Resolución de 11 de junio de 2015, de la Universidad de Alicante, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de cuerpos docentes universitarios.

MarginalBOE-A-2015-6952
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

A tenor de lo establecido en el artículo 141 del Estatuto de la Universidad de Alicante y en la base 3 de la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios.

Este Rectorado, en cumplimiento del artículo 21 de la Ley 36/2014, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2015, obtenida la correspondiente autorización de la Consellería de Educación, Cultura y Deporte, y en ejecución de la Oferta de Empleo Público para el año 2015, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 25 de mayo de 2015 (DOCV de 10 de junio) ha resuelto convocar a concurso de acceso las plazas que se relacionan en el Anexo I de la presente Resolución, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera. Régimen jurídico.

Este concurso de acceso se regirá por las bases de esta convocatoria, por lo establecido en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, modificada por la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril; el Real Decreto 1313/2007, de 5 de octubre, por el que se regula el régimen de los concursos de acceso a cuerpos docentes universitarios; el Estatuto de la Universidad de Alicante, aprobado por Decreto 25/2012, de 3 de febrero, del Consell (DOCV de 9 de febrero de 2012); el Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de febrero de 2009, por el que se aprueba la normativa de la Universidad de Alicante para la regulación de los concursos de acceso a los cuerpos docentes universitarios; y demás normativa de general aplicación.

De conformidad con lo previsto en el Acuerdo de Consejo de Gobierno de la Universidad de Alicante, de 17 de diciembre de 2013 por el que se aprueba el II Plan de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres de la Universidad de Alicante, se hace constar que:

Existe infrarrepresentación de las mujeres en la categoría de Catedrático de Universidad en las áreas de Historia Contemporánea, Química Física y Química Orgánica y en la categoría de Profesor Titular de Universidad en las áreas de Fundamentos del Análisis Económico, Filología Latina, Arquitectura y Tecnología de Computadores, Matemática Aplicada y Sociología.

No existe infrarrepresentación de ninguno de los géneros en las categorías convocadas en el resto de las áreas.

Segunda. Requisitos de las candidatas o candidatos.

Para ser admitidas o admitidos a este concurso de acceso se deberán reunir los siguientes requisitos, cuyo cumplimiento debe estar referido a la fecha de expiración del plazo fijado para la presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la toma de posesión:

2.1 Requisitos generales:

2.1.1 Los recogidos en el artículo 56 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público:

  1. Nacionalidad: Tener la nacionalidad española, ser nacional de alguno de los estados miembros de la Unión Europea o ser nacional de un estado incluido en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

    También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de españoles y de nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho, y sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

  2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

  3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

  4. No haber sido separada o separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que se hubiese producido la separación o inhabilitación. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse en situación de inhabilitación o equivalente ni haber sido sometida o sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

    El desempeño de las plazas convocadas quedará sometido a la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, y a las normas de desarrollo, en materia de incompatibilidades.

    2.1.2 Las o los aspirantes que no sean de nacionalidad española deberán acreditar un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones.

    2.1.3 Las o los aspirantes que soliciten plaza en la que se establezca un perfil lingüístico, deberán acreditar el nivel del mismo establecido para cada plaza.

    2.1.4 Abonar las tasas correspondientes en concepto de derechos de examen.

    2.2 Requisito específico:

    2.2.1 Estar en posesión de la acreditación de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1312/2007, de 5 de octubre, por el que se establece la acreditación nacional para el acceso a los cuerpos docentes universitarios.

    2.2.2 Asimismo podrán presentarse quienes pertenezcan al cuerpo docente universitario correspondiente o superior y no se encuentren en el caso recogido en el artículo 65.2 de la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril o estén en posesión de la habilitación conforme a lo establecido en el Real Decreto 774/2002, de 26 de julio, por el que se regula el sistema de habilitación nacional para el acceso a cuerpos de funcionarios docentes universitarios y el régimen de los concursos de acceso respectivos.

    Tercera. Solicitudes.

    3.1 Quienes deseen tomar parte en los concursos presentarán, por cada plaza solicitada, la correspondiente instancia sellada en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», en la Oficina Principal del Registro General de la Universidad o en las Oficinas Auxiliares, situadas en las Secretarías de Centro y en la Sede de Alicante, o bien, por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999. Las solicitudes que se presenten a través de las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para que el personal de Correos pueda estampar en cada una de ellas el sello de fechas antes de su certificación y dirigirse al Campus de San Vicente del Raspeig, apartado 99, 03080 Alicante.

    En ningún caso se admitirá la presentación de solicitudes a través del Registro Electrónico de la Universidad de Alicante.

    Esta solicitud, que se ajustará al modelo que se acompaña en el Anexo II de esta convocatoria, debidamente cumplimentada, irá acompañada de los siguientes documentos:

  5. Fotocopia del documento nacional de identidad o en caso de personas extranjeras, del documento que acredite su identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento.

  6. Fotocopia del documento justificativo de la acreditación o habilitación, de acuerdo con lo establecido en la base 2.2.

    En caso de ser personal funcionario de los cuerpos docentes universitarios, deberá presentar documento que acredite el cuerpo y área de conocimiento.

  7. Para la acreditación del requisito recogido en la base 2.1.2, deberá aportar fotocopia del documento que acredite un conocimiento adecuado de cualquiera de las lenguas oficiales de la Comunidad Valenciana para el desarrollo de sus funciones. En su defecto, la acreditación de dicho conocimiento se determinará por la comisión en el desarrollo de la prueba contemplada en la base 8.3.

  8. En relación con la base 2.1.3, quienes soliciten plaza en la que se establezca como requisito específico un perfil lingüístico, deberán aportar fotocopia del documento que acredite el nivel de conocimiento de la lengua correspondiente.

    Para las plazas en las que se establezca la enseñanza en lengua valenciana, se aportara fotocopia del certificado de Capacitación Docente en Valenciano de la Conselleria de Educación; certificado de nivel C1, nivel mitjá o su equivalente homologado de los cursos de valenciano de la Universidad de Alicante, o documento equivalente expedido por cualquier otra de las universidades del ámbito lingüístico catalán, certificado de Grado Medio de la Junta Calificadora de Conocimientos de Valenciano, o documento equivalente expedido por la Generalitat de Cataluña o por el Gobierno de las Islas Baleares.

    Para las plazas en las que se establezca la enseñanza en una determinada lengua extranjera, deberán aportar fotocopia del documento que acredite el nivel de la misma establecido para cada plaza, según la tabla de equivalencias de la Universidad de Alicante que se puede consultar en la página web del Servicio de Selección y Formación en la siguiente dirección: http://ssyf.ua.es/es/accesopdi/funcionarios/convocatorias-profesorado-funcionario.html.

  9. Resguardo que justifique el pago de 24,82 euros en concepto de derechos de examen, que se ingresarán, en efectivo o mediante transferencia bancaria, en el Banco SabadellCAM en la Cuenta n.º ES89...

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