Resolución de 26 de mayo de 2017, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convoca y regula la concesión del Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2017.

MarginalBOE-A-2017-6505
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La norma reguladora del Premio Nacional de Cinematografía se encuentra en la Orden de 22 de junio de 1995 («Boletín Oficial del Estado» de 29 de junio de 1995) que ha sido objeto de sucesivas modificaciones mediante las Órdenes de 15 de julio de 1998, de 25 de abril de 2000, ECD/645/2002, de 15 de marzo, CUL/938/2005, CUL/733/2007, de 20 de marzo, CUL/776/2008, de 11 de marzo, CUL/853/2009, de 26 de marzo, CUL/908/2011, de 6 de abril y CUL/3009/2011 de 3 de noviembre.

Asimismo, establece la citada orden que los premios nacionales serán objeto de convocatorias anuales.

Procede, por tanto convocar el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente al año 2017 y establecer la normativa que regula su concesión.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.2.f) del Real Decreto 7/1997, de 10 de enero, de estructura orgánica y funciones del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, y en el punto noveno de la Orden de 22 de junio de 1995 antes citada,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero. Objeto.

  1. Se convoca el Premio Nacional de Cinematografía correspondiente a 2017.

  2. El Premio Nacional de Cinematografía correspondiente a 2017 está destinado a recompensar la aportación más sobresaliente en el ámbito cinematográfico español, puesta de manifiesto preferentemente a través de una obra hecha pública o una labor profesional desarrollada durante el año anterior, o, casos excepcionales debidamente motivados, podrán otorgarse como reconocimiento a una trayectoria profesional.

    Segundo. Dotación.

    El Premio Nacional de Cinematografía estará dotado con 30.000 euros y su cuantía no podrá dividirse.

    Tercero. Candidaturas.

    Las propuestas de candidatura al premio se efectuarán por los miembros del Jurado y/o por los representantes de las entidades culturales y profesionales del sector cinematográfico. Estas últimas podrán dirigirse a la Subdirección General de Promoción y Relaciones Internacionales de este Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, plaza del Rey, n.º 1, 28071 Madrid, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de esta convocatoria.

    Cuarto. Jurado.

  3. El fallo del premio se llevará a cabo por un Jurado, cuya composición será la siguiente:

    Presidente: El Director General del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA).

    Vicepresidenta: La Subdirectora General de Promoción y Relaciones Internacionales del Instituto de la Cinematografía y de las...

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