Orden MAM/3186/2007, de 22 de octubre, por la que se resuelve el concurso convocado por Orden MAM/1722/2007, de 29 de mayo, para la provisión de puestos de trabajo.

MarginalBOE-A-2007-19022
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden
BOE núm. 263 Viernes 2 noviembre 2007 44843
MINISTERIO DE MEDIO AMBIENTE
19022 ORDEN MAM/3186/2007, de 22 de octubre, por la
que se resuelve el concurso convocado por Orden
MAM/1722/2007, de 29 de mayo, para la provisión
de puestos de trabajo.
Por Orden MAM/1722/2007, de 29 de mayo (Boletín Oficial del
Estado 14 de junio de 2007), se convocó concurso de méritos, con
referencia 5E/2007, para la provisión de puestos de trabajo vacantes
en el Departamento.
Cumplimentadas las normas reglamentarias y observados cuan-
tos requisitos y procedimientos se establecen en las bases de la con-
vocatoria –sobre el plazo de presentación de instancias, examen de
las mismas, valoración de los méritos alegados por los candidatos–
por la correspondiente Comisión de Valoración,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el ar-
tículo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y
Funcionamiento de la Administración General del Estado, ha
resuelto:
Primero.–Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración de
méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocato-
ria a los funcionarios en los términos que se recogen en el anexo a
esta Orden.
Segundo.–Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se
especifican en el citado anexo, motivados por falta de peticionarios,
por no haber alcanzado ninguno de los candidatos la puntuación
mínima exigida, o por cualquier otra circunstancia prevista en la
Orden de la convocatoria.
Tercero.–El plazo para tomar posesión en el nuevo destino obte-
nido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del
funcionario, o de un mes si comporta cambio de residencia o el rein-
greso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir
del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres
días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden en el
Boletín Oficial del Estado. Si la resolución comporta el reingreso al
servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse
desde su publicación. El cómputo del plazo para el cese no se iniciará
mientras no finalicen los permisos o licencias que, en su caso, hayan
sido concedidos a los funcionarios.
Cuarto.–Aquellos funcionarios que hayan obtenido destino desde
la situación de servicios especiales o de excedencia para el cuidado
de hijos tendrán derecho, mientras duren las citadas situaciones, a la
reserva del nuevo destino, sin que para ello sea preciso formalizar la
toma de posesión del mismo hasta tanto se haga efectivo el reingreso
al servicio activo.
Quinto.–El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso no podrá participar en concursos de méritos que convo-
que tanto la Administración del Estado como otras Administracio-
nes Públicas, hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma
de posesión del puesto adjudicado en la presente Orden, salvo lo
prevenido por el apartado 2 del artículo 41 del Reglamento General
de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del
Estado y de Provisión de puestos de trabajo y de Promoción profe-
sional de los funcionarios civiles de la Administración General del
Sexto.–Los destinos adjudicados se consideran de carácter
voluntario y, en consecuencia, no generan derecho al abono de
indemnización por concepto alguno. Los puestos obtenidos serán
irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de pose-
sión los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria
pública y opten por el mismo, en cuyo caso vendrán obligados a
comunicar por escrito a este Departamento, en los tres días hábiles
siguientes, la renuncia del puesto adjudicado y la opción ejercitada,
con indicación del Departamento o Comunidad Autónoma en que
hubiera obtenido destino, así como la forma de provisión y la fecha
de nombramiento.
Séptimo.–Contra la presente Orden se podrá recurrir potestati-
vamente en reposición ante la Titular del Departamento en el plazo
de un mes, o interponer recurso contencioso-administrativo ante el
correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-administrativo
en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día
siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, no
pudiendo interponerse este último hasta que aquél sea resuelto
expresamente o se haya producido su desestimación presunta; con-
forme a lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992,
de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas y del Procedimientos Administrativo Común, según redac-
ción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en los ar-
tículos 9 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio.
Madrid, 22 de octubre de 2007.–La Ministra de Medio Ambiente,
P. D. (Orden MAM/224/2005, de 28 de enero), la Subsecretaria de
Medio Ambiente, Concepción Toquero Plaza.

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