Resolución de 4 de noviembre de 2015, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se conceden ayudas a estudiantes de universidades españolas para realizar prácticas formativas en empresas con sede en países integrados en el Programa FARO.

MarginalBOE-A-2015-12335
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

Por Resolución de 8 de agosto de 2014 de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades se convocaron ayudas para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas con la finalidad de realizar prácticas formativas en empresas con sede en países integrados en el Programa FARO.

De conformidad con los términos establecidos en el Capítulo III de la citada Resolución y tras la propuesta efectuada por la Comisión de Selección, a la que se refiere el artículo 32 de dicha convocatoria, y el Convenio de colaboración firmado entre el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y la Fundación General de la Universidad de Valladolid (FGUVA), he resuelto:

Primero.

Conceder diez ayudas a estudiantes de universidades españolas para realizar prácticas formativas en empresas con sede en países integrados en el Programa FARO. Los beneficiarios, las cuantías, duración y destino de dichas ayudas, se relacionan en el Anexo I y los suplentes se relacionan en Anexo II de la presente resolución.

Segundo.

La incorporación de los beneficiarios a su centro de trabajo podrá realizarse a partir del día siguiente de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» y deberán cumplir la totalidad del periodo estipulado.

Tercero.

Las dotaciones a percibir por los beneficiarios, en concepto de alojamiento y manutención, recogidas en la convocatoria y detalladas en el Anexo I de esta resolución, le serán abonadas mensualmente por la entidad colaboradora (FGUVA), quien también será la encargada de abonar, previa presentación de los justificantes correspondientes, la ayuda de viaje y visado, si lo hubiere.

Cuarto.

La entidad colaboradora contratará una póliza de seguros (accidentes, responsabilidad civil, asistencia en viaje y asistencia sanitaria), y realizará la gestión de los pagos de las cotizaciones a la Seguridad Social, según el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participan en programas de formación.

Quinto.

El gasto resultante de las ayudas se eleva a un importe de treinta y seis mil ciento noventa y tres euros con cuarenta céntimos (36.193,40 €) con cargo a la aplicación presupuestaria...

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