Resolución de 27 de octubre de 2016, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se establece la valoración de los saldos de mermas de plantas de regasificación del año 2015.

MarginalBOE-A-2016-9954
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La Orden ITC/1890/2010, de 13 de julio, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros y las retribuciones reguladas en el sistema del gas natural, estableció en su artículo segundo un mecanismo de incentivos para la reducción de las mermas en las plantas de regasificación. Posteriormente, la Orden IET/2446/2013, de 27 de diciembre, por la que se establecen los peajes y cánones asociados al acceso de terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas, en su disposición final tercera modificó el redactado del citado artículo segundo y determinó que, antes del 1 de junio de cada año, el Gestor Técnico del Sistema publicará los saldos anuales de mermas de cada instalación y los comunicará a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia que valorará dichos saldos aplicando el precio medio del gas de operación del año.

El 28 de abril de 2016 el Gestor Técnico del Sistema envió a la Dirección General de Política Energética y Minas el «Informe de supervisión de las mermas en plantas de regasificación correspondiente al año 2015», posteriormente, el 19 de julio de 2016, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia remitió la «Resolución por la que se valoran las mermas de gas en las plantas de regasificación de GNL correspondientes al año 2015», aprobado por su Sala de Supervisión Regulatoria en la sesión celebrada el 14 de julio de 2016.

En consecuencia, y de acuerdo con lo dispuesto en las disposiciones mencionadas, mediante la presente resolución se procede a publicar los saldos de mermas de cada planta de regasificación, su valoración económica y la cantidad a liquidar a cada empresa titular, utilizando los datos proporcionados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en la resolución citada.

Con fecha de 6 de septiembre de 2016 la propuesta de resolución fue remitida a las sociedades afectadas al objeto de que emitieran las alegaciones que consideraran oportunas en cumplimiento del preceptivo trámite de audiencia.

En su virtud, dispongo:

Primero.

Mediante la presente resolución se procede a publicar el resultado de la aplicación en el año 2015 del procedimiento de valoración y liquidación de los saldos de mermas de las plantas de regasificación establecido en el artículo segundo de la Orden ITC/1890/2010, de 13 de julio, por la que se regulan determinados aspectos relacionados con el acceso de terceros y las retribuciones reguladas en el...

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