Resolución de 22 de enero de 2018, del Consejo de Seguridad Nuclear, por la que se publica el Convenio de colaboración con el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, para el control dosimétrico por parte de INGESA, a través del Centro Nacional de Dosimetría, del personal actuante en emergencias nucleares y radiológicas.

MarginalBOE-A-2018-3741
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorConsejo de Seguridad Nuclear
Rango de LeyResolución

El Director del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y el Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear han suscrito, con fecha 22 de septiembre de 2017, un Convenio de Colaboración para el control dosimétrico por parte de INGESA a través del Centro Nacional de Dosimetría (CND) del personal actuante en emergencias nucleares y radiológicas.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del referido Convenio, como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 22 de enero de 2018.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Fernando Marti Scharfhausen.

ANEXO. Convenio de colaboración entre el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) y el Consejo de Seguridad Nuclear (CSN) para el Control Dosimétrico por parte de INGESA a través del Centro Nacional de Dosimetría (CND) del Personal actuante en emergencias nucleares y radiológicas

En Madrid, a 22 de septiembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando Marti Scharfhausen, como Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 1732/2012, de 28 de diciembre («BOE» núm. 313, de 29 de diciembre), en nombre y representación del Consejo de Seguridad Nuclear.

De otra parte, don José Julián Díaz Melguizo, que actúa en nombre y representación del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, (en adelante, INGESA), en su condición de Director, nombrado mediante Resolución con fecha de efectos de 12 de marzo de 2012, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15 del Real Decreto 1087/2003, de 29 de agosto («BOE» de 30 de agosto), por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad y Consumo, actual Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, de conformidad con el Real Decreto 200/2012, de 23 de enero («BOE» del 24), por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad y se modifica el Real Decreto 1887/2011, de 30 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

Ambas partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para la formalización del presente Convenio de Colaboración.

EXPONEN

Primero.

Que en la Ley 15/1980, de 22 de abril, de creación del CSN («BOE» n.º 100, de 25 de abril) se establecen las funciones específicas del CSN relativas a la gestión de emergencias nucleares y radiológicas, entre las que se encuentra la de «Coordinar, para todos los aspectos relacionados con la seguridad nuclear y la protección radiológica, las medidas de apoyo y respuesta a las situaciones de emergencia, integrando y coordinando a los diversos organismos y empresas públicas o privadas cuyo concurso sea necesario para el cumplimiento de las funciones atribuidas a este Organismo».

Segundo.

Que el Centro Nacional de Dosimetría, en adelante CND, es un órgano adscrito al INGESA, Entidad Gestora de la Seguridad Social, que a su vez depende del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en virtud del Real Decreto, 200/2012, de 23 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

El citado CND dispone de un laboratorio de Metrología de Radiaciones Ionizantes, acreditado por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC) con número 58/LC085, desde el 3 de junio de 1996, conforme a los criterios recogidos en la Norma UNE-EN ISO/IEC 17025, para la calibración de equipos de medida de instalaciones radiológicas.

Asimismo, el CND realiza la lectura y control dosimétrico de los trabajadores del Sistema Nacional de Salud profesionalmente expuestos a radiaciones ionizantes, así como a otras instituciones públicas y privadas.

Tercero.

Que tanto el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad como el CSN están reconocidos expresamente como autoridades competentes y organismos concernidos en el Plan Básico de Emergencia Nuclear aprobado por Real Decreto 1546/2004, de 25 de...

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