Orden de 25 de marzo de 1986 por la que se dispone se cumpla en sus propios términos la sentencia de la Audiencia Trritorial de Sevilla en el recurso contencioso-administrativo interpuesto por don Joaquín García Murcia, aspirante a pruebas de idoneidad para acceso al Cuerpo de Profesores Titulares de Unviersidad.

MarginalBOE-A-1986-13151
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyOrden
BOEnúm.126
Martes
27
mayo
1986
18873
/
MINISTERIO
DE
EDUCACION
y
CIENCIA
13149 REAL DECRErO
102911986,
de
11
de
abril,
por el
que
se
crea
un
Centro
público de Educación Perma·
nente
de
Ad~tos
en
la provincia de
Cáceres.
La
Ley
14/1970, de 4de agosto, General
de
Educación y
Financiamiento de la Retorma Educativa, define en su preámbulo
la
Educación
como
una
permanente
tarea
inacabada,
yse
propone
entre sus principales objetivos construir'
un
sistema educativo
capaz de desarrollar basta el máximo
las
posibilidades personales
de todos ycada uno
de
los españoles yofrecer al alumno en
cualquier momento del proceso educativo, pasado el periodo de
Educación General Básica, la posibilidad de incorporarse alos
estudios,
así
como
la
de
facilitárselos aaquéllos
que
en
su
momento
no
pudieron
cursarlos
con
regularidad.
En
su virtud yde acuerdo con lo dispoesto
en
el artículo
17
de
la
Ley
Orgánica 8/1985,
de
3
de
julio, reguladora del Derecho ala
Educación, yen los artículos
44,
45
Y
91
de
la citada
Ley
14/1970,
de 4de agosto, con
el
fin de atender alos objetivos expuestos,
apropuesta del Ministro de Educación yCiencia yprevia
deliberación del Consejo
de
Ministros
en
su
reunión del
día
1t
de abril
de
1986,
DISPON-GO:
.
Artículo
LOSe
'crea
el
Centro público de Educación Perma-
nente de Adultos
siguiente~
Provincia de Ctkeres
Municipio: Jaraíz de la Vera. Localidad: Jaraiz
de
la Vera.
Centro de Educación Permanente de Adultos, domiciliado en
avenida
de
Yuste, número 2, para
200
puestos escolares en
presencia
simultánea..
-
Art.' 2.0Se autoriza
al
Ministerio de Educación fCiéncia para
que, por Or4en,
señale
la fecha de comienzo
de
actlvidadesen el
Centro de Educación Permanente de Adultoa relacionado en el
artículo anterior ypara adoptar las medidas
necesarias
para
la
ejecución del prese"te·Real Decreto. ,
Dado
en
Madrid a
II
de abril de 1986.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Educación
y
Ciencia,
JOSE
MARIA
MARA
VALL
HERRERO
13150 .REAL DECR$TO 1030;1986, de
11
de
abril.
por
et
que
se
reconoce
validez académica oficial a
las
Ense-
ñanzas de
Grado
E¡"mental del Conservatorio
de
Música
de
Langreo
(Asturias).
Atendiendo a
la
petición formulada por el Alcalde-Presidente
del ilustrisimo Ayuntamiento de Langreo (Asturias), de acuerdo
con la
Ley
Orgárnca 8/1985, de 3de julio, reguladora del Derecho
ala Educación, disposición adicional
,",unda,
yla Reglamentación
General de los Conservatorios
de
MúSIca
de
10
de septiembre
de
1966, articulo 2.·, de conformidad con el favorable dIctamen del
Consejo Nacional
de
Educación; apropuesta del
Miní~tro
de
Educación yCiencia yprevia deliberación del Consejo de Ministros
en su reunIón del dia
II
de
ahril
de
1986, ,
DISPONGO:
Articulo
1.0
Se concede
la
validez académica oficial, en el
Grado Elemental, alas Enseñanzas del Conservatorio
de
Música,
no estatal, de Langreo (Asturias), sito en la plaza Adaro; con las
-asijlD3turas
de
«Solfeo yTeoria
de
la Música», «Conjunto Coral»,
«Piano», «Vioün»,
«Guitarra»
y«Flauta».
Art.
2.·
El
citado Centro dependerá, aefectos económicos y
del Estatuto de su personal, del ilustrisimo Ayuntamiento de
Langreo (Asturias), yquedará sometido al régimen común docente
de los Conseniatorios oficiales
de
Música, y a la Inspección General
de los mismos. .
Dado en Madrid a
II
de abril de 1986.
JUAN CARLOS
R.
El
Ministro
de
Educación
)'
Cietlcia,
JOSE
MARIA
MARA
V
ALL
HERRERO
13151 ORDEN
de
25
de
marzo
de
1986
por
la
que
se dispone
se
cumpla
en
sus
propios
lér~inos
la
sentencIa.
de
la
Audiencia
Territorial de
SevIlla
m
el
recurso
cp.nten-
cioso-administraJivo
interpuesto
por
u0!1
JOlUJUln
Gar·
cía
MUTCi~
aspirante a
pruebas
de
IdonellJad
para
acceso
al
Cuerpo
de
Profesores
Titulares
de.
Universi-
dad.
.
Ilmo.
Sr.:
En:
el recurso eontencioso-administrativo idterpuesto
por don Joaquín Garcia Murcia contra Resolución de este Departa-
mento sobre. proebas de idoneidad, la Audiencia Territorial
Sevilla,
en
fecha 29 de noviernbno
de
1985,
ba
dietado senteneta
cuyo
fallo...es
del siguiente tenor literal: .
«Fallamos:
Que
estimándose ajustados aderecho los acuerdos
de 30 de ahril de 1984, de la Dirección General de
Ense~nza
Universitaria, yel de 27
de
junio
siJUÍente,
de
la Secretarta
de
Estildo de Universidades e
Investi~on,
desesllmamos
~
preteI;t-
siones formuladas contra las nusmas por don Joaqwn
Garc13
Murcia;
sin
costas.»
En
su
virtud. este Ministerio ha dispuesto que se cumpla la
citada sentencia
en
sus propios térmínos.
Lo que
di&o
a
V.
l.
para
su conocimiento ydemás efectos.
Madrid,
23
de
marzo de 1986.-P.
D.
(Orden de
27
de
man
de
1982), el Secretario de Estado de Universidades eInvestigaetón,
Juan Manuel Rojo Alaminas. .
Ilmo.
Sr.
Director general de Enseñanza Universitaria.
13152 ORDEN de 23
de
mayo de
1986
por
la
que
se
aprueba
la
relación
de Centros docentes privados
de
Educación
General
Básica
que
pueden
acogerse
al
régimen
de
concierto establecido por
la
Ley
Orgánica
811985.
de
~
de julio,
reguladora
del
Derecho
a
la
Educación
(provineias de Asturias yCantabria).
Ilmo. Sr.: La Orden de 30 de diciembre
de
1985 (.Boletín·
Oficial del Estado» del 31) dictó instrucciones para la implantación
de
régimen de conciertos educativos previsto
en
la
l.eY
8/1985. de 3
de
julio, reguladora del Derecho ala Educaetón yen
el Real Decreto 2377/1985, de 1gde diciembno
por
el que se
aprueba el Reglamento de Normas Básicas sobre Conciertos
Educativos.
Vistas
las
solicitudes presentadas,por los Centros privados que
imparten enseñanzas
de
Educación General Básica, cumplidos
todos los
tráJÍtites
previstos en
la
citada
Orden
yel
de
.
vi~ta
y
audiencia regulado
en
el artículo
91
de la Ley
de
ProcedImIento
Administrativo, teníendo
en
cuenta la propuesta formulada por la .
Subsecretaría del Departamento, prevIo mforme de los Centros
directivos competentes yprevia
fi~lización
de
la
Intervención
Genetal de la Adotinistración del Estado,
de
conformidad con
el
Acuerdo del Consejo de Ministros de
11
de abril
de
1986 ycon lo
dispuesto
en
los articulos
3.·
y24 del Reglamento
de
Normas
Básicas sobre Conciertos Educattvos"
Este Ministerio ha dispuesto:
Primero.-Aprobar los conciertos educativos con los Centros
docentes privados relacionados en
el
anexo
de
la
pre~nte
Orden.
con
sl:lÁeción
al
régimen ynúmero de unidades que en cada caso se .
espect ca.
Di
.'al
'fi'
1 '
••
Segundo.-Los rectores provIDa
es
notllcaran a
os
ID
.....
resa-
dos el contenido
de
esta Resolución, así como la fecba,
lUF
yhora
en que
deban
personarse
para
firmar el concierto
edu~at1
VO.
Entre
la notificación yla fmna del
conci~l1o
deberá medW' un plazo
mínimo de cuarenta yocho horas.
Tercere.-EI documento administrativo de formalización del
concierto educativo
será
firmado por los Directores provinciales
del Departamento ypor el titular del Centro privado opersona con
acreditación legal debidamente acreditada.
Cuarto.-Si el titular del Centro privado, sin causajustificada. no
suscribiese
el
documento de formalización en
la
fecha notificada, se
entenderá decaído de su derecho.
Quinto.-Aefectoa de lo previsto en la Orden de 30 de diciembre
de 1985, los plazos para la formalización de los 'conciertos
educativos se ajustarán alo dispuesto
en
la
presente Orden.
Sexto.-Oe conformidad con lo establecido en el artículo 24 del
Regiamento de Normas Básicas de Conciertos Educativos, contra
esta Resolución podrán los interesados- interponer recurso de
reposición previo a
la
vía contencioso--administrativa ante
al
Ministro
de
Educación y. Ciencia en
el
plazo de un mes acontar
desde
la
notificación
de
la
Resolución.
Lo que comunico
aY.
1.
alos
efecto~
oportunO&
Madrid, 23 de mayo
de
1986. '
MARAVALL HERRERO
Ilmo. Sr. Subsecretario.

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