Resolución de 3 de noviembre de 2017, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, por la que se encomienda al Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, el desarrollo de las actividades correspondientes al Plan de acción 2017-2018, en el marco de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020.

MarginalBOE-A-2017-13200
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Empleo y Seguridad Social
Rango de LeyResolución

El Consejo de Ministros de 24 de abril de 2015 aprobó la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2015-2020, que constituye el marco de referencia de las políticas públicas en materia de seguridad y salud en el trabajo hasta 2020 y cuyo desarrollo se articuló en tres planes de acción de dos años cada uno de ellos (2015-2016, 2017-2018 y 2019-2020), que abarcan el período de vigencia de la referida estrategia.

Los objetivos generales de la estrategia son promover una mejor aplicación de la legislación en materia de seguridad y salud en el trabajo y favorecer la mejora de las condiciones de trabajo, con especial atención a la prevención de las enfermedades profesionales y enfermedades relacionadas con el trabajo. Los cuatro objetivos específicos que contribuyen a la consecución de los objetivos generales de la estrategia son los siguientes:

  1. Mejorar la eficiencia de las instituciones dedicadas a la prevención de riesgos laborales.

  2. Potenciar las actuaciones de las administraciones públicas en materia de análisis, investigación, promoción, apoyo, asesoramiento, vigilancia y control de la prevención de riesgos laborales.

  3. Promover, con la participación de los interlocutores sociales y las comunidades autónomas, la mejora de las condiciones de seguridad y salud en el trabajo, especialmente en sectores, actividades, colectivos y empresas de mayor riesgo.

  4. Fortalecer la participación de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo.

    Para el cumplimiento de cada uno de los objetivos anteriores se contemplan diferentes líneas de actuación a desarrollar en aquellos planes de acción.

    Determinadas acciones previstas en la estrategia precisan del correspondiente apoyo financiero. En este sentido, el Gobierno de España, a través del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y del Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo, O.A. M.P., se compromete a garantizar una línea de financiación estable mediante cualquier fórmula financiera que permita acometer las mencionadas acciones y alcanzar los objetivos previstos.

    La financiación de esta línea específica, de carácter adicional y complementaria de las dedicadas a la atención del servicio público «Prevención 10.es» y a las acciones ordinarias de la Fundación Estatal para la Prevención de Riesgos Laborales, se realizará con cargo al Fondo de Contingencias Profesionales de la Seguridad Social en los ejercicios 2017 y 2018.

    En relación con las actividades contempladas en el Plan de Acción 2017-2018 de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo, que fue aprobado por la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo el 20 de junio de 2017 y cuya financiación se realizará en parte con recursos del fondo antes mencionado, la Secretaría de Estado de la Seguridad Social no dispone de medios personales y materiales especializados que le permitan acometer por sí misma el desarrollo de aquellas actividades que, a los fines de interés público que tutela, considera conveniente impulsar.

    En ese sentido, la Resolución de 31 de julio de 2017, de esta Secretaría de Estado, teniendo en cuenta la naturaleza atribuida al Instituto Nacional de Seguridad, Salud y Bienestar en el Trabajo de medio propio y servicio técnico de la Administración General de Estado, altamente cualificado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.17 del Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan su estructura y competencias, fijó en 1.240.000,00 € el importe a destinar al mencionado instituto para desarrollar las actividades de las líneas de actuación identificadas como 2D.1, 2E.1 y 3A.6 en el Plan de Acción 2017-2018 que se encomiende realizar al mismo a través de la correspondiente encomienda de...

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