Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2014/2015.

MarginalBOE-A-2014-6595
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

El profesorado se enfrenta a crecientes y cambiantes demandas sociales que requieren una actualización constante de sus competencias profesionales, no solo a través de los cauces tradicionales de formación, sino de vías alternativas y experiencias que permitan una concepción más amplia y matizada de la educación. En estos momentos, el desempeño docente ha de contemplarse en el espacio europeo, consciente del papel de la enseñanza y el aprendizaje en diversos entornos, incluidos los no formales e informales, en estrecha y activa cooperación con el mundo laboral y la investigación. Por ello mismo, la formación permanente del profesorado ha de participar de este proceso de apertura, encontrando fórmulas que refuercen las competencias comunicativas en diversas lenguas, base de la colaboración en proyectos conjuntos; estimulando la capacidad para adaptarse a diversos sistemas educativos y entornos de trabajo; facilitando la transferencia contextualizada de prácticas docentes eficaces y de calidad; integrando la experiencia y los conocimientos que permitan diseñar estrategias para responder de forma personalizada a las necesidades educativas de todos los estudiantes.

En este sentido, el informe conjunto del Consejo y la Comisión Europea de marzo de 2012 sobre la aplicación del marco estratégico en el campo de la educación y la formación (ET 2020) destaca la movilidad durante el aprendizaje –tanto de los estudiantes como del profesorado– como uno de los ámbitos prioritarios de trabajo para este período. De hecho, la consideración de la movilidad profesional como un componente central de los programas de formación docente, tanto inicial como permanente, se encuentra entre los principios comunes formulados por la Dirección General de Educación y Cultura de la Comisión Europea sobre las competencias y cualificaciones del profesorado, motivo por el que se recomienda que las estancias de trabajo o estudio con propósitos profesionales en otros países sean valoradas y reconocidas.

Finalmente, la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en su redacción dada por la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa, establece, en sus artículos 102 y 103, que es responsabilidad de las Administraciones Educativas garantizar la formación permanente del profesorado. En particular, el punto 2 del artículo 103 estipula que «el Ministerio de Educación y Ciencia, en colaboración con las Comunidades Autónomas, favorecerá la movilidad internacional de los docentes, los intercambios puesto a puesto y las estancias en otros países». Dentro de este marco, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en el ejercicio de sus competencias, inició en el curso 2009/2010 el programa de «Estancias Profesionales».

Por todo lo anterior, de conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley y de acuerdo con el apartado cuatro de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva (BOE de 12 de mayo), previo informe de la Abogacía del Estado,

DISPONGO

  1. Objeto y finalidad de la convocatoria

    1.1 Objeto: La presente resolución tiene como objeto hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 100 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.

    1.2 Finalidad: Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado, promover la innovación, adoptar métodos docentes más eficaces y crear comunidades profesionales a escala de la Unión Europea o participar en ellas, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y favorecer intercambios culturales.

  2. Características del programa

    2.1 Objetivos del programa.

    1. La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras.

    2. La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante la observación de la práctica docente en el aula, la participación coordinada en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.

    3. La elaboración de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan el enriquecimiento del alumnado y del docente al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.

    4. La profundización o consolidación de proyectos internacionales de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares.

    2.2 Estancias Profesionales: Son visitas de estudio en las que un centro educativo, de alguno de los países participantes, acoge a un docente español por un periodo de dos semanas durante el cual se desarrollará el plan de actividades programadas conjuntamente y previamente establecido. Esta visita no implica impartir docencia.

    Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre octubre 2014 y agosto de 2015, ambos inclusive.

    Esta convocatoria no regula la movilidad recíproca con el docente anfitrión del centro de acogida. Si el docente extranjero desea realizar una estancia profesional en España, deberá solicitarla de acuerdo al procedimiento establecido en su país de origen.

  3. Países y distribución de plazas

    3.1 Se convocan 100 plazas de estancias profesionales para el curso 2014/2015 en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.

    3.2 Distribución de plazas: Se adjudicarán 30 plazas para Reino Unido; 30 plazas para Francia; 16 para Alemania; 10 para Italia; 7 para Austria y 7 para Suiza.

    En Francia, los centros educativos en los que poder realizar la estancia profesional son «Collège« y «Lycée», al carecer de convocatoria para centros de educación infantil y primaria para realizar una estancia profesional.

    Si quedaran plazas sin cubrir en alguno de los países, se procederá a repartirlas de forma equitativa entre el resto de países para los que haya docentes en lista de espera.

    3.3 El importe total a distribuir en la presente convocatoria no podrá superar la cantidad de 132.000,00 euros, distribuidos de la siguiente manera: 39.600,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.04.321N.489 del ejercicio 2014 y 92.400,00 euros con cargo a la partida presupuestaria 18.04.321N.489 del ejercicio 2015. La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.

  4. Requisitos de los candidatos

    Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:

    4.1 Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.

    4.2 Estar impartiendo docencia, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria, en una de estas dos modalidades:

    1. lengua extranjera o,

    2. una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera. En este caso deberán acreditar un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Esta condición deberá mantenerse para el curso académico objeto de la convocatoria, 2014/2015, para lo que se le solicitará al candidato la documentación acreditativa correspondiente. En el caso de no cumplirse este requisito se considerara desestimada su petición.

    4.3 En el caso de solicitar un país de destino cuya lengua o lenguas oficiales no coincidan con la lengua extranjera que imparte en su centro o con la que imparte su disciplina, deberá acreditar un dominio de esa lengua extranjera equivalente al B2 del MCER.

    4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.

    4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación.

    5.1 Solicitudes: Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y deseen tomar parte en la misma deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html, Sección «Trámites y Servicios. Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse en la siguiente dirección:

    http://www.mecd.gob.es/educacion-mecd/areas-educacion/profesorado/formacion/formacion-permanente/cursos-congresos/cursos/estancias-profesionales-profesores.html.

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