Resolución de 8 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se autorizan trasvases de carbón entre las centrales térmicas de Narcea, Anllares y Compostilla.

MarginalBOE-A-2014-7359
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 134/2010, de 12 de febrero, por el que se establece el procedimiento de Resolución de Restricciones por Garantía de Suministro y se modifica el Real Decreto 2019/1997, de 26 de diciembre, por el que se organiza y regula el mercado de producción de energía eléctrica, con las modificaciones establecidas en el Real Decreto 1221/2010, de 1 de octubre, dispone, en su anexo II.1, que podrán ser autorizados por la Secretaría de Estado de Energía trasvases de carbón entre centrales con el fin de gestionar mejor los stocks acumulados, fijando, en ese caso, las nuevas retribuciones y volúmenes máximos de energía resultantes, para cada central afectada, de la aplicación de dichos trasvases.

La Resolución de 30 de diciembre de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se fijan las cantidades de carbón, el volumen máximo de producción y los precios de retribución de la energía, para el año 2014, a aplicar en el proceso de Resolución de Restricciones por Garantía de Suministro, establece los volúmenes máximos de energía y, en consecuencia, las cantidades de carbón a consumir para la obtención de dicha energía. La propia resolución fija también la parte de dicho carbón que debe ser adquirido a las distintas empresas productoras.

Para la obtención de los volúmenes de energía establecidos en la citada resolución es necesario el funcionamiento de las centrales cumpliendo los requisitos de emisiones vigentes, que en el caso de Compostilla no va a resultar posible obtener, debido al alto contenido en azufre de los carbones suministrados por sus proveedores relacionados en dicha resolución.

Por ello, en aplicación de lo dispuesto en el Real Decreto 134/2010, de 12 de febrero, se autoriza mediante esta resolución el trasvase de carbón de las empresas mineras «Carbonar, S.A.» e «Hijos de Baldomero García, S.A.» entre las centrales de Narcea, Anllares y Compostilla, y hasta el 31 de diciembre de 2014, de 125.000 toneladas procedentes de «Carbonar, S.A.» y 20.000 toneladas procedentes de «Hijos de Baldomero García, S.A.», que son parte de las cantidades que constan para dichos proveedores en el Anexo I de la Resolución de 30 de diciembre de 2013, sin que esto implique incrementos de producción ni variación en los precios establecidos en la misma para dichos proveedores.

En su virtud, esta Secretaría de Estado resuelve:

Primero. Cantidades de carbón autóctono a trasvasar entre las centrales termoeléctricas de Narcea, Anllares y...

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