Resolución de 11 de octubre de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en el recurso interpuesto contra la negativa de la registradora de la propiedad de Madrid n.º 27 a inscribir un decreto judicial por el que se acuerda la resolución de un contrato de arrendamiento financiero.

MarginalBOE-A-2018-15117
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución

En el recurso interpuesto por don J. L. C. P., procurador de los tribunales, en nombre y representación de «Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.», contra la negativa de la registradora de la Propiedad de Madrid número 27, doña María del Carmen Iglesias Mayoralgo, a inscribir un decreto judicial por el que se acuerda la resolución de un contrato de arrendamiento financiero.

Hechos

I

En el Juzgado de Primera Instancia número 82 de Madrid se tramitó procedimiento de juicio verbal sobre desahucio número 635/2017 por falta de pago a instancias de «Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A.», frente a «Villamorey, S.A.». En dicho procedimiento se dictó decreto el día 25 de octubre de 2017 por el que se acordó resolver el contrato de arrendamiento financiero que unía a las partes.

II

Presentado testimonio de referido decreto en el Registro de la Propiedad de Madrid número 27, fue objeto de la siguiente nota de calificación:

Calificado dentro del plazo legal; se suspende la inscripción de la resolución del arrendamiento financiero inscrito bajo los asientos 11 y 12 de la finca registral 5005 de este registro, toda vez que sobre el derecho del arrendatario financiero aparecen vigentes dos anotaciones de embargo cuyo titular no ha sido parte en el procedimiento, incumpliéndose así el requisito registral del tracto sucesivo (cfr art 20 LH y RR de la DGRN de 15, 16 y 17 de junio de 1998).

No obstante, y conforme al criterio de dichas resoluciones, se ha practicado en virtud del documento calificado nota al margen de la inscripción de dicho arrendamiento financiero, al folio 121 del tomo 650, para hacer constar que en el procedimiento de juicio verbal relativo a un desahucio por falta de pago, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. 82 de Madrid, con el número de autos 635/2017, se ha dictado decreto 470/2017 por el letrado de la Administración de Justicia, don J. M. E. P., el día 25 de octubre de 2017, por el que se acuerda la resolución del contrato de arrendamiento financiero formalizado por BBVA y la entidad Villamorey, SA, recayente sobre la casa en la (…) de Madrid, que constituye la presente finca registral. De este modo, el derecho que de tal arrendamiento financiero correspondía al arrendatario solo subsistirá registralmente en cuanto soporte de los embargos anotados bajo las letras A y D, y no podrá acceder al registro en lo sucesivo ningún acto dispositivo o de gravamen, voluntario ni forzoso, que tenga por objeto tal derecho arrendaticio, pues, con exclusión de dichos anotantes, el mismo carecerá de vigencia.

Se ha extendido al margen de la inscripción 11.ª de la citada finca 5005 nota de afección fiscal por plazo de cinco años

Queda prorrogado el asiento de presentación, en cuanto a la suspensión, en la forma y efectos previstos en el artículo 323 de la Ley Hipotecaria.

Contra esta calificación...

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