Resolución de 21 de noviembre de 2017, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Suárez.

MarginalBOE-A-2018-2100
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Suárez resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por Don Emiliano Suárez de la Villa y Don Benito Suárez de la Villa en virtud de escritura otorgada ante el notario de Bilbao Don Andrés Urrutia Badiola el 19 de julio de 2016 con el número 1472 de su protocolo

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en Calle Serrano n.º 63, CP 28006 Madrid y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Estado español

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Ochenta y cinco mil euros (85.000 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente tal y como consta en certificación bancaria.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La atención a la infancia y adolescencia con especial dedicación a la promoción de sus estudios, entre ellos los ligados a la actividad de diseño, artesanía, producción y comercialización de joyería, orfebrería y relojería.

Quinto. Patronato.

Patronos Natos:

Don Emiliano Suárez de la Villa y Don Benito Suárez de la Villa.

Patronos Electivos:

Doña María Isabel Oyarzábal Aguirrezabala y Doña María Dolores Pascual de los Ríos.

Cargos:

Presidente: Don Benito Suárez de la Villa.

Vicepresidente: Don Emiliano Suárez de la Villa.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de Derecho

Primero. 

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la...

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