Decreto 669/1975, de 31 de marzo, por el que se concede la Medalla al Mérito Turístico en su categoría de Oro a don Carlos Mañez Lafuente.

MarginalBOE-A-1975-6642
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Informacion y Turismo
Rango de LeyDecreto
R
O.
del
K-Núm.
78
1
abril
1975
6631
Mercancía:
Cantidad
Mermas
Subproductos
Rodamientos
a
bolas
6202"Z ...
Rodamientos
a
bolas
6201·2
o..
'H
Condensador
de
trabajo
permanente
en
papel
metalizado
4rnF
400
V. AB.
Terminal
comboline
A. M. P , o
•••
.,
"o-
.
Conector
para
comboline
A.
M.
P.
. .
Chapa
magnética
M. M.
de
0,5
calidad
26
W.
por
kg.
para
frecuencia
de
50
Hz.
Aluminio
electrolítico
99,5
Redondo
calibrado
de
Fe
al
plomo
entre
15
mm.
de
diámetro
y25
mm.
unidad
unidad
1
unidad
8
unidades
2
unidades'
2.4083
kilos
0,0555
kilos
0,3355
lülos
1,62
%
37.49
'%
25,93
%
"~-====="--~-====
===7~~===-'"=
="=-
c=;=======~~-
==~==========-=~~==
Queda
ampliada,
en los
términos
expuestos,'
la
Resolución
precítada
de
~
de
diciembre
de
1974.
Madrid,
25
de
febrero
de
1975.-El
Director
general.
Luis
Mayans
Jofre,
MINISTERIO
DE INFORMACION yTURISMO
(ntituIación
con
qUe
han
de
figurar
en
el
mercado
nacional
Livemar-Popa~T
-
':;
rol
simple),
Livemar-Popa~
T
~5D
(farol
doble),
Livemar-FondE'o-T
-5
{farol
simple>'
Livemar-Fondeo~T-5D
(fa·
rol
dobleJ.
Livemar-S.
G.-
T-S
(farol
simple).
Lívemar-S.
G.~T-5D
(farol
doble>'
Livemar-P.
V.
-T-s
trarol
simplel.
Livemar-P.
V.-T~5D
{farol
doble>.
Clases
Luz
de
sin
gobierno
."
Luz
de
sin
gobierno
".
Luz
de
pesca,
verde
,,,
Luz
de
pesca,
verde
...
Luz
de
fondeo
Luz
de
situación
de
tope _
Livemar~Tope-T~s
(f
a
rol
simple).
Luz
de
situación
de
tope Livemar-Tope-T-5D
(farol
doble).
Luz
de
situación
de
es-
tribor
Livemar-Estribor~T-5
(f
a-
rol
simple).
Luz
de
sítuación
de
es-
tribor
"
Livemar
~
Estribor
T-SD
{farol dobleJ.
Luz
de
situación
de
babor
"
Lívemar
-Babor-T-5 (fa-
rol
simple),
Luz
de
situación
de
babor
".
Livemar
~
Babor
T
5D
(farol doble),
L
tI
Z
de
situación
de
popa
.....
_....._...
Luz
de
situación
de
popa
.
Luz
de
fondeo
LN-Oll
LN-OOB
LN-OIO
LN-009
LN-012
LN-Ol3
LN-014
Número
de
homologación
suelve
quedan
amparadas
Sie euces
de
navegaclOll,
en
or
ma
de
farol
doble,
por
la
Resolución
de
6
de
diciembre
de
1974
(
..
Boletín
Oficial
del
Estado
..
,
número
11,
de
1975)
que
declaró
la
homologación
de
igual
número
de
luces
-farol
simple-
ha-
bida
cuenta
para
ello
que
las
propuestas
reúnen
h@:
mismas
características
técnicas
que
las
ya
aprobadas.
En
consecuencia,
las
luces
de
navegación
de
uno
y
otro
mo-
delo
serán
conocidas
en
el
mercado
nacIOnal
por
la
intitu/a-
ción
que
al
frente
de
cada
una
de
ellas
se
expresa
a
continua
ción:
Las
mermas
citadas
en
los
'párrafos
anteriores
no
dovenga~
rán
derecho
arancelario
alguno,
ylos
subproductos
aprovecha-
bles
adeudarán
por
la
Partida
Arancelaria
que
les
corresponda
según
las
normas
,de
valoración
vigentes.
3.
0Las
operaciones
de
exportación
y
de
importación
que
pre-
tendan
i~ealizar
al
amparo
de
esta
concesión
y
ajustándose
a
sus
términos,
serán
sometidas
a
las
Direcciones
Generales
eornpe
tontes
del
Ministerio
de
Comercio
a
los
efectos
que
a
las
miEmas
correspondan.
4.
0La
exportación
precederá
a
la
importación,
debiendo
ha~
cerse
constar
de
manera
expresa
en
toda
la
documentación
ne~
cesaria
para
el
despacho,
que
el
solicitante
se
acoge
al
régimen
de
reposición
otorgado
por
la
presente
Orden.
Los
países
de
destino
de
las
exportaciones
serán
aquellos-
cuya
moneda
de
pago
~ea
convurtible,
pudiendo
la
Dirección
General
de
Exportación,
cuando
lo
estime
oportuno,
autorizar
exportaciones
a·los
demás
paises,
valederas
para
obtener
la
re-
posición
con
franquicia.
La!;
exportaciones
realizadas
a
puertos,
ZOnas o
depósitos
fran~
cos
nacionales
también
se benefiCiarán del
régimen
de
reposición
en
am\logas
condiciones
que
las
destinadas
al
extranjero.
5.°
Las
importaciones
deberán
ser
solicitadas
dentro
del
pla-
zo de
un
año
a
partir
de
la
fecha
de
las
exportaciones
respec~
tjvas.
Los
paises
de
origen
de
la
mercancía
a
importar
con
franqui-
citt
arancelaria
serán
todos
aquellos
con los
que
España
manten-
ga
relaciones
comerciales
normales.
Para
obtener
la
declaración
o
la
licencia
de
importación
con
franquicia,
los
beneficiarios
deberán
justificar,
mediante
la
oportuna
certificación,
que
se
han
exportado
las
mercancías
co-
rrespondientes
a
la
reposición
pedida.
En
todo
caso.
en
las
solicitudes
de
importación
deberán
cons~
tar
la
fecha
de
la
presente
Orden,
qUe
autoriza
el
régimen
de
reposición,
y
la
del 1IJin:sterío de
Hacienda,
por
la
que
se
otorga
la
franquicia
arancelaria.
Las
cantidades
de
mercancías
a
importar
con
franquicia
a
quú
den
derecho
las
exportaciones
realizadas,
podrán
ser
acu-
muladas,
en
todo o
en
parte,
sin
más
limitación
que
el
cumpli-
miento
del
plazo
para
soliciLarlas.
6."
Se
otorga
esta
concesión
para
realizar
exportaciones
a
su
amparo
por
un
periodo
de
cinco
años,
contado
a
partir
de
su
publicación
én
el
",Boletín
Oficial
del
,E
..
,
debiendo
el
inte·
resada,
en
su
caso,
solicitar
la
prórroga
con
un
mes
de
antela-
ción
a
su
caducidad.
No
obstante,
las
exportaciones
que
se
hayan
efectuado
desde
el
12
de
junio
de
1974
hasta
la
aludida
fecha,
darán
también
derech.o a
reposición,
siempre
que
reúnan
los
requisitos
previs-
tosen
la
norma_12.n
2.a)
de
las
contenidas
en
la
Orden
ministe-
rial
dI}
la
Presidencia
del
Gobierno
de
15
de
marzo
de
1963 {.Bo·
letin
Oficial
del
Estado
..
del
laJ.
Para
estas
exportaciones
el
pla-
zo de
un
año
para
solicitar
la
importación
comenzará
a
contarse
desde
la
fech.-
de
publicación
de
esta
Orden
en
el
..
Boletín Ofi-
cial
del
Estado
...
'l."
La
concesión
caducará
de
modo
automático,
si
en
el
tér-
mino
de
dos
años.
contados
a
partir
de
su
publicación
en
el
",Boletín
Oficial
del
Estado
..
,
no
se
hubiera
realizado
ninguna
exportación
al
amparo
de
la
misma.
B.O
La DireCción
General
de
Aduanas,
dentro
de
su
compe~
tenda,
adoptará
las
medidas
que
considere
oportunas
respecte
a
la
correcta
aplicación
del
régimen
de
reposición
que
se concede.
9:'
La
Dirección
General
de
Exportación
podrá
dictar
las
normas
que
estime
adecuadas
para
el
mejor
desenvolvimiento
de
la
presente
concesión.
Lo
que
comunlco
a
V.
1.
para
su
conocimiento
yefectos.
Dios
guarde
a
V_
L
muchos
años,
Madrid,
12
de
marzo
de
HJ75.-P.
D~,
el
Subsecretario
do
Co~
mercio.
Alvaro
Rengifo
Calderón.
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Exportación.
6641
6642
RESOLUCJON
de
la
Dirección
General
de
Nave-
gación
sobre
homologación
de
luces
de
navega-
ción
de
empleo
en
buques
y
embarcaciones
mer~
cantes
nacionales.
En
relación
con
lo
solicitado
por
la
Empresa
..
La
Industrial
Valera
Marsal,
S. A.»,
con
domicilio
sodal
en
Barcelona,
cane
Viriato,
-número
45,
esta.
Direccíón
General
de
Navegación
re-
DECRETO
889/1975,
de
31
de
marzo,
por
el
que
se
concede
la
Medalla
al
Mérito
Turístico
en
su
ca-
tegarla
de
Oro
al
excelentísimo
señor
don
Cartos
Mañ'ez
Lafuente.
En
atención
a
las
circunstancias
que
concurren
en
el
exce-
lentísimo
señor
den
Carlos
Mai1cz
Lafuente,
Vengo
en
conc'ederle, a
propuesta
del
Minis.tro
de
Informa·
tión
y
Turismo,
la
Medalla
al
Mérito
Turístico
en
su
cate-
goría
de
OrQ.
6632 t
aliril
1975 B.
O.
del
E.-Num.
78
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
treinta
y
uno
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
FRANCISCO
FRANCO
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros.
Así
lo
dispcngo
pcr
el
presente
Decreto.
dado
en
Madrid
a
trein~a
y
uno
de
marzo
de
mil
u:Jvecíentos
setenta
y
cinco.
El
Ministro
de
Información
y
Turismo.
LEON
HERRERA
yESTEBAN
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
Secretario Goneral del
Movimiento,
FERNANDO HERRERO TEJEDOR
6643
En
atención
a
]05
méritos
y
circunstancias
que
concurren
en
el
excelentísimo
señor
don
Angel
Tarano
Fernández,
ya
propuf'stu
del
Ministro
Secretario
General
del
Movimiento,
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros.
Así
lo
disp:Jngo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Mudrid
a
treinta
y
uno
de
marzo
de
mil
novecien~os
setenta
y
cínco.
DECRETO
670/1975,
de
31
de
marzo.
pOr
el
que
se
concede
la
Medalla
al
Mérito
Turistico
en
su
cate-
goria
de
Oro
al
excelentisimo
señor
don
Ccindido
Garcia
Sanjuán.
En
a
tendón
a
las
circunstancias
que
concurren
en
el
exce-
lentísimo
señor
don
Cándido
García
Sanjuán.
Vengo
en
concederle,
a
propuesta
del
Ministro
de
Informa-
ción
y
'¡urismo.
la
Medalla
al
Mérito
Turístico
en
su
cate-
goría
de
OrQ.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado'
en
Madrid
a
treinta
y
uno
de
nlE:trzo
de
mil
novecientos
setent.u y
cinco.
6647
DECRETO
674/1975,
de
31
de
marzo,
por
el
que
se
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros
al
excelentisimo
señor
don
Angel
Tarano
Fernández.
FRANCISCO
FRANCO
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Información
y
Turismo,
LEON HERRERA yESTEBAN El
Ministro
Secretario
Genera!
del
Movimiento,
FERNANDO HERRERO TEJEDOR
6644
DECRETO
671/1975, de 31
de
marzo,
por
el
Que
se
concede la
Placa
al
Mérito
Turistico
en
su
cate-
yorta
de
Oro
al
Puerto
Banús.
6648
DECRETO
675/1975, de
31
de
marzo,
por
el
Que
se
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisn;:ros
al
excelentlsimo
señor
don
Luis
Nowl
Lúpez.
En
atención
a
las
circunstancias
que
concurren
en
el
Puerto
Banüs,
_
Vengo
en
concederle,
a
propuesta
del
Ministro
de
Informa
..
ción
y
Turismo,
la
Placa
al
Mérito
Turístico
en
su
categoría
de
Oro.
.
Así
Jo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
trejEta
y
uno
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
En
atención
aJos
méritos
y
circunstancias
que
concurren
en
el
excelentísimo
señor
don
Luis
Nozal
López, ya
propuesta
del
Ministro
Secretario
General
del
Mot'imiento.
Veng:J
en
concederle
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
El
treinta
y
uno
de-
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
FRANCISCO
FRANCO
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
de
Información
y
Turismo,
LEON HERRERA yESTEBAN Ei
Mínistro
SeCI'etario
Genera!
del
Movimiento,
FERNANDO HERRERO TEJEDOR
6645
FRANCISCO
FRANCO
El
Ministro
Secretario
General
del
Movimiento,
FERNANDO HERRERO TEJEDOR
En
atención
a
los
méritos
ycircunstancia!:f
que
concurren
en
el
excelentísimo
sefior
don
Antoní.:.)
Castro
Villacañas,
ya
pro-
puesta
del
Ministro
Secretario
General
del
Movimiento.
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros.
Así
lo
dispongo
por
el
presente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
treinta
y
uno
de
marzo
de
mil
novecientos
S'etenta y
cinco.
DECRE'TO 676/1975, de 31 de
marzo,
por
el
Que
se
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros
al
excelentisimo
señor
don
Antonio
Castro
Villacañas.
DECRETO
677/1975,
de
31
de
marzo,
por
el
que
.~e
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros
al
excelentisimo
señor
don
Francisco
Merino
Guinea.
6649
6650
El
Ministro
Secretario General
daI
Movimiento,
FERNANDO HERRERO TEJEDOR
FRANCISCO
FRANCO
DECRETO
672/1975,
de
31 de
marzo,
por
el
que
se
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisne
ros
al
excelentísimo
señor
don
José
Giménez
Henríquez.
En
atención
a
los
méritos
y
circunstancias
que
concurren
en
el
excelentlsimo
señor
don
José
Glmenez
Henrfquez,
y a
propuesta
del
Ministro
Secretano
General
del
MovInuento.
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cruz.de
la
Orden
de
Clsneros.
As!
lo
dispongo
por
el
prMente
Decreto,
dado
en
Madrid
a
treinta
y
uno
de
marzo
de
mil
novecien~os
setenta
y
cinco.
SECRETARIA
GENERAL
DEL
MOVIMIENTO
6646
DECRETO
673/1975,
de
31
de
marzo.
por
el
que
se
concede
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Ci:meros
ql
excelentísimo
señor
don
Gonzalo
Cerezo
Barredo.
En
atención
alos
méritos
y
CircunstanCias
que
concurren
en
el
excelentísImo
señor
d.,:m
Gonzalo
Celezo
Barredo,
y a
propuesta
del
Mllustro
Secretario
General
del
Movumento.
En
atención
a
los
méritos
y
circunstancias
que
concurren
en
el
excelentísimo
señor
don
Francisco
Merino
Guinea
y a
pro~
puesta
del
Ministro
Secretario
General
del
Movimient>:l,
Vengo
en
concederle
la
Gran
Cruz
de
la
Orden
de
Cisneros.
Así
lo
dispongo
por
el
presen-~e
Decreto,
dado
en
Madrjd
a
treinta
y
uno
de
marzo
de
mil
novecientos
setenta
y
cinco.
FRANCISCO
FRANCO
El Ministro
Secretario
General del Movimiento.
FERNANDO HERRERO TEJEDOR

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