Resolución de 30 de enero de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas para auxiliares de conversación en centros educativos para el curso académico 2014-2015.

MarginalBOE-A-2014-1202
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

En virtud del Real Decreto 1027/1993, de 25 de junio («Boletín Oficial del Estado» de 6 de agosto), por el que se regula la acción educativa en el exterior, y en aplicación de los Convenios Bilaterales de Cooperación Cultural, Científica y Técnica y de los Memorandos suscritos entre España y Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Malta, Nueva Zelanda, Portugal y Reino Unido, anualmente se convocan plazas para auxiliares de conversación españoles en centros educativos públicos de los países mencionados, y recíprocamente, para Auxiliares de conversación de dichos países en España.

A través de este Programa se fomenta el conocimiento y la difusión de la lengua y la cultura españolas en el exterior, tanto a través de los Auxiliares de conversación españoles que van destinados a los países mencionados, como de los auxiliares de conversación extranjeros que se incorporan a centros educativos españoles, que acaban adquiriendo un alto dominio del español y un profundo conocimiento de la cultura española. A su vez, los auxiliares de conversación extranjeros inciden en la mejora de la calidad de la enseñanza de sus lenguas en España. Por último, el Programa hace posible que los auxiliares de conversación españoles participantes puedan perfeccionar el conocimiento del idioma y la cultura del país que les acoge, a la vez que adquieren experiencia en la enseñanza de la lengua y cultura españolas.

Los objetivos de este programa y de su desarrollo futuro coinciden con los fines del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte de favorecer de forma eficaz el plurilingüismo y elevar notablemente el nivel de comprensión y expresión oral en lenguas extranjeras en el sistema educativo. Así lo demanda la sociedad española, en consonancia con los países de su entorno en un contexto internacional globalizado en los ámbitos educativo, económico y social.

Por todo ello, de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el capítulo II, apartado decimonoveno, de la Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 12 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ha dispuesto lo siguiente:

Primero. Plazas de Auxiliares de conversación españoles.

  1. Convocatoria de plazas.–Se convocan plazas de Auxiliares de conversación de lengua española para el curso escolar 2014-2015 en centros docentes de Alemania, Australia, Austria, Bélgica, Canadá, Estados Unidos, Francia, Irlanda, Italia, Malta, Nueva Zelanda y Reino Unido, según la distribución y las cifras que figuran en el Anexo I de esta resolución.

    Tanto el número de plazas como la relación de países participantes podrán sufrir variaciones en función de la planificación que sus autoridades educativas realicen para el curso escolar 2014-2015.

  2. Requisitos de los candidatos.–Los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos generales:

    1. Tener nacionalidad española.

    2. Ser estudiantes de último curso o haber obtenido una de las titulaciones que se relacionan en el Anexo I en los cursos académicos 2010-2011, 2011-2012 o 2012-2013.

    3. No haber ocupado plaza de auxiliar de conversación con anterioridad.

    4. No padecer enfermedad que imposibilite el ejercicio de sus funciones como auxiliar de conversación.

  3. Méritos de los candidatos.–El orden de prioridad y la valoración de los méritos de los candidatos se calcularán de acuerdo con las especificaciones que se establecen en el Anexo III.

  4. Solicitudes.

    4.1 Forma de presentación de las solicitudes.

    4.1.1 De acuerdo con lo establecido en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los candidatos inscribirán sus solicitudes en la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, aplicación Profex, accesible desde https://sede.educacion.gob.es/profex

    4.1.2 Con antelación a la inscripción de la solicitud, el candidato deberá haberse registrado y haber cumplimentado su currículum en dicha aplicación.

    4.1.3 En la solicitud se deberán escoger un máximo de dos países de preferencia, para lo que se tendrán en cuenta los requisitos específicos de cada país, relacionados en el Anexo I. En caso de escoger dos países, ambos deberán pertenecer al mismo grupo de idioma, de acuerdo con las agrupaciones que establece el citado anexo. En el caso de que el candidato escoja dos países pertenecientes a un distinto grupo de idioma, sólo se considerará el país que figure como primera opción.

    En caso de optar por Alemania, Austria, Francia, Estados Unidos, Italia o Reino Unido, los candidatos podrán expresar su preferencia por las zonas del país relacionadas en el Anexo II, eligiendo una zona de cada grupo por orden de preferencia.

    Asimismo, los candidatos podrán expresar su preferencia por el tipo de población de destino y entre centros de educación secundaria o primaria.

    4.1.4 Los solicitantes que dispongan de certificado reconocido de firma electrónica, según lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, podrán inscribir y registrar su solicitud a través de la aplicación Profex, sin necesidad de aportarla en formato papel.

    4.1.5 Los solicitantes que no dispongan de certificado de firma electrónica deberán inscribir su solicitud a través de la aplicación Profex, imprimir, firmar el documento de solicitud y presentarlo en el Registro General del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, calle Los Madrazo, 17, 28071 Madrid; en el Registro Auxiliar del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del Paseo del Prado, 28, 28071 Madrid; en los registros de las Consejerías de Educación de las Comunidades Autónomas; en las representaciones Diplomáticas u Oficinas Consulares de España en el extranjero o en cualquiera de las dependencias previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

    Los solicitantes que opten por presentar su solicitud en una oficina de correos en España, lo harán en sobre abierto para que pueda ser fechada y sellada antes de ser certificada, a fin de acreditar la presentación dentro del plazo. Los candidatos que opten por enviar su presentación por correo postal desde el extranjero deberán incluir en el sobre un recibo en el que se acredite la fecha del envío con el fin de justificar su recepción dentro del plazo estipulado.

    4.1.6 La documentación acreditativa de requisitos y méritos deberá adjuntarse en formato electrónico, preferiblemente en PDF, al apartado correspondiente de la solicitud en Profex con un tamaño máximo de 3 MB por fichero. En caso de que el fichero...

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