ORDEN APA/3168/2003, de 29 de octubre, por la que se regulan las ayudas destinadas al saneamiento de la producción de albaricoques de la variedad Búlida.

MarginalBOE-A-2003-20891
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/3168/2003, de 29 de octubre, por la que se regulan las ayudas destinadas al saneamiento de la producción de albaricoques de la variedad Búlida.

El mercado de los albaricoques de la variedad Búlida viene caracterizándose por cierta inadaptación de la oferta a la demanda, de tal forma que esta circunstancia justifica que se adopte una medida para el saneamiento de su producción. Para impulsar su desarrollo, se ha previsto conceder una ayuda a aquellos agricultores interesados en arrancar su plantación.

Con el fin de cumplir los objetivos, conviene precisar las condiciones para la concesión de la ayuda, estableciendo unos límites, relativos a la dimensión de las explotaciones beneficiarias y del período para su ejecución, así como determinadas características de las parcelas objeto de arranque y de las de nueva plantación.

El importe de la ayuda se ha fijado teniendo en cuenta tanto los costes de las operaciones de arranque y plantación como los de aquellas labores culturales que hay que realizar hasta la entrada en producción de la nueva plantación.

Los interesados en acogerse a este medida deben dirigir su solicitud al órgano competente en la Comunidad Autónoma donde radique la plantación, que será el encargado de su tramitación, así como de realizar las comprobaciones necesarias y el pago de la ayuda.

Se establece una superficie límite que pueda ser objeto de arranque y, en el supuesto de que sea superada por las solicitudes, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación elevará a la Conferencia Sectorial de Agricultura y Desarrollo Rural, el reparto entre las Comunidades Autónomas, en proporción a las superficies para las que se haya solicitado el arranque.

Se adopta la forma de Orden dado el carácter coyuntural de la ayuda que se regula y la urgencia de la misma.

En la elaboración de esta disposición han sido consultadas las Comunidades Autónomas, así como los sectores afectados.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las condiciones para que los productores de albaricoques de la variedad Búlida puedan beneficiarse de una ayuda por el arranque de plantaciones.

Artículo 2 Requisitos y compromisos.
  1. La concesión de la ayuda de arranque queda supeditada al cumplimiento, por parte del beneficiario, de presentar una solicitud de ayuda para el arranque de la totalidad o de una parte de su plantación, teniendo en cuenta que los límites por beneficiario se fijan entre 0,2 y 10 hectáreas.

  2. El solicitante de la ayuda se compromete a:

  1. Efectuar la operación de arranque hasta el día 30 de diciembre de 2005 inclusive.

  2. Comunicar con al menos dos meses de antelación, la fecha en que se procederá a efectuar la operación de arranque de la plantación, fijándose como fecha...

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