Orden ESS/2293/2012, de 19 de octubre, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Orden ESS/759/2012, de 11 de abril.

MarginalBOE-A-2012-13295
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

Mediante Orden ESS/759/2012, de 11 de abril («BOE» de 16 de abril) se anunció para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, puesto de trabajo de Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina. En virtud de la Orden ESS/1729/2012, de 5 de julio («BOE» de 4 de agosto) se resolvió la citada convocatoria, nombrando a don Carlos Tortuero Martín.

Habiendo presentado el interesado escrito de desistimiento a la plaza de Consejero de Empleo y Seguridad Social en Argentina procede dejar sin efecto dicho nombramiento.

A la vista de lo anteriormente expuesto y de acuerdo con lo establecido en el artículo 80 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, cumplida la tramitación que exige el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo («BOE» de 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio («BOE» del 29), y observado el proceso debido, este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha dispuesto:

Primero.

Dejar sin efecto el nombramiento realizado a favor de don Carlos Tortuero Martín.

Segundo.

Resolver nuevamente la referida convocatoria en los términos que se señalan en el anexo, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por reunir el candidato elegido todos los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria (funcionario del Grupo A1), y en el Real Decreto 904/2003, de 11 de julio, por el que se regula la Administración del actual Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el exterior, y ser idóneo para el desempeño del puesto que se le asigna dada la dilatada experiencia que acredita en el ámbito sociolaboral, manifestándose en ese mismo sentido el informe del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación.

Tercero.

La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995.

Cuarto.

Contra esta Orden, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la...

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