Resolución de 3 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se conceden ayudas para el diseño y aplicación de proyectos de mejora del aprendizaje del alumnado, por agrupaciones de colaboración profesional entre centros sostenidos con fondos públicos de diferentes comunidades o ciudades autónomas.
Marginal | BOE-A-2015-1190 |
Sección | III - Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Resolución |
Por Resolución de 30 de septiembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades. (Boletín Oficial del Estado de 3 de octubre de 2014), se convocaron ayudas para el diseño y aplicación de proyectos de mejora del aprendizaje del alumnado por agrupaciones de colaboración profesional entre centros sostenidos con fondos públicos de diferentes comunidades o ciudades autónomas.
En cumplimiento de lo establecido en la disposición octava de dicha convocatoria y de acuerdo con la propuesta formulada por el órgano instructor, de conformidad con el apartado 3 de dicha disposición,
Esta Secretaria de Estado ha resuelto:
Primero.
Conceder las ayudas para el diseño y aplicación de proyectos de mejora del aprendizaje del alumnado, a los beneficiarios seleccionados que figuran en el Anexo I, con indicación de la modalidad a la que van destinadas, por importe total de 6.440.374,39 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 18.04.322L.484 del presupuesto de gastos del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del ejercicio 2014.
Segundo.
Desestimar los proyectos que, aun cumpliendo los requisitos establecidos en la convocatoria, no reciben financiación y que figuran en el Anexo II.
Tercero.
Desestimar los proyectos que no tienen derecho a financiación con indicación del motivo, que figuran en el anexo III.
Cuarto.
Desestimar las solicitudes que no han sido admitidas a trámite, con indicación del motivo, que figuran en el Anexo IV.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante esta Secretaria de Estado, en el plazo de un mes, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Sin perjuicio de lo anterior, se podrá igualmente interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 11.1.a) y 46 de la Ley 29/1998,...
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