Resolución de 19 de octubre de 2016, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación, sobre delegación de competencias.

MarginalBOE-A-2016-9771
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

El apartado vigésimo cuarto.1 de la Orden ECD/465/2012, de 2 de marzo, de delegación de competencias del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, aprobaba la delegación de competencias contenida en la Resolución de 26 de septiembre de 2007, de la Secretaría de Estado de Universidades e Investigación, sobre el Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos, entendiéndose realizada por el Presidente del Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos, hasta tanto no se efectúe una nueva regulación de la delegación de competencias para el Organismo.

La Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del sector público y otras medidas de reforma administrativa, modificó en su artículo 5 la disposición adicional cuadragésima sexta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, para establecer que el Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos «incorporará en sus fines potenciar la proyección internacional del sistema universitario español y su oferta, así como la movilidad interuniversitaria».

El artículo 4 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, establece la modificación del nombre del Organismo Autónomo Programas Educativos Europeos, que pasa a denominarse Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE), y la integración de la Fundación para la Proyección Internacional de las Universidades Españolas (Universidad.es) en el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación (SEPIE).

Al integrar en un único organismo (SEPIE) todas las competencias internacionales, se promueven sinergias con el objetivo de lograr una mejora de la gestión. Además, la alternativa de unificar en un solo organismo la gestión de todos los programas internacionales es la más frecuente en los países de nuestro entorno.

Dichas previsiones han sido desarrolladas a través de la aprobación del Estatuto del Organismo Autónomo «Programas Educativos Europeos» mediante el Real Decreto 903/2007, de 6 de julio, que pasa a denominarse Organismo Autónomo «Servicio Español para la Internacionalización de la Educación», según establece el artículo único del Real Decreto 815/2015, de 11 de septiembre.

Igualmente en el año 2014 entró en vigor el nuevo Programa comunitario Erasmus+ y es necesario adaptar diversos aspectos del funcionamiento de este organismo al nuevo programa europeo Erasmus+, y en particular las actividades destinadas a asegurar un uso eficiente y adecuado de los fondos...

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