Resolución 500/38148/2019, de 8 de mayo, de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se delegan determinadas competencias en materia de gestión de reservistas.
Fecha de Entrada en Vigor | 1 de Junio de 2019 |
Marginal | BOE-A-2019-8120 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Emisor | Ministerio de Defensa |
Rango de Ley | Resolución |
El Real Decreto 1691/2003, de 12 de diciembre, por el que se aprobó el Reglamento de acceso y régimen de los reservistas voluntarios, regulaba el procedimiento y condiciones de acceso a la condición de reservista voluntario de las Fuerzas Armadas, y establecía su régimen jurídico.
Por Resolución 500/38244/2004, de 23 de noviembre, y Resolución 500/38229/2007, de 27 de diciembre, ambas de la Jefatura de Estado Mayor del Ejército de Tierra, se delegaron determinadas competencias relativas al régimen de los reservistas voluntarios.
Por Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo, se aprobó el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas, derogando el Real Decreto 1691/2003. En la parte dispositiva del reglamento se atribuyen al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra y al Jefe del Mando de Personal nuevas competencias y se modifican otras de las anteriormente conferidas, en materia de personal en relación con los reservistas voluntarios y de especial disponibilidad.
La Instrucción 7/2016, de 19 de enero, del Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, por la que se desarrolla la organización del Ejército de Tierra, designa a la Dirección de Personal como el órgano responsable de la gestión del personal reservista asignado al Ejército de Tierra.
Dado que las Resoluciones 500/38244/2004 y 500/38229/2007 se basan en un real decreto derogado, y con el criterio de que la autoridad que gestiona las competencias sea la que las tenga delegadas, en uso de las facultades que me confiere el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Primero. Finalidad.
Delegar determinadas competencias en materia de reservistas, atribuidas al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra y al Jefe del Mando de Personal del Ejército de Tierra, en el Director de Personal del Ejército de Tierra.
Segundo. Delegación de competencias.
-
Se delegan en el Director de Personal del Ejército de Tierra las siguientes competencias que el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas, aprobado por Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo, atribuye al Jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra:
– Adquisición de la condición de reservista voluntario tras superar la formación militar y firmar el compromiso inicial.
– Acceso a la condición de reservista voluntario de los militares profesionales y firma del compromiso inicial.
–...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba