Resolución de 6 de junio de 2017, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se publica el procedimiento para la creación de una cartera de entidades colaboradoras del Instituto Nacional de las Cualificaciones para la actualización del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y de los instrumentos de apoyo al procedimiento de evaluación y acreditación de la experiencia laboral.

MarginalBOE-A-2017-7451
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las cualificaciones y de la formación profesional (en adelante, LO 5/2002), en su artículo 5.3 establece que el Instituto Nacional de las Cualificaciones (en adelante, INCUAL), creado por Real Decreto 375/1999, de 5 de marzo, es el órgano técnico de apoyo al Consejo General de la Formación Profesional responsable de definir, elaborar y mantener actualizado el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales (en adelante, CNCP), conforme a lo establecido en el artículo 9.2 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, por el que se regula el CNCP.

En este sentido, según el artículo 9.4 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre, el CNCP se mantendrá permanentemente actualizado mediante su revisión periódica que, en todo caso, deberá efectuarse en un plazo no superior a cinco años a partir de la fecha de inclusión de la cualificación en el catálogo.

Por otro lado, el artículo 6.1 de la LO 5/2002, en relación con la colaboración de las empresas, establece que para el desarrollo del Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional se promoverá la necesaria colaboración de las empresas y otras entidades públicas y privadas, pudiendo realizarse la colaboración de las empresas de forma individual, añadiendo el apartado 2 que dicha colaboración se instrumentará mediante los oportunos Convenios y acuerdos.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, en su artículo 9, bajo el epígrafe instrumentos de apoyo, establece que la Administración General del Estado facilitará, como instrumentos de apoyo al procedimiento de evaluación y acreditación de la experiencia laboral (en adelante, PEAC), un manual de procedimiento que comprenderá una guía de las personas candidatas y guías para las figuras del asesor y del evaluador, cuestionarios de autoevaluación de las unidades de competencia y guías de evidencias de las unidades de competencia como apoyo técnico para realizar el proceso de evaluación.

Por su parte, el Real Decreto 284/2017, de 24 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, en su artículo 6.2.c) establece que corresponde al INCUAL la elaboración y mantenimiento actualizado del CNCP, la elaboración de los instrumentos de apoyo necesarios para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y vías no formales de formación, y la observación de la evolución de las Cualificaciones Profesionales en su integración práctica en el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional.

En base a lo anterior, resulta necesario establecer un procedimiento para la creación de una cartera de entidades colaboradoras del Instituto Nacional de las Cualificaciones para la actualización del CNCP y de los instrumentos de apoyo al procedimiento de evaluación y acreditación de la experiencia laboral.

Por todo ello, se resuelve hacer pública la presente convocatoria con los siguientes apartados:

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

El objeto del presente procedimiento es la creación de una cartera de entidades colaboradoras para la actualización del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales y de los instrumentos de apoyo al procedimiento de evaluación y acreditación de la experiencia laboral, a fin de establecer un marco de colaboración duradero entre dichas entidades y el INCUAL, que permita una información y comunicación fluida entre éste y los sectores productivos a los que representan dichas entidades. El reconocimiento está abierto a toda entidad pública o privada interesada en mejorar la cualificación de los trabajadores pertenecientes a sus respectivos ámbitos sectoriales.

La colaboración se concretará en los siguientes servicios:

– La actualización de las cualificaciones profesionales integradas en el CNCP.

– La definición y elaboración de nuevas cualificaciones profesionales.

– La definición y elaboración de instrumentos de apoyo al PEAC, referidos a nuevas cualificaciones profesionales.

– La actualización de los instrumentos de apoyo al PEAC referidos a las cualificaciones profesionales integradas en el CNCP.

Las entidades prestarán su colaboración en la forma y con estricta sujeción a los términos y condiciones señalados en la presente resolución, en sus anexos y en los Convenios de colaboración que se suscriban con el INCUAL. El modelo básico de Convenio será el que se recoge como anexo I, y se suscribirá con las entidades incluidas en la cartera en base a lo establecido en el apartado tercero de la presente resolución.

Segundo. Requisitos y forma de participación.

Podrán participar en este procedimiento las empresas del ámbito público y privado, asociaciones de empresas y de profesionales, así como administraciones públicas y organizaciones sindicales.

y profesionales relacionadas con los distintos sectores productivos referidos en las cualificaciones profesionales que conforman el CNCP.

Tercero. Proceso de...

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