Resolución de 20 de diciembre de 2018, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios

MarginalBOE-A-2019-288
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

A tenor de lo establecido en el artículo 141 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 3 de la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios,

Este Rectorado, en cumplimiento del artículo 19.uno.3. de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, obtenida la correspondiente autorización de la Consellería de Educación, Investigación, Cultura y Deporte, y en ejecución de la Oferta de Empleo Público para el año 2018, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2018 (DOGV de 18 de mayo), ha resuelto convocar a concurso de acceso, por el sistema de promoción interna, las plazas que se relacionan en el anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

  1. Régimen jurídico

    Este concurso de acceso se regirá por las bases de esta convocatoria, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell (DOCV de 9 de febrero de 2012); el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2009, por el que se aprueba la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; y demás normativa de general aplicación.

    De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 17 de diciembre de 2013 por el que se aprueba el II Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que:

    Existe infrarrepresentación de las mujeres en la categoría de Catedrático o Catedrática de Universidad en las áreas de «Filología Catalana», Ingeniería Química e Ingeniería de la Construcción.

    Existe infrarrepresentación de los hombres en la categoría de Catedrático o Catedrática de Universidad en el área de «Arqueología».

    La Universidad de Alicante, comprometida con el principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres, anima especialmente al colectivo infrarrepresentado en las distintas áreas a concursar a las plazas de esta convocatoria donde existe dicha infrarrepresentación.

  2. Requisitos de las candidatas o candidatos

    Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión:

    2.1 Requisitos generales.

    2.1.1 Los recogidos en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público:

    1. Nacionalidad. Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del citado Real Decreto.

    2. Poseer las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el desempeño de las correspondientes funciones o tareas

    3. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

    4. No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    2.1.2 Las o los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones.

    2.1.3 Las o los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca un requisito lingüístico, deberán acreditar el nivel del mismo establecido para cada plaza.

    2.2 Requisito específico.

    2.2.1 Estar en posesión de la acreditación para el cuerpo de Catedrático o Catedrática de Universidad de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios, modificado por el Real Decreto 415/2015, de 29 de mayo.

    2.2.2 Pertenecer al Cuerpo de Profesoras o Profesores Titulares de Universidad o a la Escala de Investigadoras o Investigadores Científicos de Organismos Públicos de Investigación. En ambos casos con una antigüedad de, al menos, dos años de servicio activo en el puesto.

  3. Solicitudes

    3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán, por cada plaza solicitada, la correspondiente instancia sellada en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, o bien, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 (que se mantiene en vigor en aplicación del penúltimo párrafo de la disposición derogatoria única de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el personal de Correos pueda estampar en cada una de ellas el sello de fechas antes de su certificación y dirigirse al campus de San Vicente del Raspeig, apdo. 99, 03080 Alicante.

    En ningún caso se admitirá la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico de la Universidad de Alicante.

    Esta solicitud, que se ajustará al modelo que se acompaña en el anexo II de esta convocatoria, debidamente cumplimentada, irá acompañada de los siguientes documentos:

    1. Fotocopia del documento nacional de identidad o en caso de personas extranjeras, del documento que acredite su identidad...

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