejercicios:

    1. Primer ejercicio:

      Consistirá en el desarrollo por escrito en un plazo máximo de cuatro horas, por una parte, de un tema, de entre los dos sacados a la suerte, uno de ellos de los bloques primero y segundo y el otro de los bloques tercero y cuarto de los que conforman el primer ejercicio según temario que figura en el anexo II. Programa del Proceso Selectivo para ingreso en el Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Primer ejercicio de esta convocatoria, y por otra, en la contestación de 10 preguntas sobre dicho temario.

      Primer bloque: Organización Político-Administrativa.

      Segundo bloque: Economía.

      Tercer bloque: Sociología.

      Cuarto bloque: Medio Ambiente.

      Cada aspirante entregará el ejercicio, siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura pública posterior de este ejercicio.

      En esta prueba se valorarán los conocimientos, la claridad y el orden de ideas y la calidad de la expresión escrita.

    2. Segundo ejercicio:

      Consistirá en la realización por escrito, durante el plazo máximo de cuatro horas de dos supuestos, el primero de ellos, un supuesto sobre Derecho del Trabajo y Seguridad Social o de Seguridad y Salud Laboral, según la opción que se haya elegido, relacionado con las materias del programa correspondientes al anexo II, y el segundo, un supuesto común para ambas opciones, relacionado con la gestión y solución de situaciones de conflicto, con objeto de valorar la capacidad del aspirante para el desempeño de las funciones legalmente otorgadas a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

      Cada...

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