Resolución de 27 de septiembre de 2017, de la Subsecretaría, por la que se convoca proceso selectivo para acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad Tráfico.

MarginalBOE-A-2017-11440
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Interior
Rango de LeyResolución

En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 13/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para el refuerzo de la lucha contra el fraude fiscal, en la seguridad social, en el ámbito laboral y del control del gasto, para la mejora en la prestación de determinados servicios a los ciudadanos, y por el que se crean especialidades en Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y sus organismos públicos («Boletín Oficial del Estado» de 8 de julio de 2017) y del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 («Boletín Oficial del Estado» del 8), y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública.

Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63.1.m) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público («Boletín Oficial del Estado» del 2) previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para el acceso, por el sistema de promoción interna, en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico.

La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo público, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:

Bases comunes

Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 22).

Bases específicas

La presente Resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» así como en la dirección de internet www.dgt.es («Empleo Público»), en la página web www.administracion.gob.es y en el Portal Funciona.

  1. Descripción de las plazas.

    Se convoca proceso selectivo para cubrir 435 plazas en el Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado, especialidad de Tráfico, código de Cuerpo 1135T, por el sistema de promoción interna, de las cuales 413 corresponden al cupo general y 22 al cupo de discapacidad general. Las plazas del cupo de discapacidad general se reservarán para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general, en un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 %. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación de la convocatoria.

    Las plazas reservadas para personas con discapacidad del turno de promoción interna, en caso de quedar desiertas, se acumularán al cupo general de promoción interna según lo recogido en el artículo 4.10 del Real Decreto 702/2017, de 7 de julio («Boletín Oficial del Estado» del 8), por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017.

  2. Proceso selectivo.

    2.1 El proceso selectivo se ajustará a lo dispuesto en el artículo 61 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y constará de las fases de oposición y concurso con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

    2.2 Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el órgano convocante dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos del proceso. En dicha resolución, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» con la relación de aspirantes excluidos, se indicarán los lugares en los que se encuentran expuestas al público las listas completas de aspirantes admitidos y excluidos, señalándose un plazo de diez días hábiles para subsanación, así como el lugar, fecha y hora de comienzo del primer ejercicio.

    2.3 Los ejercicios de la fase oposición se desarrollarán en Madrid según lo previsto en el anexo I.

    2.4 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo apellido comience por la letra «Ñ» según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 18 de abril de 2017 («BOE» del 20).

    2.5 La previsión sobre la duración máxima de la fase de oposición del proceso selectivo es de doce meses, celebrándose el primer ejercicio en un plazo máximo de cuatro meses desde la publicación de esta convocatoria.

    2.6 Una vez comenzado el proceso selectivo, los anuncios de celebración de los restantes ejercicios se harán públicos con, al menos, doce horas de antelación a la señalada para su inicio, si se trata del mismo ejercicio, o con veinticuatro horas, si se trata de uno nuevo. Estos anuncios se efectuarán en la dirección de Internet de la Dirección General de Tráfico www.dgt.es («Empleo Público»), y en los locales donde se haya celebrado el ejercicio anterior, en la sede del Tribunal calificador señalada en la base 4.9, así como por cualquier otro medio que se juzgue conveniente para facilitar su máxima divulgación.

    2.7 Concluido el proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, serán nombrados funcionarios de carrera mediante resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, que se publicará en el «Boletín Oficial del Estado», con indicación del destino adjudicado.

    2.8 No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.

    2.9 Con el fin de garantizar los principios contenidos en la normativa vigente de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, los aspirantes que superen los procesos selectivos incluidos en la presente convocatoria tendrán que solicitar destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.

    2.10 A efectos de la adjudicación de destinos a los aspirantes aprobados, se excluye la aplicación de lo previsto en los artículos 22.1, penúltimo párrafo, de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y 78.2 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado, y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, salvo los aspirantes aprobados que ya ocupen un puesto de Examinador/Examinadora en el Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico.

    2.11 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

  3. Programa. El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura como anexo II a esta convocatoria.

  4. Requisitos. Los aspirantes, deberán cumplir, al finalizar el plazo de presentación de instancias los siguientes requisitos:

    4.1 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de los cuerpos o escalas de la Administración General del Estado del subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C2, o a Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    4.2 Haber prestado servicios efectivos, durante al menos dos años, como funcionario de carrera en Cuerpo o Escala del subgrupo C2, o en Cuerpos o Escalas Postales y Telegráficos, adscritos al subgrupo C2 o en Cuerpos o Escalas del subgrupo C2 del resto de los ámbitos incluidos en el artículo 2.1 de del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, con destino definitivo, estos últimos, en la Administración General del Estado.

    Dichos extremos se acreditarán mediante el anexo V que se acompaña.

    4.3 Tener cumplidos 23 años de edad, de acuerdo con el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

    4.4 Ser titular de los siguientes permisos de conducción:

    1. Permiso de conducción ordinario de la clase B, en vigor, con al menos tres años de antigüedad.

    2. Permiso de conducción ordinario en vigor de la clase A2.

    3. Permiso de conducción ordinario en vigor de la clase C o D.

    Aquellos funcionarios que actualmente desempeñen un puesto de Examinador/Examinadora, estarán excluidos del requisito 4.4 b) y c).

    4.5 Capacidad: Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del puesto a desempeñar.

    4.6 Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de bachiller o técnico al finalizar el plazo de presentación de instancias. Asimismo se estará a lo establecido en...

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