Corrección de errores de la Orden de 24 de febrero de 1979 por la que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes tramitados al amparo del Real Decreto-ley 43/1978, de 21 de diciembre, por el que se reconocen beneficios económicos a los que sufrieron lesiones y mutilaciones en la Guerra Civil Española.

MarginalBOE-A-1979-8758
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyLey
B.
O.
del
E.-Núm.
77
30
marzo
1979
7653
en el
mercado
interior
Bonos
del
Tesoro,
como
instrumento
de
política
monetaria,
hasta
un
importe
tot,aJ
de
ciento
cin-
cuenta
mil
millones
de
pesetas,
y
el
articulo
cuarto
autoriza
al
MlnI.stro
~.e
Hacienda
para
dictar
las
disposiciones
que
requiera
su
8]CCUClon.
Por
lo
que
se
refiere
alos
nominales
de
los
Bonos
a
emitir,
'la
Orden
ele
12
de
enero
último
dispuso
que
los
mismos
estarían
representados
por
títulos
al
portador,
distribuidos
en
series,
Para
dar
mayor
flexibilidad,
seguridad
y
economia
al
merca-
do
de
los
mismos,
la
práctica
seguida
con
otros
valores
públicos
y
prIvados
aconseja
la
edicIón
de
láminas
que
agrupen
un
de-
termmado
número
de
títulos,
sin
la
existencia
física
de
éstos,
re8:11zándos.e
las
opcracion.es
de,adjudicación
y
transferencia
pos-
terIOr
medIante
referenCias
tecnicas
que
amparen,
y
corres-
pondan,
a
los
Bonos
que
se
contraten.
Por
esta
circunstancia,
se
estima
conveniente
autorizar
a
la
Dirección
General
del
Tesoro
para
que
con
los
títul0s
de
la
serie
A
se
opere
bajo
este
sistema
de
fungibilidad.
En<.>
VIrtud,
este
Mmisterio
ha
tenido
ablCn
disponer:
1.
Los
Bonos
del
resoro
de
la
serie
A,
de
500.000
pesetas
no-
m~nal('.s.
cad,:!
uno,
P?drán
continuar
con
su
actual
representa-
CJQn
flslca
IndependIente,
o
bIen
agruparse
en
láminas,
con
arreglo
a
la
siguiente
escala
COIl1isi,)n
PCS('ta~
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
4,001
hasta
5,000
kilo-
gramos
,.,
_.
1.505
Mercancias
o
envíos
de
ppso
de
5.{XH
hasta
10.000
kilo-
gramos;
por
tonelada
'..
'..
229
(Mínimo,
el
máximo
de
la
a.nterior.)
,"
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
10.001
hasta
25,000
kilo
gramos;
por
tonelada
......
,..
'"
...
196
(Minimo,
el
máximo
de
la
anhrior,)
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
ha::.ta
;')0,000
kilo-
gramos;
pOr
tonelada
...
... ... ...
163
{Mínimo,
el
maximo
de
la
anterior',')
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
50,001
hasta
100000ki
logramos;
por
tonelada
... ... ... ... 130
(Mínimo,
el
maximo
de
hi
anterioL)
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
loo.ooJ
kilogramos
en
adelante;
por
tonelada
oo.
... ... ... .98
(Mínimo,
el
máximo
de
la
ant.c:rior,j
Número
1,
de
1
titulo
Número
2,
de
10
títulos.
Número:J
de
100
títulos
Número
4,
de
1.000
titulos
MINISTERIO
DEL
INTERIOR
Comisión
Pesetas
FERNANDEZ
ORDOÑEZ
Tarifa
",B~
TRABAJO
DE
CORRECCION
de
errores
de
ta
Orden
de
24
de
fe-
brero
de
1979
por
la
que
se
regala
el
procedimiento
a
seguir
en
los
expedientes
tramitados
al
amparo
del
Real
Decreto-ley
4311978,
de
21
de
diciembre,
por
el
que
se
reconocen
benencios
económicos
alos
que
sufrieron
lesiones
y
mutilaciones
en
la
Guerra
Civil
Española
ORDEN
de
28
de
marzo
de
1979
por
la
que
se
aprueba
el
anexo
/l,
tabla
de
salarios
base"hora.
de
la
Ordenanza
de
Trabajo
de
Estibadores
Por-
tuarios
de
29
de
marzo
de
1974
MINISTERIO
8759
Padecidos
errores
en
la
inserción
del
Cuadro
de
lesiones
y
enfermedades
anexo
a
la
citada
Orden,
publicada
en
el
-Boletín
Oficial
del
Estado'"
número
51,
de
28
de
febrero,
y
número
52,
de
1
de
marzo
del
año
en
curso,
se
transcriben
a
continuación
las
oport.unas
rectificaciones:
Artículo
6,",
número
36.
dondB
dieB,
",Síndromes
psicológicos
exógenos
~,debe
decir:
«Síndromes
psicólicos
exógenos
...
Articulo
7.",
número
64,
que
se
puntúa
de
25
a50,
debe
pun-
tuarse
de
26 a
SO.
Artículo
9.",
número
75.
donde
dice:
",Reducción
de
la
agudeza
visual
a
V30
en
el
ojo
mejor
."
•.
debe
decir:
",Reducción
de
la
agudeza
visual
a
l/lO
en
el
ojo
mejor
,~.
Capítulo
111,
artículo
17.
número
295. d0!1de
dice'
«De
la
ar-
ticulacion
trapeciometacarpiana
en
abdUCCIón o
abducción
...",
debe
decir:
..
De
la
articulación
trapecíornetacarpiana
en
abduc-
ción
o
adducción
'".
Ilustrísimos
señores:
8758
Previsto
en
el
articulo
69
de
la
vigente
Ordenanza
de
Trabajo
de
Estibadores
Portuarios,
de
29
de
marzo
de
1974.
que
perió-
dicamente
podrá
procederse
a
la
revisión
de
los
salarios
base
que
la
misma
señala
siempre
que
el
crecimiento
del
índice
del
coste
de
la
vida,
en
el
conjunto
nacional,
s"a
igualo
superior
al
que
se
indica,
y
que
tal
revisión
se
efectuará
por
los
trámites
da
la
Ley
de
16
de
octubre
de
1942,
cumplidas
ambas
circunstan-
cias,
se
ha
procedido
por
la
Dirección
Ceneral
de
Trabaio
a
ela-
borar
y
proponer
los
adecuados
salarios
base-hora,
al
propio
tiempo
que
se
establece
el
automático
reajuste
de
tarifas
de
incentivos,
de
conformidad
con
lo
dispuesto
en
los
artículos
83,
BS
y
concordantes
de
la
Drdenanz.a.
Este
Ministerio,
en
uso
de
las
atribuciones
que
le
confiere
la
citada
Ley
de
16
-de
-octubre
de
1942,
ha
tenido
a
bien
disponer:~
l."
Aprobar
el
adjunto
anexo
11,
tabla
de
salarios
base-hora,
de
la
Ordenanza
de
Trabajo
de
Estibadores
Portuarios
de
29
de
marzo
de
1974,
que
sustituye
al
vigente
anexo
igual
número
de
dicha
Ordenanza.
2.°
Como
consecuencia
de
tal
modificación
de
los
salarios
base-hora,
las
tarifas
de
incentivos
en
vigor
en
1
de
abril
de
1973
se
incrementarán
en
un
13
por
100,
porcentaje
que
igualmente
será
aplicable
a
todos
los
jornales
primados
o
retribuciones
mix-
tas
de
uno
y
otro
sistE:ma,
Las
nuevas
retribuciones
se
conl';ide-
rarán
absorbibles,
pn
todo
o
eh
parte,
por
los
incrementos
sala-
327
621
752
683
409
1.374
1.047
l.'nO
Mercancías
o
envíos
de
peso
hasta
50
kilogramos
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
51
hasta
100
kilo-
gramos
..
'd~"
Mercancias
o
envíos
de
peso
101
!:lasta
250
kilo-
gramos
Mercanclas
o
'envíos
de
peso
de
251
hasta
500
kilo-
gramos
..
... .
..
.
..
.. ...
Mercando,,-
o
envíos
de
peso
de
501
hasta
1.000
kilo-
gramos
Mercancías
oenvlOS
de
peso
de
UXH
hasta
2000
kilo-
gramos
Mercancías
o
envios
de
peso
de
2.
hasta
3.000
kilo-
gramos
...
...
Mercancías
o
envíos
de
peso
de
3,001
hasta
4.000
kilo-
gramos
...
... ... ...
...
... ...
...
..
,
...
.
.....
.
..
CORRECC10N
de
errores
de
la
Orden
de
28
de
febrero
de
1979
por
la
que
se
aprueban
las
nueva"
tarifas
de
comIsiones
de
los
Agentes
y
Comisionis·
tas
de
Aduanas
en
concepto
de
remuneración
por
ta
intefOlención
que
les esta
asignada
en
las
ope-
raciones
aduaneras
de
despacho
de
mercanda..-.
Advert.idos
errores
en
el
texto
remitido
para
su
publicación
dt'
la
citada
Orden.
insE'rta
en
el
..
Boletín
Oficial
del
Estado~
~umero
59,
de
fecha
13
de
marzo
de
11379,
a
continuación
se
furmulan
las
oportunas
rectiflcaciones
2.
La
numeración
de
lOS
títulos
desde
la
cual
se
iniciará
este
sistema
será
correlativa,
comenzando
a
partir
del
nÍlme-
ro
100,001,
consignándose
así
en
las
lamínas,
conforme
va-
van
editándose
sucesivamente.
según
sus
respectivas
fechas
de
f'mlsión,
3.
Las
operaciones
relativas
al
movimiento
de
Bonos
del
Tesoro
de
la
serie
A.
a
que
se
refiere
esta
Orden
se
reali-
zarán
mediante
las
oportunas
referencias
técnicas
programadas
al
efecto.
4.
Se
auto~iz~
a
la
l?irección
General
del
Tesoro
para
en-
c~rgar
a
la
Fah~lca
NaCIOnal
de
Moneda
y
Timbre
la
confec-
Clan
de
las
lanunas
qUE'
se
precisen
para
la
ejecución
de
la
presente
Orden.
En
la
página
6014,
primpra
columna,
en
el
epígrafe
que
dic~·.
Tarifa
«B»
y a
partir
de
la
linea
22
del
mismo.
se
ha
omltido
en
cada
partida
de
mercancías
consignar
el
párrafo
«por
tonelada;
mínimo.
el
maximo
de
la
anterior.
En
consecuencia,
a
continuación
se
reproduce
todo
el
epí-
gorafe
indicado,
el
cual
deberá
quedar
redactado
en
la
forma
que
a
continuación
se
expresa:
8757
lImo
Sr
Director
general
del
Tesoro
Lo
que
comunico
a
V,
l.
para
su
conocimiento
y
demas
efecto'>
Dios
guarde
a
V.
1.
muchos
años
Madrid,
28
de
marzo
de
1979

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