Resolución de 10 de diciembre de 2015, de la Intervención General de la Administración del Estado, por la que se regula el proceso de registro y publicación de convocatorias de subvenciones y ayudas en el Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Enero de 2016
MarginalBOE-A-2015-13628
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyResolución

La Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa modifica el régimen jurídico de la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) contenido en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y establece que a partir del 1 de enero de 2016 serán de aplicación las disposiciones que en materia de publicidad se recogen en el apartado 20.8 y las correlativas de los artículos 17.3.b), 18 y 23.2.

El apartado 20.8 señala que convocar una subvención sin seguir el procedimiento indicado en la propia ley será causa de anulabilidad de la convocatoria.

El objeto de esta Resolución es concretar el circuito de información que se regula en los citados artículos para publicitar la convocatoria en la BDNS y publicar el extracto en el diario oficial correspondiente.

El fundamento de este procedimiento se basa en la consideración de que la eficacia de la convocatoria se produce con la publicación de su extracto en el Diario oficial correspondiente, mientras que la BDNS sirve, a través del Servicio Nacional de Publicidad de Subvenciones, como sitio web exhaustivo para la publicación de todas las convocatorias que se acuerden en todo el territorio nacional.

Simultáneamente es preciso contemplar el régimen de coordinación de la BDNS con el sistema de seguimiento de ayudas de estado de la Comisión Europea en previsión de la próxima entrada en vigor de los Reglamentos (UE) N.º 651/2014, N.º 702/2014 y N.º 1388/2014, sobre compatibilidad de ayudas con el mercado interior.

El apartado 20.10 de la Ley 38/2003 señala que la Intervención General de la Administración del Estado dictará las Instrucciones oportunas para concretar los datos y documentos integrantes de la BDNS, los plazos y procedimientos de remisión de la información, incluidos los electrónicos, así como la información que sea objeto de publicación para conocimiento general y el plazo de su publicación.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto.

La presente resolución tiene por objeto regular el registro de las convocatorias de subvenciones y ayudas públicas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y el traslado de su extracto al diario oficial correspondiente.

Segundo. Conceptos y definiciones.

A los efectos de esta Resolución se definen los siguientes conceptos:

  1. Sistema Nacional de Publicidad de Subvenciones (SNPS): Es el sistema a través del que se da publicidad a aquella información contenida en la BDNS que debe ser pública de...

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