Resolución de 18 de julio de 2013, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio de colaboración con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género.

MarginalBOE-A-2013-8818
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Rango de LeyResolución

Suscrito el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género, y en cumplimiento de lo dispuesto en el punto 2 del artículo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del citado convenio, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 18 de julio de 2013.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Juan Manuel Moreno Bonilla.

ANEXO. Convenio de colaboración entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, Consejería de Presidencia, para la prestación del servicio telefónico de información y asesoramiento a mujeres víctimas de violencia de género.

En Madrid, a 1 de julio de 2013.

Se reúnen: De una parte, la Sra. D.ª Blanca Hernández Oliver, Delegada del Gobierno para la Violencia de Género, cargo para el que fue nombrada por el Real Decreto 2080/2011, de 30 de diciembre (BOE n.º 315, de 31 de diciembre), y en virtud de las competencias delegadas que le confiere la Orden SSI/131/2013, de 17 de enero (BOE n.º 28, de 1 de febrero).

Y de otra parte, el Sr. D. Manuel Campos Sánchez, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en su calidad de Consejero de Presidencia, cargo para el que ha sido nombrado por Decreto de la Presidencia n.º 13/2011, de 27 de junio (BORM n.º 146, de 28 de Junio), modificado por Decreto de la Presidencia n.º 23/2011, de 28 de junio (suplemento BORM n.º 3, de 28 de junio), quien actúa en virtud de las facultades conferidas por el artículo 16.2 ñ) de la Ley 7/2004, de 28 de Diciembre, de Organización y Régimen Jurídico de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, y autorizado para la celebración del presente Convenio por acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 28 de junio de 2013.

Ambas partes se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

MANIFIESTAN

Primero.

Que la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (en adelante, Ley integral) reconoce en el artículo 18 el derecho de las mujeres víctimas de violencia de género a recibir plena información y asesoramiento adecuado a su situación personal, a través de los servicios que puedan disponer las Administraciones Públicas.

Dicha información comprenderá las medidas contempladas en la Ley Integral relativas a su protección y seguridad, y los derechos y ayudas previstos en la misma, así como la referente al lugar de prestación de los servicios de atención, emergencia, apoyo y recuperación integral.

Asimismo, se garantizará, a través de los medios necesarios, que las mujeres con discapacidad víctimas de violencia de género tengan acceso integral a la información y se articularán los medios necesarios para que aquellas personas que, por sus circunstancias personales y sociales, puedan tener una mayor dificultad para el acceso integral a la información, tengan garantizado el ejercicio efectivo de este derecho.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad tiene entre sus competencias (Real Decreto 200/2012, de 23 de enero), el impulso de las políticas de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, en general, así como la planificación, dirección, coordinación y evaluación de las políticas públicas de la Administración General del Estado en la materia...

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