RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2001, de la Secretaría de Estado de Justicia, por la que se promocionan a la Segunda Categoría del Cuerpo de Secretarios Judiciales a los Secretarios de la Tercera Categoría que se relacionan.

MarginalBOE-A-2001-2505
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución
BOE núm. 32 Martes 6 febrero 2001 4439
II. Autoridadesypersonal
II. Autoridades y personal
A. NOMBRAMIENTOS, SITUACIONES E INCIDENCIAS
MINISTERIO DE JUSTICIA
2505 RESOLUCIÓN de 22 de enero de 2001, de la Secretaría
de Estado de Justicia, por la que se promocionan a
la Segunda Categoría del Cuerpo de Secretarios Judi-
ciales a los Secretarios de la Tercera Categoría que
se relacionan.
De conformidad con lo establecido en el artículo 480 de la
Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la
redacción dada por la Ley Orgánica 5/1997, de 4 de diciembre,
que la modifica; Ley 38/1988, de 28 de diciembre, de Demar-
cación y de Planta Judicial, y disposición transitoria octava del
Real Decreto 429/1988, de 29 de abril, por el que se aprueba
el Reglamento Orgánico del Cuerpo de Secretarios Judiciales,
Esta Secretaría de Estado ha acordado promover a la Categoría
Segunda del mencionado Cuerpo a los Secretarios de la Tercera
Categoría que a continuación se relacionan:
Doña Elisabet Oliva Mas, con destino en el Juzgado de Primera
Instancia e Instrucción número 3 de Cerdanyola del Vallés (Bar-
celona).
Doña Carmen Orejuela Pinedo, con destino en el Juzgado de
Primera Instancia e Instrucción número 6 de Cerdanyola del Vallés
(Barcelona),
Quienes continuarán prestando servicios en el referido destino.
Contra esta Resolución cabe interponer recurso contencio-
so-administrativo, de conformidad con lo establecido en la Ley
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, dentro
del plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de
la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial
del Estado».
Madrid, 22 de enero de 2001.—El Secretario de Estado, por
delegación (Orden de 29 de octubre de 1996), el Director general
de Relaciones con la Administración de Justicia, Carlos Lesmes
Serrano.
Ilma. Sra. Subdirectora general de Medios Personales al Servicio
de la Administración de Justicia.
MINISTERIO DE HACIENDA
2506 RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2001, de la Agencia
Estatal de Administración Tributaria, por la que se
resuelve concurso general para la provisión de puestos
de trabajo (C.G. 1/2000).
Por Resolución de 4 de julio de 2000 («Boletín Oficial del Esta-
do» del 20), rectificada por Resolución de 31 de julio de 2000
(«Boletín Oficial del Estado» de 11 de agosto) y corrección de erro-
res publicada en el «Boletín Oficial del Estado» de 16 de diciembre
de 2000, se convocó concurso para la provisión de puestos de
trabajo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
Finalizado el plazo de presentación de instancias, vistas las
solicitudes presentadas, valorados los méritos alegados por los
concursantes y previa propuesta elaborada por la correspondiente
Comisión de valoración a la que hace referencia la base séptima
de la citada Resolución,
Este Departamento, en virtud de la Resolución de 24 de junio
de 1999 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), sobre dele-
gación de competencias del Presidente de la Agencia Estatal de
Administración Tributaria, acuerda:
Primero.—Aprobar la adjudicación de los puestos de trabajo
contenidos en el anexo I y anexo I bis de esta Resolución, corres-
pondientes al anexo I y anexo I bis de la convocatoria, haciendo
constar que el anexo I de la misma queda ampliado, por resultas,
en los puestos convenidos por la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, de conformidad con lo establecido en la base tercera,
apartado 2, párrafo segundo.
Segundo.—Declarar vacantes y/o desiertos los puestos que se
especifican en el citado anexo I, por no alcanzar en los mismos,
los candidatos, las puntuaciones mínimas a que se refiere la base
cuarta de la Resolución de la convocatoria o por no haber petición
alguna para cubrirlos.
Tercero.—Reingresar al servicio activo a los funcionarios a quie-
nes procedentes de otra situación administrativa, pudiera haberles
sido adjudicado un puesto de trabajo en el presente concurso.
Cuarto.—Los destinos adjudicados, de conformidad con el
artículo 49 del Reglamento General de Provisión de Puestos de
Trabajo, tendrán la consideración de voluntarios y, en consecuen-
cia, no generarán derecho a indemnización por concepto alguno.
Asimismo serán irrenunciables, salvo que, antes de finalizar el
plazo de toma de posesión, los interesados obtengan otro destino,
bien por el procedimiento de libre designación o por concursos
convocados por otros Departamentos o Comunidades Autónomas,
en cuyo caso, de optar por uno de estos destinos, estarán obligados
a comunicar por escrito, la renuncia al puesto adjudicado y la
opción ejercida, con indicación del Departamento en el que hubie-
ran obtenido destino, así como la forma de provisión y fecha de
nombramiento.
Quinto.—El plazo de posesión del nuevo destino obtenido será
de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia del fun-
cionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el rein-
greso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de
los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Reso-
lución.
Para quienes hayan reingresado al servicio activo, el plazo de
toma de posesión deberá contarse igualmente desde dicha publi-
cación.
Cuando los funcionarios afectados por la presente Resolución
se encuentren disfrutando licencias o permisos, les será de apli-
cación lo especificado en el artículo 48 del vigente Reglamento
General de Provisión de Puestos de Trabajo, por lo que se refiere
al cómputo de los plazos de cese y posesión. Estos mismos pre-
ceptos serán de aplicación en los casos de prórroga en el cese
y/o incorporación al nuevo destino.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía admi-
nistrativa podrá interponerse recurso de reposición en el plazo
de un mes a partir del día siguiente al de su publicación, ante
el Presidente de la Agencia Tributaria, o recurso contencioso-
administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente
al de su publicación, ante el Juzgado Central de lo Contencioso-
Administrativo, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos
recursos.
Madrid, 15 de enero de 2001.—P. D. (Resolución de 24 de
junio de 1999, «Boletín Oficial del Estado» de 9 de julio), el Director
del Departamento de Recursos Humanos y Administración Eco-
nómica, Roberto Serrano López.

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