Resolución de 22 de mayo de 2018, de la Subsecretaría, por la que se prorroga la permanencia de personal docente en las escuelas europeas.

MarginalBOE-A-2018-7299
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

La Orden ECD/2784/2012, de 19 de diciembre («Boletín Oficial del Estado» del 27) y la Orden ECD/2467/2015, de 16 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 23), por las que se hacían públicas las convocatorias para la provisión de vacantes de funcionarios docentes en el exterior, preveían que a los profesores seleccionados en virtud de las mismas, les sería prorrogada su permanencia en el exterior de acuerdo con los requisitos y condiciones de las citadas convocatorias.

Vistas las propuestas formuladas por la Subdirección General de Cooperación Internacional y Promoción Exterior Educativa, esta Subsecretaría ha resuelto:

Primero.

Prorrogar la permanencia en las escuelas europeas a los profesores relacionados en el anexo de esta resolución, en los países y períodos que en el mismo se citan, en régimen de adscripción temporal, para que puedan, conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y 30 del Estatuto de Personal Docente de las escuelas europeas, seguir desempeñando sus funciones en el exterior.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 29 del Estatuto de Personal Docente de las escuelas europeas, no podrán volver a solicitar plazas vacantes en las mismas, aquellos funcionarios docentes que hayan agotado el plazo de permanencia máximo de nueve años que establece dicho artículo.

Segundo.

Los derechos y obligaciones de estos profesores se regirán por las bases de las convocatorias por las que fueron seleccionados y, en todo caso, por la normativa específica que les pueda afectar en materia de funcionarios docentes en el exterior.

Tercero.

Esta resolución es definitiva en la vía administrativa y contra la misma cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia en cuya circunscripción tenga el interesado su domicilio o bien ante la del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a su elección, conforme a lo establecido en el artículo 10.1.i), en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y artículo 74.1.i) de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 6/1998, de 13 de julio, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha de su notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.

Asimismo, la presente resolución podrá ser recurrida potestativamente en reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la dictada, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR