Resolución de 5 de julio de 2005, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, por la que se hace pública la convocatoria de procedimiento para la concesión de subvenciones para la realización de acciones complementarias en el marco del Programa Nacional de Fomento de la cultura científica y tecnológica del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

MarginalBOE-A-2005-12259
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 5 de julio de 2005, de la SecretarÃa de Estado de Universidades e Investigación, por la que se hace pública la convocatoria de procedimiento para la concesión de subvenciones para la realización de acciones complementarias en el marco del Programa Nacional de Fomento de la cultura cientÃfica y tecnológica del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

En la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril, publicada en el BOE de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones para actuaciones que tienen por objeto el desarrollo de actividades relacionadas con la educación, la investigación cientÃfica y el desarrollo tecnológico y que son seleccionados en régimen de concurrencia competitiva, se hace pública la presente resolución de convocatoria de procedimiento para la concesión de subvenciones encaminadas a la realización de acciones complementarias en el marco del Programa Nacional de Fomento de la Cultura CientÃfica y Tecnológica del Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2004-2007.

La mejora de la visibilidad y comunicación de los avances cientÃficos y tecnológicos en la sociedad española es un objetivo prioritario del Plan Nacional de I + D + i, 2004-2007 articulado a través del Programa Nacional de Fomento de la cultura cientÃfica y tecnológica.

De acuerdo con las premisas determinadas en el Plan Nacional y en la formulación del Programa Nacional de Fomento de la cultura cientÃfica y tecnológica, se trata del planteamiento de un esquema de acción en pro de las actividades de difusión y divulgación cientÃfica tanto desde la perspectiva de la profesionalización y formación en este de tipo de acciones de comunicación como desde la perspectiva de la realización de eventos u otras actividades y la edición y distribución de productos y herramientas para la divulgación cuyo destinatario final es la sociedad en general o segmentos especÃficos de ésta.

Con esta perspectiva, esta convocatoria contempla de forma prioritaria para este año 2005 la realización de acciones de divulgación de la ciencia y la tecnologÃa, de formación de periodistas, cientÃficos y tecnólogos en las técnicas de la comunicación de la ciencia y la tecnologÃa y de estudio y análisis relacionados con la percepción social de la ciencia y la tecnologÃa y los usos de cultura cientÃfica de los españoles.

Igualmente, se articula una lÃnea de financiación especÃfica para la realización de actividades de difusión y divulgación en el marco del evento 'Semana de la Ciencia y la TecnologÃa'. Evento de acercamiento de la ciencia, la tecnologÃa y de la actividad investigadora a la sociedad que se celebra de forma concurrente en la mayorÃa de los paÃses europeos en el otoño de cada año con una aproximación lúdica de participación del público en las actividades. En España, coordina las actividades la Fundación para la Ciencia y la TecnologÃa, actividad que desarrolla en estrecha colaboración con las comunidades autónomas involucradas.

Dado que las acciones complementarias contempladas en esta resolución pueden permitir el desarrollo del mercado de trabajo y de los recursos humanos en el ámbito de la I + D, algunas modalidades de las ayudas que se regulan y convocan mediante esta convocatoria, podrán cofinanciarse con el Fondo Social Europeo (FSE). A la vista del carácter y de la naturaleza jurÃdica de los potenciales beneficiarios finales definidos en esta resolución, no resulta aplicable la normativa comunitaria en materia de ayudas de estado.

En virtud de todo lo expuesto, dispongo:

Primero. Objeto.ÂLa presente Resolución tiene por objeto regular la convocatoria, correspondiente al año 2005, del procedimiento de concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de subvenciones para la realización de acciones complementarias en el marco del Programa Nacional de Fomento de la cultura cientÃfica y tecnológica, área horizontal abierta a todos los dominios cientÃfico-tecnológicos, y declarada prioritaria en el Plan Nacional de Investigación CientÃfica, Desarrollo e Innovación Tecnológica (I + D + i 2004-2007).

Segundo. Beneficiarios.

  1. Podrán ser solicitantes y beneficiarios de las subvenciones previstas en la presente Resolución los centros públicos de I + D, los centros privados de I + D sin ánimo de lucro y los centros tecnológicos a cuya plantilla pertenezca el responsable de la acción complementaria.

    A estos efectos se entiende por:

    1. Centro público de I + D: las universidades públicas, los organismos públicos de investigación reconocidos como tales por la Ley 13/1986, de 14 de abril, de Fomento y Coordinación General de la Investigación CientÃfica y Técnica, los centros de I + D con personalidad jurÃdica propia y diferenciada vinculados o dependientes de la Administración del Estado y los centros de I + D vinculados o dependientes de Administraciones públicas territoriales, independientemente de su personalidad jurÃdica.

    2. Centro privado de I + D sin ánimo de lucro: toda entidad privada con personalidad jurÃdica propia y sin ánimo de lucro, con capacidad y actividad demostradas en la realización de proyectos o actuaciones rela cionados con la investigación cientÃfica, el desarrollo tecnológico o la innovación.

    3. Centro tecnológico: persona jurÃdica, legalmente constituida sin fines lucrativos, que estatutariamente tenga por objeto contribuir, mediante el perfeccionamiento tecnológico y la innovación, a la mejora de la competitividad de las empresas y que esté inscrita como Centro de Innovación y TecnologÃa en el Registro regulado por el Real Decreto 2609/1996, de 20 de diciembre.

  2. Los interesados no podrán encontrarse incursos en ninguna de las circunstancias que prohÃben la obtención de la condición de beneficiario, recogidas en el artÃculo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en los artÃculos 14, y 29 a 33 de la Ley General de Subvenciones.

    Tercero. Tipos de acciones financiables y duración.

  3. Las acciones complementarias objeto de subvención podrán consistir en:

    1. Actividades de divulgación cientÃfica y tecnológica en centros especializados u otros y otras actividades dirigidas a transmitir la importancia de la ciencia y la tecnologÃa como factores de desarrollo económico y bienestar social, a través fundamentalmente, de la difusión de las lÃneas de investigación en curso y los resultados obtenidos.

    2. Acciones de formación de periodistas, cientÃficos o tecnólogos en las técnicas de comunicación y divulgación cientÃfica junto con la edición de instrumentos y materiales de guÃa y soporte para la misma.

    3. Actividades de difusión y divulgación de la ciencia y la tecnologÃa que se desarrollen dentro de la Semana de la Ciencia y la TecnologÃa 2005 dirigidas a conseguir una mayor difusión entre la población de los resultados de investigación obtenidos en diferentes ámbitos y las contribuciones a la ciencia de los investigadores españoles asà como a estimular la curiosidad ciudadana por el saber cientÃfico y sus aplicaciones prácticas.

    4. Estudios y análisis acerca de la percepción social de la ciencia y la tecnologÃa y de los usos...

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