Orden TIN/571/2010, de 26 de febrero, por la que se designan las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes, correspondientes a las asociaciones de inmigrantes y refugiados y organizaciones sociales de apoyo a estos colectivos.

MarginalBOE-A-2010-4100
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, modificado por el Real Decreto 1164/2009, de 10 de julio, por el que se regula la composición, competencias y régimen de funcionamiento del Foro para la Integración Social de Inmigrantes, dispone en sus artículos 4, 8.4 y 8.5, que este órgano colegiado estará constituido, entre otros miembros, por diez vocalías representantes de las asociaciones de inmigrantes y refugiados, y otras diez en representación de las organizaciones sociales de apoyo, de los cuales seis representarán a organizaciones no gubernamentales vinculadas al ámbito inmigratorio, dos a las organizaciones sindicales y dos a las organizaciones empresariales más representantivas, con interés e implantación en el ámbito inmigratorio.

El artículo 9 del citado Real Decreto 3/2006, de 16 de enero, regula la designación de dichos vocales y prevé que serán designados por el Ministro de Trabajo e Inmigración, a propuesta de la Secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, entre las candidaturas que aquéllas hubiesen presentado, y en función de los resultados del proceso de selección de dichas entidades.

Por Orden TIN/1924/2009, de 15 de julio, se convocó el proceso para la selección de las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes en representación de las entidades arriba mencionadas.

Finalizado este proceso, una vez realizada la valoración de las candidaturas presentadas, mediante Resolución de la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración, de 2 de noviembre de 2009, se hizo pública la relación de entidades propuestas para ocupar las vocalías del citado órgano colegiado, así como las excluidas y el motivo de la exclusión.

Concluido el período de alegaciones contra la Resolución antedicha, la Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración de acuerdo a lo previsto en el artículo 9 de la citada Orden TIN/1924/2009, de 15 de julio, ha elevado al titular de este Ministerio la propuesta definitiva de las entidades seleccionadas para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de los Inmigrantes.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Designar a las entidades seleccionadas que figuran en el anexo para cubrir las vocalías del Foro para la Integración Social de Inmigrantes, en representación de las asociaciones de inmigrantes y refugiados y de las organizaciones sociales de apoyo.

Segundo.-Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo...

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