Resolución 500/38148/2019, de 8 de mayo, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delegan determinadas competencias en materia de gestión de reservistas.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Junio de 2019
MarginalBOE-A-2019-8120
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Defensa
Rango de LeyResolución

El Real Decreto 1691/2003, de 12 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento de acceso y régimen de los reservistas voluntarios, regulaba el procedimiento y condiciones de acceso a la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas, y establecía su régimen jurídico.

Por Resolución 500/38244/2004, de 23 de noviembre, y Resolución 500/38229/2007, de 27 de diciembre, ambas de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, se delegaron determinadas competencias relativas al régimen de los reservistas voluntarios.

Por Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo, se aprobó el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas, derogando el Real Decreto 1691/2003. En la parte dispositiva del reglamento se atribuyen al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra y al Jefe del Mando de Personal nuevas competencias y se modifican otras de las anteriormente conferidas, en materia de personal en relación con los reservistas voluntarios y de especial disponibilidad.

La Instrucción 7/2016, de 19 de enero, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se desarrolla la organización del Ejército de Tierra, designa a la Dirección de Personal como el órgano responsable de la gestión del personal reservista asignado al Ejército de Tierra.

Dado que las Resoluciones 500/38244/2004 y 500/38229/2007 se basan en un real decreto derogado, y con el criterio de que la autoridad que gestiona las competencias sea la que las tenga delegadas, en uso de las facultades que me confiere el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:

Primero. Finalidad.

Delegar determinadas competencias en materia de reservistas, atribuidas al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra y al Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra, en el Director de Personal del Ejército de Tierra.

Segundo. Delegación de competencias.

  1.  Se delegan en el Director de Personal del Ejército de Tierra las siguientes competencias que el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo, atribuye al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra:

    – Adquisición de la condición de reservista voluntario tras superar la formación militar y firmar el compromiso inicial.

    – Acceso a la condición de reservista voluntario de los militares profesionales y firma del compromiso inicial.

    –...

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