Resolución de 29 de septiembre de 2016, de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

MarginalBOE-A-2016-9531
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, en la modificación operada por la disposición final segunda del Real Decreto-Ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía, en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a Cuerpos de Funcionarios Docentes Universitarios y el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos docentes Universitarios, a tenor de lo establecido en los Estatutos de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, aprobados por Decreto 107/06, de 1 de agosto, del Gobierno de Canarias (BOC de 9 de agosto), (en adelante Estatutos de la ULPGC) y en el Procedimiento para la provisión de plazas de Profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios, Resolución de 14 de enero de 2009 (BOC de 25 de marzo).

Una vez autorizada por Resolución de 28 de septiembre de 2016 de la Dirección General de Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme al acuerdo del Consejo de Gobierno de 28 de julio de 2016, este Rectorado ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas de promoción interna que detallan en el anexo I de la presente resolución, dotadas en el estado de gastos del presupuesto de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y contenidas en la Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador para el año 2016 (BOC de 16 de junio de 2016), por el procedimiento de urgencia al amparo de lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al objeto de poder dar cumplimiento a la tasa de reposición de efectivos dentro del presente ejercicio, con sujeción a las presentes

Bases de la convocatoria

  1. Normas generales

    Estos concursos se regirán por lo dispuesto en la ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril y por el Real Decreto Ley 10/2015, de 11 de septiembre (en adelante LOU), el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre (BOE de 08 de octubre), por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a Cuerpos Docentes Universitarios, los Estatutos de la ULPGC, en el Procedimiento para la provisión de plazas de Profesorado de los Cuerpos Docentes Universitarios de fecha 14 de enero de 2009 (BOC de 25 de marzo) y con carácter supletorio, por lo previsto en la Legislación General de ingreso en las Administraciones Públicas.

    A los efectos de los respectivos concursos el mes de agosto será inhábil, no obstante el periodo inhábil de dicho mes no afectará a los actos administrativos relacionados con la admisión de los aspirantes al concurso.

  2. Requisitos de los candidatos

    Para ser admitido a los citados concursos, los candidatos deberán reunir los siguientes requisitos:

    2.1 Requisitos generales:

    1. Nacionalidad: Ser español. No obstante, podrán participar en idénticas condiciones que los españoles los nacionales de algunos de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

      También podrá participar el cónyuge de los españoles, de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y de los nacionales de algún Estado, al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los del cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.

      Asimismo, podrán participar, los aspirantes de nacionalidad extranjera no comunitaria, cuando en el Estado de su nacionalidad, a los españoles se les reconozca aptitud legal para ocupar en la docencia universitaria posiciones análogas a las de los funcionarios de los Cuerpos Docentes Universitarios españoles.

      En el momento de presentación de la solicitud de participación en el proceso selectivo deberá acreditarse la nacionalidad, así como, en su caso, el vínculo de parentesco y el de vivir a expensas, conforme a lo previsto en el artículo 8 del Real Decreto 543/2001, de 18 de mayo, sobre acceso al empleo público de la Administración General del Estado y sus organismos públicos de nacionales de otros Estados a los que es de aplicación el derecho a la libre circulación de trabajadores.

      La acreditación de la nacionalidad y demás requisitos exigidos en la convocatoria, se realizará por medio de los documentos correspondientes, certificados por las autoridades competentes de su país de origen traducido al español, que será la lengua oficial en la que tendrá lugar el desarrollo de las pruebas.

    2. Edad: Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido los setenta años de edad.

    3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de la Administración del Estado o de la Administración Autónoma, Institucional o Local o de los Organismos Autónomos de ellas dependientes, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas

      Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española deberán acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la Función pública.

    4. No padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que impida el desempeño de las funciones correspondientes a Profesor de Universidad.

    5. Estar en posesión del título de Doctor.

      2.2 Requisitos específicos:

    6. Estar acreditados o acreditadas para el Cuerpo docente de Catedráticos de Universidad.

    7. Ser funcionario de carrera del Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad o de la Escala de Investigadores Científicos de los Organismos Públicos de Investigación y haber prestado, al menos, dos años de servicios efectivos bajo dicha condición

      2.3 Los requisitos enumerados en la presente base, deberán poseerse en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de carrera.

  3. Plazo y presentación de solicitudes

    3.1 Quienes deseen tomar parte en el concurso de acceso, remitirán la correspondiente solicitud debidamente cumplimentada según modelo contenido en el anexo II y en la página web de la Universidad:

    http://www.ulpgc.es/index.php?pagina=subdireccionpd&ver=impresos, al Registro General, sito en la calle Real de San Roque, Número 1, 35015.–Las Palmas de Gran Canaria, dirigida al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el...

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