Resolución de 15 de marzo de 2017, de la Agencia Estatal de Meteorología, por la que se determina la composición de la Mesa de contratación.

MarginalBOE-A-2017-3464
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

De conformidad con lo previsto en el artículo 320 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, se constituye la Mesa de Contratación de la Agencia Estatal de Meteorología como órgano competente para la asistencia al órgano de contratación y la valoración de ofertas en los procedimientos abiertos y restringidos, y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 177.1.

Por lo expuesto, y como órgano de contratación de la citada Agencia, conforme a lo dispuesto en el artículo 11 de su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 186/2008, de 8 de febrero, resuelvo:

Primero.

Designar con carácter permanente a los miembros de la Mesa de Contratación de la Agencia Estatal de Meteorología para los contratos que se celebren a partir de la entrada en vigor de la presente resolución:

Presidente: El Director de Administración de AEMET.

Suplente: El Jefe del Área de Gestión Económica y Financiera de AEMET.

El Presidente de la Mesa de Contratación será sustituido en caso de vacante, ausencia o enfermedad, y en general, cuando concurra alguna causa justificada, por los suplentes que determine el órgano de contratación.

Vocales:

El Abogado del Estado de AEMET.

Suplente: Un Abogado del Estado en el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación. y Medio Ambiente.

El Interventor/a Delegado/a en AEMET.

Suplente: El sustituto designado por el Interventor Delegado en AEMET o en su caso, por la Intervención Delegada en el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Un funcionario de la Unidad proponente de cada contrato, designado para cada expediente por el Director correspondiente en función de la materia. En el caso de que el órgano promotor esté adscrito a la Presidencia será designado por el Presidente de AEMET.

Un funcionario adscrito a la Dirección de Administración de AEMET, designado por el Director de Administración.

Secretario: Un funcionario adscrito al Área de Gestión Económica y Financiera de AEMET, designado por el Director de Administración.

A...

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