Resolución de 7 de mayo de 2013, de la Secretaría de Estado de Energía, por la que se modifica la de 17 de abril de 2012, por la que se establece el procedimiento de subasta para la adquisición de gas natural destinado al nivel mínimo de llenado de nuevas instalaciones de almacenamiento subterráneo de gas natural.

MarginalBOE-A-2013-4997
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Energía y Turismo
Rango de LeyResolución

Con fecha de 17 de abril de 2012, la Secretaría de Estado de Energía dictó la resolución por la que por la que se establece el procedimiento de subasta para la adquisición de gas natural destinado al nivel mínimo de llenado de nuevas instalaciones de almacenamiento subterráneo de gas natural. Dicha resolución fue informada por el Consejo de la Comisión Nacional de Energía, mediante el Informe 5/2012, aprobado en la sesión de 28 de marzo de 2012.

La citada resolución preveía la compra a lo largo del año 2012 de todo el gas natural necesario para nivel mínimo de llenado de los almacenamientos subterráneos «Yela» y «Castor». Sin embargo, en la subasta realizada al efecto el 6 de junio de 2012 no se adquirió la totalidad del gas necesario.

En consecuencia, se hace necesario establecer un marco general para las próximas subastas que sean necesarias para adquirir el citado gas, y por tanto se procede a modificar la citada resolución al objeto de adaptar su ámbito temporal y material, autorizando a la Dirección General de Política Energética y Minas para determinar los períodos, cantidades a adquirir, almacenamientos subterráneos y puntos de entrega. Asimismo se adaptan las disposiciones relativas a la flexibilidad de entrega a períodos de entrega de duración variable.

Adicionalmente se acomodan las últimas modificaciones incluidas en la Orden ITC/3995/2006, de 29 de diciembre, por la que se establece la retribución de los almacenamientos subterráneos de gas natural incluidos en la red básica, en particular, las referidas a la posibilidad de que un tercero pueda subrogarse en las obligaciones y derechos del titular del almacenamiento en lo que se refiere a la adquisición de gas colchón, que en el caso particular de «Castor» tiene su reflejo en el artículo 9 del Real Decreto 855/2008, de 16 de mayo, por el que se otorga a ESCAL UGS, S.L. la concesión de explotación para el almacenamiento subterráneo de gas natural denominado «Castor:».

De conformidad con la disposición adicional undécima, apartado tercero, función primera de la Ley 34/1998, de 7 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, el 8 de abril de 2013 se envió a la Comisión Nacional de Energía para su informe la propuesta de resolución. La Comisión Nacional de Energía realizó el preceptivo informe (9/2013), que fue aprobado por su Consejo en la sesión celebrada el 25 de abril de 2013, para cuya elaboración se tuvieron en cuenta las alegaciones presentadas por los miembros del Consejo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR