Resolución de 25 de enero de 2019, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2019-1299
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorConsejo de Seguridad Nuclear
Rango de LeyResolución

Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y el artículo 36.1.e) del Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre por el que se aprueba el Estatuto del Consejo de Seguridad Nuclear,

Se acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo de personal funcionario del Consejo de Seguridad Nuclear, conforme al Anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

El puesto de trabajo ofertado podrá ser solicitado por los funcionarios/as que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.

Segunda.

Los/as interesados/as dirigirán su solicitud al secretario general del Consejo de Seguridad Nuclear, en el modelo de instancia publicado como Anexo II de la presente Resolución.

Tercera.

Las solicitudes deberán presentarse dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado», en el Registro General del Consejo de Seguridad Nuclear, calle Pedro Justo Dorado Dellmans, número 11, 28040 Madrid, o en los Organismos previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.

Cuarta.

Los/as aspirantes acompañarán a la solicitud su «curriculum vitae», en el que deberán figurar títulos académicos, años de servicio, puestos de trabajo desempeñados en las Administraciones Públicas, estudios y cursos realizados, así como cualquier otro mérito que se considere oportuno, y harán constar detalladamente las características del puesto que vinieran desempeñando y el nivel del mismo.

Quinta.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, ante el órgano que lo dicta, en el plazo de un mes desde su notificación, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o impugnarlo directamente, mediante recurso...

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