Resolución de 22 de diciembre de 1982, de la Secretaría General para el Consumo, sobre identificación de la fecha de fabricación de conservas vegetales y de pescado para el año 1983.

MarginalBOE-A-1982-34271
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Sanidad y Consumo
Rango de LeyResolución
BOE.":'Num.
308
24
uiciemtire 1982 35345
34270
34269
34271
Art.
10.
La
relación
de
servjcios
de
los
funcionarios
even-
tuales
y
del
personal
contratado
en
régimen
de
Derecho
ad-
mmistraUvo
Q
laboral
en
cualquiera
de
las
Administraciones
públicas
o
de
los
Orgs.nismos
autónomos
dependientes
de
las
mismas,
quedará
suspendida
durante
su
.incorporación
a
los
Gabinetes
de
los
Ministros
y
Secretarios
de·
Estado.
Dentro
de
los
treinta
días
siguientes
al
cese,
el
personal
afectado
conser-
vará
el
derecho
a
la
reanudación
de
la
situación
qUe
tuviere
antes
del
nombramiento.
as1
como
el
de
reintegrarse
al
puesto
de
trabajo
que
ocupaba
anteriormente.
Asimismo,
conservará
los
derechos
adquiridos
hasta
el
momento
de
la
suspensión
y
se
le
reconocerán.
a
titulo
personal,
108
que
pudiere
haber
ad·
Quirido
durante
la
aplicación
de
disposiciones
de
carácter
ge-
neral.
Art.
11.
La
organización
1
régimen
de
personal
de
los
Ga-
binetes
de
los
Ministros
y
Secretarios
de
Estado
serán
desarro·
lIados
por
acuerdo
del
Consejo
de
Ministros,
a
propuesta
dal
Ministro
de
la
Presidencia,
dentro
de
las
consignaciones
pre·
supuestarias.
Art.
12.
Por
el
Ministerio
de
Economia
y
Hacienda
se
rea-
lizarán
las
modificaciones
presupuestarias
pertinentes
en
orden
a
1&
habilitación
de
los
créditos
necesarios
'para
el
cumplimien-
to
de
lo
previsto
en
el
presente
Real
Decreto.
DISPOSICION
FINAL
El
presente
Real
Decreto
entrará
en
vigor
el
mismo
día
de
Su
publicación
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado
...
Dado
en
Madrid
a22
de
diciembre
de
1982.
JUAN
CARLOS
R.
El Ministro
de
la·· PreSIdencia,
JAVIER MOSCOSO DEL PRADO YMUf,iOZ
CORRECCION
de
errores
,del
Real
Decreto
238l1/
1982,
ae
24
de
;uHo,
.obre
transferencl.O.
de
functo-
nes
)1
servicios
de
la
Administración
del
Estado
a
la
Comunidad
Valenciano
-en
materia
de
discipli-
na
del
mercado.
Advertidos
errores
en
el
texto
remitido
para
Su
publicación
del
citado
Real
Decreto,
inserto
e....
el
.Bol!,tin
Oficial
del
Estado
..
numero
230,
de
fecha
25
de
septiembre
1e
19S2,
se
transc.riben. a
continua~ión
las
rectificaciones
oportunas:
En
la
página
26231.
relación
2.1
::ie
funCionarios
del
anexo
n,
en
el
apartado
correspondiente
a
la
provincia
de
Valencia,
tercera
1106a.
al
indicarse
las
retribuciones
de
don.
Francisco
Monzó
Casanova,
donde
dice:
.Retribuciones
complementarias,
358.200
pesetas¡
total
anual,
1.122.488
pesetas
..
,
debe
decir:
.Retri-
buciones
complementarias,
537.255 pe&etas¡
total
anuai,
1.301.543
pesetas
...
En
la
página
26232,
en
la
linea
segunda
del
epígrafe
corres-
pondiente
a
la
provincia
de
Castell6n,
de
la
relación
2.3
de
personal
contratado
en
régimen
administrativo,
donde
dice:
.Martín
Guerrero,
Jesús:
retribuciones
básicas
212.028 pesetas:
retribuciones
básicas,
212.028
pesetas¡
retribuciones
complemen-
tarias,
283164
pesetas;
total,
495.192
pesetas",
debe
decir:
.Gui-
llen
Martí.
Tomas:
retribuciones
bá.sicas, 278.688
pesetas;
retri-
buciones
complementarias,
216.516
pesetas;
total,
495.204
pesetas".
CORRECCION
de
errores
del
Real
Decreto
2352/
1982,
de
24
de
jutía,
sobre
transferencia
de
compe-
tencias,
runciones
y
servicios
de la
Administración
del
Estado
a
la
Junta
de
Comunidades.de
la
Región
Castellano-Mqnchega
en
materia
de
¡ransportes
T6rrestres.
Advertidos
errores
en
el te:l(to
del
citado
Real
Decreto,
inserto
en
el
-Boletín
Oficial
del
Estado"
numero
228,
de
23
de
sep~
tiembre
de
19S2,
se
transcriben
a
continuación
las
oportunas
recüfit
aciones:
En
la
página
25937
columna
izquierda,
JÍnea
octava
del
párrafo
primero,
número
uno
de
la·
disposición
final
primera,
donde
dice:
.para
su
misión",
deb\
decir:
.para
su
emisión_
En
la
misma
página,
columna
derecha,
última
linea
de;
número
dos
de
la
disposición·
final
segunda,
donde
dice:
_por
la
Junta
de
Comunidades
en
uso
de
las
facultades
delega.das
..
,
debe
decir:
.por
la
Junta
de
Comunidades
en
uso
de
facultades
delegadas
•.
En
la
página
25938.
columna
izquierda,
línea
sexta
del
pun-
to 1.3,
número
1
del
apartado
Bl,
donde
d1ce:
•..
,cuando
no
tengan
ámbito
nacional
que
qiscurran".debe
decir:
....
cuando
no
tengan
ámbito
nacional,
discurran_o
En
la
misma
página
y
columna,
linea
segunda
de
la
letra
el,
punto
1.4,
número
1
del
apartado
Bl,
donde
dice:
...
.itinerarios
prefijados
integramente,
comprendidos",
debe
decir:
...
.itinera-
prefijados
íntegramente
comprendidos_o
En
la
misma
página,
columna
derecha,
concepto
Rf:,glamento
de
Ordenación
de
los
Transportes
Mecánicos
por
Carretera,
línea
séptima
de
la
letra
al,
donde
dice;
....
tráfico
de
compe-
tencIas,
ni
entendiéndose",
debe
decir
....
tráfico
de
competencia,
no
entendiéndcse
...
En
la
página
25939,
columna
derecha,
punto
1.10,
uno,
con-
cepto,
Reglamento
de
Coordinación
de
los
Transportes
Mecá·
nicos
por
Carretera.,
linea
segunda
del
párrafo
primero
de
la
letra
bl,
donde
dioe:
.concursar
a
la
explotación
de
servicios
regulares",
debe
decir:
.concursar
la
explotación
de
servicios
regulares"
.
En
la
página
25940,
columna
izquierda,
linea
tercera
de
la
letra
al,
punto
4
de
las
normas
específicas,
donde
dice:
•...
del
Consejo
General_,
debe
decir:
•...
de
Ja
Junta
de
Comunidades-o
En
la
misma
página
y
columna,
linea
quinta
de
la
letra
el,
punto
4de
las
normas
especificas,
donde
dice:
•...
no
obstante
exceden
parcialmente".
debe
decir:
•...
no
obstante
exceder
par-
cialmente".
MINISTERIO
DE
SANIDAD
Y
CONSUMO
RESOLUCION
de
22 de
diciembre
de
1982,
de
la
Se-
cretar!a
General
para
el
Consumo,
sobre
identifica-
ción
de
la
fecha
de
fabricación
de
conserva.
vege-
tales
'Y.
de
pescado
para
el
ario
1983.
llustnsimos
señores:
A
tenor
de
lo
dispuesto
en
los
Reales
Decretos
2420/1978,
de
2
de
¡unio,
por
el
que
se
aprueba
la
Reglamentación
Técnico-Sa·
nitaria
para
la
Elaboración
y
Venta
de
Conservas
Vegetales.
y
1521
1977,
de 3
de
mayo,·
que
aprobó
la
Reglamentación
Técnico·
Sanaaria
de
los
Productos
de
la
Pesca
cOn
Destino
al
Consumo
Humhno,
esta
Secretaria
General,
previo
informe
favorable
de
la
C.umisión
InterministeriaJ
para
la
Ordenación
AUmentarla,
ha
adop[.tujo
.a
siguiente
Resolución:
Con
eJ
fin
de
dar
cumplimiento
a
las
Reglamentaciones
en
vigor,
se
señaJa
como
letra
representativa
r\el
año
19S3
la
.E",
tanto
en
conservas
vegetales
como
en
la
de
pescados.
En
agosto
de
1984,
la
indicación
de
la
lecha
de
fabricación
se
rltectuará
de
acuerdo
con
lo
dispuesto
en
el
articulo
10
del
Real
Decreto
205811982,
de
12
óe
agosto,
po.r
el
que
se
aprueba
la
N{.rma
General
de
Etiquetado.
Presentación
y
Publicidad
de
10tl
Productos
Alimenticios
Envasados.
El
resto
de
los
productos
alimenticios
envasadas,
hasta
la
entrJWa
en
vigerod
le
Real
Decreto 205811982, a
los
efectos
de
identificación
de
la
fecha
de
fabricación,
siguen
estando
suletos
a
los
que
prescribe
el
Decreto 336/1975,. Y
las
respectivas
Regla-
mentaciones
Técnico-Sanitarias.
Lo
que
comunico
a
VV.
U.
a
los
efectos
oportunos.
Dios
guarde
a
VV.
n.
Madrid,
22
de
diciembre
de
1982.-EI
Secretario
general
para
el
Consumo,
Miguel
Marañón
Barrios.
Ilnn,..
Sres.
DireoctOT
general
de
Inspección
1e1
Consumo
y
Pre·
sidente
del
lnstitu~
Nacional
del
Consumo.

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