Resolución de 6 de febrero de 2013, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se nombra funcionaria de carrera del Cuerpo Nacional de Policía, Escala Básica, segunda categoría a la Policía Alumna doña Elena Falagán Álvarez.

MarginalBOE-A-2013-2085
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyResolución

Por haber superado con aprovechamiento las pruebas de aptitud, el curso de formación profesional y el período de prácticas establecidos en la convocatoria para cubrir vacantes en la categoría de Policía del Cuerpo Nacional de Policía convocada por Resolución de la Dirección General de la Policía de 22 de mayo de 2006 (BOE número 133, de 5 de junio de 2006); de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de los Procesos Selectivos y de Formación en el Cuerpo Nacional de Policía, aprobado por Real Decreto 614/1995, de 21 de abril, de acuerdo con lo preceptuado en la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad; en el propio Reglamento aprobado por Real Decreto 614/1995, y demás normas aplicables,

Esta Secretaría de Estado, acuerda:

Primero.

Nombrar funcionaria de carrera del Cuerpo Nacional de Policía, Escala Básica, segunda categoría, a la Policía Alumna doña Elena Falagán Álvarez, DNI 71.559.615, procedente del primer ciclo de la convocatoria de 22 de mayo de 2006, quien, según acuerdo de la Junta de Evaluación Extraordinaria constituida al efecto el 11 de enero de 2013 y de la Resolución de la Dirección General de la Policía de fecha 15 de enero de 2013, ha sido declarada apta para el ingreso en el Cuerpo Nacional de Policía, asignándola, una vez formalizados los requisitos de jura o promesa y toma de posesión, la antigüedad de la fecha de la presente Resolución, 6 de febrero de 2013.

Segundo.

Escalafonar a doña Elena Falagán Álvarez, a continuación del último de los integrantes del actual escalafón de Policías del Cuerpo Nacional de Policía.

Tercero.

Para la adquisición de la condición de funcionario de carrera, la interesada deberá prestar el juramento o promesa que se establece en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril.

Cuarto.

La toma de posesión se formalizará en el plazo y con las prescripciones reglamentariamente establecidas, en el puesto de trabajo que, de acuerdo con la normativa vigente, le sea asignado.

Quinto.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 109 y en la disposición adicional novena de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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