Resolución de 18 de diciembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, por la que se efectúa la convocatoria 3/2007, para la selección de las PYME participantes en los proyectos de negocio electrónico y factura electrónica presentados por las entidades colaboradoras seleccionadas en la convocatoria 2/2007, del Programa Avanza PYME.

MarginalBOE-A-2007-21989
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyResolución

La Orden ITC/524/2007, de 27 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la información con destino a las pequeñas y medianas empresas en el marco del Plan Avanza (Programa Avanza PYME), publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 59 de fecha 9 de marzo, define un marco de actuación integral para las actividades de fomento de la incorporación de las Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TIC) a los procesos de negocio de las pequeñas y medianas empresas (PYME) realizadas por la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información.

En el marco anterior, por resolución de 16 de marzo de 2007 de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» n.º 68 de fecha 20 de marzo, se efectuó la convocatoria 2/2007 del programa Avanza PYME para la selección de entidades colaboradoras para la realización de proyectos y actuaciones de dinamización tecnológica que permitan la incorporación de las soluciones de negocio basadas en las TIC en las pequeñas y medianas empresas, a fin de contribuir a su competitividad y a la mejora de su productividad, en adelante Resolución de la convocatoria 2/2007.

Una vez efectuada la selección de entidades colaboradoras, la colaboración con éstas ha quedado formalizada mediante convenio suscrito con la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información. Procede ahora efectuar, dentro del marco definido por la orden de bases arriba citada y los convenios firmados, los procesos de selección de las PYME participantes en los proyectos definidos en los citados convenios de colaboración suscritos con las entidades seleccionadas en la convocatoria 2/2007 de Avanza PYME. A estos efectos se publica la tercera convocatoria del año 2007 del Programa Avanza PYME, en virtud de la cual se ponen en marcha los procesos de selección para cada uno de los proyectos mencionados. Como resultado de estos procesos se procederá a la concesión de subvenciones a las PYME que resulten beneficiarias para participar en alguno de los proyectos coordinados por las entidades colaboradoras firmantes de los convenios con la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información (SETSI) para la realización de actuaciones de dinamización.

Las ayudas serán cofinanciadas por fondos comunitarios, tal y como queda reflejado en la orden por la que se regulan las bases de estas ayudas, dentro de los programas operativos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER). Por ello se contempla la plena aplicación de los mecanismos de gestión y control propios de dichos programas operativos y, en particular el Reglamento (CE) n.º 438/2001 de la Comisión de 2 de marzo de 2001. Por otro lado, estas ayudas están sometidas al régimen de minimis, de acuerdo con el Reglamento (CE) n.º 1998/2006.

Teniendo en cuenta lo anterior y de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 16.5 y 23.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, resuelvo:

Primero. Objeto.

  1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 28/2003, de 17 de noviembre y en el marco de las bases aprobadas por la Orden ITC/524/2007, de 27 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones para el desarrollo de la sociedad de la información con destino a las pequeñas y medianas empresas en el marco del Plan Avanza (Programa Avanza PYME) («Boletín Oficial del Estado» n.º 59 de fecha 9 de marzo), mediante la presente resolución se realiza la convocatoria 3/2007 del Programa Avanza PYME para la selección de PYME beneficiarias en el marco de los proyectos definidos en los convenios firmados con entidades colaboradoras para la realización de proyectos y actuaciones de dinamización tecnológica que permitan la incorporación de las soluciones de negocio basadas en las TIC en las pequeñas y medianas empresas, a fin de contribuir a su competitividad y a la mejora de su productividad.

  2. La presente convocatoria se regirá por la Orden ITC/524/2007, de 27 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la realización de proyectos y actuaciones para el desarrollo de la Sociedad de la Información en el marco del Plan Avanza (Programa Avanza PYME) («Boletín Oficial del Estado» número 59, de 9 de marzo), que se denominará en lo sucesivo «Orden por la que se establecen las bases reguladoras de estas ayudas».

    Segundo. Tipos de proyectos objeto de las ayudas y conceptos susceptibles de ayuda.-Los proyectos objeto de esta convocatoria son los descritos en los convenios de colaboración firmados entre la SETSI y cada una de las Entidades Colaboradoras seleccionadas en la convocatoria 2/2007, los cuales se enumeran a continuación y se describen con mayor detalle en el anexo I.

    Proyecto: «e-comercia».

    Entidad colaboradora: Barrabés Internet.

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de negocio electrónico en las PYME.

    Proyecto: PANTERA.

    Entidad Colaboradora: Federación Española de Empresarios Profesionales de Automoción (CONEPA)

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de negocio electrónico para actividades de reparación de vehículos automóviles. En particular, las siguientes:

    Ordenador + impresora.

    Programas de Gestión empresarial del taller.

    Programas de valoración de daños.

    Información técnica de vehículos.

    Catálogo electrónico de recambios.

    Herramientas electrónicas de diagnosis.

    Proyecto: «COELCO 2».

    Entidad colaboradora: Fundación Red de Colegios Profesionales (RECOL).

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de negocio electrónico en las PYME.

    Proyecto: E-FACTUR@.

    Entidad colaboradora: Banco Español de Crédito.

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

    Proyecto: Plataforma de Servicio pago por uso para los agentes comerciales.

    Entidad colaboradora: Consejo General de Colegios de Agentes Comerciales de España.

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica para la actividad de Agente Comercial.

    Proyecto: PYME DIGITAL.

    Entidad colaboradora: Consejo General de Colegios de Economistas de España.

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica para las actividades de asesoría fiscal, asesoramiento económico y auditoría de cuentas, así como a las PYME que contratan dichos servicios. En particular, las siguientes:

    Aplicación para la facturación electrónica.

    Aplicación de comunicaciones.

    Escáner

    Dispositivo Lector para firma con DNI electrónico y otras tarjetas criptográficas

    Aplicación de respaldo

    Aplicación de Gestión Documental.

    Proyecto: E-FACTURA.

    Entidad colaboradora: Consorcio para la Interoperabilidad de los Documentos Electrónicos (CIDE).

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales e inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

    Proyecto: Proyecto PYMe-FACTURA.

    Entidad colaboradora: Sociedad de Explotación de Redes Electrónicas y Servicios, S. A.-SERES.

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

    Proyecto: E-FACTURA PYME.

    Entidad colaboradora: SP Grupo Sage S. A.

    Son financiables en el marco de este proyecto las inversiones materiales o inmateriales en productos (bienes y servicios) de tecnología de la información y las comunicaciones destinados a la implantación de soluciones de factura electrónica en las PYME.

    Tercero. Beneficiarios. Requisitos y obligaciones de las PYME para su participación como beneficiarias en los proyectos objeto de la convocatoria.

  3. Podrán ser beneficiarios de las ayudas exclusivamente las pequeñas y medianas empresas. Se entenderá por tales, de acuerdo con la Recomendación de la Comisión Europea de 6 de mayo de 2003 («DOUE» L124) sobre definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas, las empresas que cumplan los siguientes requisitos:

    1. Que empleen a menos de 250 personas.

    2. Que su volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros, o su balance general anual no exceda de 43 millones de euros.

    3. Que el cómputo de los efectivos y límites en el caso de empresas asociadas o vinculadas se efectúe como disponen los apartados 2 y 3 del artículo 6 del anexo de la Recomendación de la Comisión de 6 de mayo de 2003.

  4. Las PYME que reciban ayudas para la participación en los proyectos descritos en el anexo I deben cumplir los siguientes requisitos:

    Tratarse de una pequeña o mediana empresa de acuerdo con la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR