Resolución de 22 de julio de 2014, de la Secretaría de Estado de Cultura, por la que se convoca el Premio 'Luso-Español de Arte y Cultura', correspondiente a 2014.

MarginalBOE-A-2014-8915
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Orden CUL/2929/2006, de 14 de septiembre, por la que se crea el Premio «Luso-Español de Arte y Cultura», establece que dicho premio tiene por objeto premiar la obra de un creador en el ámbito del Arte y la Cultura, en cualquiera de sus manifestaciones. Este premio pretende incrementar la comunicación artística que siempre ha existido entre el arte de España y Portugal.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el punto 4 del artículo 1 de la Orden CUL/2929/2006 de 14 de septiembre antes citada, he tenido bien a disponer:

Primero. Convocatoria del Premio «Luso-Español de Arte y Cultura» para el año 2014, de carácter bienal.

El Premio «Luso-Español de Arte y Cultura», otorga el reconocimiento institucional a un creador cuya obra sobresale por su riqueza y originalidad. Se recompensa así la meritoria labor del galardonado, a través de la concesión de un premio dirigido a destacar su aportación sobresaliente a la cultura española y portuguesa por la totalidad de su obra.

Segundo. Dotación del Premio.

  1. El Premio estará dotado con una cuantía económica de setenta y cinco mil euros (75.000,00 €), a soportar a partes iguales por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Reino de España, a través de la Secretaría de Estado de Cultura - Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro (37.500,00 €), y por la Secretaria de Estado de Cultura de la República Portuguesa, a través del Gabinete de Estratégia, Planeamento e Avaliação Culturais (37.500,00 €).

    En lo que se refiere a la parte española, la Dirección General de Política e Industrias Culturales y del Libro lo hará efectivo con cargo a su aplicación presupuestaria 18.13.144A.483.

  2. En la eventualidad de que el galardonado sea de nacionalidad de un Estado tercero y no residente en el territorio de cualquiera de los Estados signatarios, los gastos emanados por el desplazamiento internacional y alojamiento será financiados por el Estado donde tiene lugar la sesión solemne de entrega del Premio.

    Tercero. Requisitos.

  3. Podrá ser candidato al Premio un autor, pensador, creador e intérprete, vivos, o una persona colectiva sin ánimo de lucro.

  4. El Premio se concederá por toda la obra de un candidato que, por medio de su acción en el campo de las artes y la cultura, haya contribuido significativamente al reforzamiento de los lazos entre los dos estados y hacia un mayor conocimiento recíproco...

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