Resolución de 26 de octubre de 2005, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se modifican las normas que rigen los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos.

MarginalBOE-A-2005-17672
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 26 de octubre de 2005, de Loterías y Apuestas del Estado, por la que se modifican las normas que rigen los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos.

Por Resolución de 26 de septiembre de 2005 (BOE n.º 234 del día 30) se aprobaron las normas que rigen los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos, las cuales entraron en vigor al día siguiente de su publicación.

Celebrados ya los primeros concursos regulados por estas normas se ha podido observar que el límite establecido en el punto 5 de la norma 18.', como importe unitario del premio de las categorías séptima y octava, no se acomoda a la consecución de una pirámide lógica de los importes unitarios de premios de todas las categorías.

Asimismo esta circunstancia puede impedir, en más ocasiones de las deseadas para el correcto funcionamiento de estos concursos, que un buen número de acertantes perciban premio. Por todo ello se hace necesaria su modificación fijando el límite en un importe inferior.

En consecuencia, esta Dirección General, de acuerdo con lo establecido en la Disposición Final primera del Real Decreto 716/2005, de 29 de junio, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 8.º, apartado 2, letra p) del Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado, aprobado por Real Decreto 2069/ 1999 de 30 de diciembre ('Boletín Oficial del Estado' de 14 de enero de 2000), ha resuelto modificar las normas que regulan los concursos de pronósticos sobre carreras de caballos, aprobadas mediante Resolución de 26 de septiembre de 2005, en los siguientes términos:

Único. Los apartados a) y b) del punto 5 de la norma 18.', quedan redactados como sigue:

5. a) Si el importe unitario que resultare para los acertantes de la categoría octava fuera inferior a 1,50...

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