Resolución de 9 de marzo de 1998, de la Secretaría General de Comunicaciones, por la que se extracta el contenido del Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicaciones y se hacen públicas determinadas medidas en relación con el Nuevo Plan de Numeración.

MarginalBOE-A-1998-6818
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyResolución

El Acuerdo por el que se aprueban el Plan Nacional de Numeración para los Servicios de Telecomunicacio nes, adoptados por el Consejo de Ministros en su reunión del día 14 de noviembre de 1997, establece en su punto sexto que el Nuevo Plan de Numeración producirá efectos a partir de la primera hora del día 4 de abril de 1998.

Dicho plan nacional dice en sus apartados 2.1 y 10.5 que los operadores deberán proponer al Ministerio de Fomento, para su aprobación, un conjunto de medidas a adoptar que faciliten el cambio a los usuarios, tales como campañas informativas (incluidas locuciones en las redes) y publicitarias, marcaciones paralelas y actuaciones dirigidas a la actualización de equipos terminales.

El plan establece en su punto segundo que las adaptaciones o modificaciones que hubiese que efectuar en los equipos terminales serán realizadas a cargo de sus propietarios quienes, caso de no tratarse de los usuarios directos, deberán realizarlas en el plazo que establezca el Ministerio de Fomento.

En virtud de cuanto antecede, teniendo en cuenta la conveniencia de dar la máxima difusión posible a los eventos relacionados con la próxima entrada en vigor del Nuevo Plan de Numeración, dispongo:

Primero.-Se da publicidad al anexo adjunto a esta Resolución.

Madrid, 9 de marzo de 1998.-El Secretario general, José Manuel Villar Uribarri.

ANEXO

Nuevo Plan de Numeración en España

  1. Calendario

    El próximo día 4 de abril de 1998, a la una horas, entrará en vigor el Nuevo Plan de Numeración en España.

    Está previsto un período durante el cual será posible la marcación en paralelo de los números antiguos y nuevos. Este período finalizará el día 6 de junio a la una horas.

    En su caso, los equipos terminales deberán ser adaptados antes de esta fecha. A tal efecto, los operadores, previa petición, pondrán gratuitamente a disposición de aquellos clientes que utilicen equipos terminales en régimen de propiedad, o cuya titularidad sea de terceros, y que requieran de coordinación para su adecuación, o de algún tipo de modificación generalmente no realizable por el propio usuario, un informe de actuaciones para su adaptación al Nuevo Plan de Numeración en el que se describa la problemática específica de cada grupo de terminales. Este informe estará igualmente a disposición de los fabricantes y comercializadores de tales equipos, y podrá servir de referencia a los clientes para la petición de ofertas a sus suministradores, o para informar a su servicio de mantenimiento...

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