Resolución de 26 de enero de 2017, de la Subsecretaría, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación, efectuada por Resolución de 20 de diciembre de 2016.
Marginal | BOE-A-2017-1177 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Rango de Ley | Resolución |
Por Resolución de 20 de diciembre de 2016, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del Estado» de 2 de enero de 2017), se anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de un puesto de trabajo que figuraba relacionado en el Anexo I.
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20.1 c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, una vez acreditada la observancia del procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte del candidato elegido de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria,
Este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución de la convocatoria referida según se detalla en el Anexo.
Según lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el plazo de toma de posesión del nuevo destino será de tres días hábiles, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
Dicho plazo comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución. Si ésta comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación.
El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos o licencias que hayan sido concedidos a los interesados, salvo que por causas justificadas el órgano convocante acuerde suspender el disfrute de los mismos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14.1. Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo...
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