RESOLUCIÓN de 16 de enero de 2003, de la Secretaría General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio para la utilización conjunta de las bases de datos de población protegida por el Sistema Nacional de Salud en el ámbito competencial del Ministerio de Sanidad y Consumo y de las Comunidades Autónomas y el Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA) para las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Marginal | BOE-A-2003-2293 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Sanidad y Consumo |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCIÃN de 16 de enero de 2003, de la SecretarÃa General de Sanidad, por la que se da publicidad al Convenio para la utilización conjunta de las bases de datos de población protegida por el Sistema Nacional de Salud en el ámbito competencial del Ministerio de Sanidad y Consumo y de las Comunidades Autónomas y el Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA) para las Ciudades de Ceuta y Melilla.
Suscrito el 13 de enero de 2003, Convenio para la utilización conjunta de las bases de datos de población protegida por el Sistema Nacional de Salud en el ámbito competencial del Ministerio de Sanidad y Consumo y de las Comunidades Autónomas y el Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA) para las Ciudades de Ceuta y Melilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado dos del artÃculo 8 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, procede la publicación en el 'BoletÃn Oficial del Estado' de dicho Acuerdo, que figura como anexo de esta Resolución.
Lo que se hace público a los efectos oportunos.
Madrid, 16 de enero de 2003.--El Secretario general, Rafael Pérez-Santamarina Feijóo.
ANEXO QUE SE CITA
Convenio para la utilización conjunta de las bases de datos de población protegida por el sistema nacional de salud en el ámbito competencial del Ministerio de Sanidad y Consumo y de las Comunidades Autónomas y el Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA) para las Ciudades de Ceuta y Melilla
REUNIDAS LAS PARTES
En Madrid, a 13 de enero de 2003.
Las Administraciones Públicas que suscriben el presente Convenio y que se reconocen mutua capacidad para obligarse,
EXPONEN
La Tarjeta Sanitaria y la base de datos que la soporta, constituye una herramienta estratégica de los Servicios de Salud para hacer efectivas sus competencias de planificación, gestión y evaluación de los servicios.
La Tarjeta Sanitaria Individual es el documento necesario y suficiente para acceder a la asistencia sanitaria en el conjunto del Sistema Nacional de Salud, como tÃtulo que debe identificar a cada persona de manera unÃvoca, a la entidad o institución encargada de prestar la asistencia con carácter general dentro del Sistema y al derecho en relación con la prestación farmacéutica.
La Tarjeta Sanitaria Individual debe contemplar una identificación de los ciudadanos homogénea, en sus aspectos básicos, para el conjunto del Sistema Nacional de Salud, de modo que los...
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